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Intro Al Derecho


Enviado por   •  30 de Junio de 2014  •  890 Palabras (4 Páginas)  •  171 Visitas

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ORGAZ, Arturo: “Introducción enciclopédica al derecho y las ciencias sociales”. 3ra edición. Editorial Assandri. Córdoba. 1959. Lección 12.

"Durante el desarrollo del juicio se producen distintos tipos de decisiones: decretos, autos, sentencia y recursos.

Los decretos judiciales son decisiones de trámite, en que el juez dispone de conformidad o en contra del requerimiento de las partes o de oficio, en cuestiones de rutina e incidentales y sin necesaria fundamentación expresa.

Llámanse autos las decisiones judiciales, debidamente fundadas, que resuelven un incidente.

Terminan regularmente los juicios mediante una decisión última por la que el juez acaba su jurisdicción en la causa y que se llama sentencia.

Definiremos a ésta, pues, como la pieza decisoria de un litigio que causa estado jurídico entre las partes, con arreglo a las pretensiones debatidas.

Toda sentencia – a que suele también denominarse fallo y auto definitivo - consta de tres partes: los vistos, los considerandos, y la parte dispositiva; todo constituye una unidad indisoluble y cada parte se apoya en su antecedente.

Los vistos constituyen la relación sintética de lo obrado en los autos: las pretensiones aducidas y sus fundamentos de hecho y de derecho; las pruebas producidas y los alegatos o apreciación de las probanzas. Este resumen enunciativo se contrae a la cuestión promovida y no a las incidencias ocurridas durante el curso de la instancia; su finalidad no es otra que ubicar el caso a estudio por sus constancias actuadas, porque dentro de ese círculo de exigencias y de verificaciones trazados por las partes, correspondiente a la invocación jurídica hecha, ha de moverse el arbitrio judicial para fijar el derecho cuestionado. Forman los resultados la base fenoménica para sustentación lógica.

Los considerandos contienen la obra crítica del juzgador que apoyándose en la concreta expresión de lo obrado, formula un juicio inductivo – deductivo acerca del derecho de las partes. Constituyen la expresión dialéctica del pronunciamiento. En ellos el juez analiza y valora las constancias, infiere el grado de congruencia de los hechos probados con el derecho invocado, enjuicia las pretensiones aducidas para reconocerlas procedentes o improcedentes, interpreta los textos legales que estima aplicables al caso, recurre a la equidad, si lo considera necesario y aduce las razones que justificarán su pronunciamiento.

Del mismo modo que los considerandos se afirman en los resultandos, aquéllos forman la base incuestionable de la parte dispositiva, a punto tal que nada difícil es, conocidos los considerandos, inferir el pronunciamiento que, necesariamente, los sigue como consecuencia inmediata y natural. El momento decisivo de la sentencia expresa, con carácter de mandato a que va adscripta la coacción social, aquello que el juez resuelve para poner término al debate judicial. En ella está, brevemente expresada, la justicia para el caso concreto."

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