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HISTORIA DEL DERECHO MEXICANO


Enviado por   •  30 de Septiembre de 2014  •  1.912 Palabras (8 Páginas)  •  236 Visitas

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LA CULTURA OLMECA

Es el nombre de la civilización que se desarrolló durante el Período Preclásico Medio, florecieron entre el siglo IX y I a.C. en la zona costera del Golfo. Tenían fama de magos, y utilizaron drogas alucinantes. No nos dejaron grandes monumentos arquitectónicos, sino más bien estatuas y figurillas. La cultura olmeca, en decadencia desde los últimos siglos de la era precristiana,transmitió muchos de sus rasgos a las culturas maya, teotihuacana, zapoteca y totonaca.

LA CULTURA MAYA

Se encontraba entre las actuales regiones de Tabasco y Honduras. Suprimer florecimiento (Antiguo Imperio) se observa entre los siglos IV y X d.C. No era un Imperio centralizado, sino un conjunto de estados-ciudades (en Yucatán, Guatemala, Honduras), dirigidos por nobles y sacerdotes,ligados por ideas religiosas comunes y lazos familiares entre las aristocraciaslocales, y viviendo en competencia comercial que algunas veces los llevo alextremo de guerra.

LA CULTURA CHICHIMECA

Crueles e incultos, originalmente vivían en el noroeste del actual territorio mexicano, sobre todo entre el rio Lerma, el lago de Chapala, y el actual Durango; al comienzo del segundo milenio de nuestraera comenzaban a hacer frecuentes incursiones en el centro del país, destrozandola cultura tolteca y estableciéndose luego en una multitud de lugares del altiplano (Tenayuca, por ejemplo, era un importante centro chichimeca (Tlanepantla).La masa principal de estos chichimecas se estableció en Tenayuca bajo Xolotl, formando un imperio que, cuatro generaciones después, traslado su capital a Texcoco.

DERECHO OLMECA

Poco y vago es lo que sabemos de los aspectos jurídicos de la cultura olmeca. La escasez de la figura femenina, sugiere una sociedad en la que la mujer no gozaba de un status importante; una sociedad, por lo tanto, sin ecos del matriarcado. Las grandes tarcas públicas (como la labor de traer de lejos las enormes piedras para las esculturas) sugieren la existencia de esclavos o cuando menos de una plebe totalmente sometida a una elite. Algunos especialistas creen encontrar en la cultura olmeca originalmente dos clases de origen étnico distinto: conquistadores y conquistados. La barba postiza de los sacerdotes en algunos bajorrelieves, sugiere el recuerdo de una clase invasora, dominante, de larga barba, clase que luego se debilito, de modo que la nueva clase dominante, ahora con la escasa barba del indio, tuvo que procurarse barbas postizas para actos ceremoniales. El transporte de las grandes piedras desde tan lejos, también indica que la capital olmeca en la venta, había subordinado una amplia región. Algunos especialistas sugieren un verdadero imperio olmeca de caracteres teocráticos (reyes-sacerdotes) con su centro en los actuales estados de Veracruz y Tabasco, y conextensiones en Oaxaca, Chiapas, Guerrero y Morelos.

EL DERECHO MAYA

El derecho público maya y las clases sociales

El sector del derecho maya que mejor conocemos por las descripciones de los primeros observadores españoles es el derecho político del Nuevo Imperio. El Nuevo Imperio era una confederación de ciudades-Estados, unida por un lenguaje y una cultura comunes. En el Nuevo Imperio, cada ciudad-Estado fue gobernada por un hala chuinic o ahau, dignidad que pasaba siempre de padre a hijo mayor (con regencia por parte de un tío paterno, si el hijo en cuestión era aun menor de edad). Con ayuda de un consejo de nobles y sacerdotes, el ahau dirigía la política interior y exterior del estado, incumbiendo a el también el nombramiento de los bataboob, alcaldes de las aldeas adscritas a su ciudad-Estado.

La selección de los bataboob se baso en un examen que implicaba el conocimiento de técnicas mágicas secretas, transmitidos de padre a hijo. Entre los nobles jugaba un gran papel el nacom, jefe militar elegido por tres años; Los ya mencionados alcaldes, bataboob, también fueron considerados como nobles, así como los dos o tres consejeros municipales, responsables por los barrios de cada municipalidad.

Al lado de los nobles existían los sacerdotes, con cargos hereditarios, de cuya opinión dependía el ritmo de las labores agrícolas (religión y astrología, astronomía y el calendario), no solo para la agricultura, sino también fuera de ella, los sacerdotes debían determinar cuáles eran los días favorables y desfavorables para los diversos actos importantes de la vida. Sus conocimientos esotéricos les aseguraban un lugar dentro de la jerarquía social, más poderoso aun que el de los nobles.

El derecho maya de familia

En cuanto al derecho de familia, el matrimonio era monogámico, pero con tal facilidad de repudio que con frecuencia se presentaba una especie de poligamia sucesiva. Hubo una fuerte tradición exogámica; dos personas del mismo apellido no debían casarse.

Sabemos que cada familia recibía, con intervención de los sacerdotes, una parcela, para uso personal; Ignoramos, si en caso de defunción del jefe de una familia, esta parcela fuera recuperada por la comunidad, o repartida entre los hijos, o entregada a algún hijo privilegiado.

El derecho penal maya

El derecho penal era severo, el marido ofendido podía optar entre el perdón o la pena capital del ofensor (la mujer infiel solo era repudiada); también para violación y estupro, la pena capital existía (lapidación).

En caso de homicidio se aplicaba la pena del talión, salvo si el culpable era un menor, en cuyo caso la pena era la de esclavitud, que también sancionaba el robo (grabándose en la cara de los ladrones de clase superior los símbolos de su delito). Un merito del primitivo derecho maya era la diferenciación entre dolo (pena de muerte) o culpa (indemnización) en materia de incendio y homicidio.

En algunos casos la pena capital fue ejecutada mediante ahogamiento en el cenote sagrado; contrariamente al sistema azteca, no hubo apelación. El juez local, el batab, decidía en forma definitiva, y los tupiles, policías-verdugos, ejecutaban la sentencia inmediatamente, a no ser que el castigo fuera la lapidación por la comunidad entera. Poco loable era la diferenciación de la pena según la clase social.

No es sorprendente que nos encontremos para el derecho azteca códigos al estilo de Hammurabi. El derecho se manifestaba en costumbres, a menudo íntimamente ligadas a la religión, tan conocidas de todos que no había necesidad de ponerles

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