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Sistemas Juridicos Contemporaneos


Enviado por   •  7 de Diciembre de 2012  •  2.457 Palabras (10 Páginas)  •  777 Visitas

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La denominación "sistema jurídico" hace referencia

al conjunto articulado ycoherente de instituciones, métodos, procedimientos y reglas legales que cons-tituyen el derecho positivo en un lugar y tiempo determinados.

Toda vez que la humanidad se ha organizado políticamente en estados sobe-ranos, cada uno de ellos cuenta con un sistema jurídico propio en razón de sumisma soberanía, el cual reviste el carácter de unitario, si se trata dé un Estadocentralizado, o plural, en el caso de un Estado federal, de una confederación ode una unión internacional. Así, al referirnos a México podemos hablar de unsistema jurídico nacional en lo tocante al ámbito federal, además de 32 sistemascorrespondientes a otras tantas entidades federativas que, a pesar de lo mínimode sus diferencias, son perfectamente distinguibles entre sí.

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Por ejemplo, los vocablos

bankmplcy

en el idioma inglés y bancarrota en el español bienpodrán ser utilizados como'términos correspondientes en ambas lenguas, y cualquier diccionarioasí los equipara. Sin embargo, cualquier jurista podrá apreciar de inmediato qué grado de disimilitudguardan ambos conceptos: en términos generales, si bien los dos se refieren a la condición de unapersona que es incapaz de pagar sus deudas en el momento en que éstas se hacen exigibles. en latradición del

common law, bankruptcy

es un beneficio para el deudor, comerciante o no comer-ciante, que alivia la carga de sus obligaciones, en tanto que para la tradición neorrománica, banca-rrota significa la liquidación del patrimonio del deudor, que casi exclusivamente debe ser uncomerciante, en favor de sus acreedores. El mismo cuidado deberá tenerse al traducir

right

y

law

como derecho,

trust

como fideicomiso,

notary public

como notario público, etcétera.

Por sistema jurídico entendemos el conjunto de instituciones gubernamentales, normas jurídicas, actitudes y creencias vigentes en un país sobre lo que es el derecho, su función en la sociedad y la manera en que se crea o debería crear, aplicar, perfeccionar, enseñar y estudiar.

El sistema jurídico es por tanto, el conjunto de normas jurídicas objetivas que están en vigor en determinado lugar y época, y que el Estado estableció o creó con el objeto de regular la conducta humana o el comportamiento humano.

Los sistemas jurídicos integran el conjunto de leyes, costumbres, razones y jurisprudencia de derecho positivo que rigen en los diversos países del mundo. Cada país tiene su propio sistema jurídico y su peculiar manera de considerar las leyes, las costumbres y la jurisprudencia.

Se puede clasificar los sistemas jurídicos en cinco grandes familias, que son:

 Familia neorromanista, Derecho Civil o de Derecho Continental.

 Familia del common law o anglosajona.

El Derecho anglosajón (o common law) derivado del sistema aplicado en la Inglaterra medieval, es aquel utilizado en gran parte de los territorios que tienen influencia británica. Se caracteriza por basarse más en la jurisprudencia que en las leyes.

*principios básicos

El sistema de Derecho anglosajón se basa, sobre todo, en el análisis de las sentencias judiciales dictadas por el mismo tribunal o alguno de sus tribunales superiores (aquellos a los que se pueden apelar las decisiones tomadas por dicho tribunal) y en las interpretaciones que en estas sentencias se dan de las leyes, por esto las leyes pueden ser ambiguas en muchos aspectos, ya que se espera que los tribunales las clarifiquen (o estos ya lo han hecho sobre leyes anteriores, pero similares). Este es el motivo por el cual en Estados Unidos aún se enseñan normas de la época colonial inglesa.

Por otro lado, existen interpretaciones judiciales que crean figuras jurídicas nuevas, lo que en un principio era la norma, pero hoy es la excepción, sin embargo se mantiene la nomenclatura y se conoce como delito estatutario, por ejemplo, al delitocreado por la ley. En la actualidad, es mucho más común que las leyes creen figuras completamente nuevas o que estandaricen y fijen las reglas anteriormente establecidas por las sentencias judiciales.

Un detalle muy importante es que, en casos posteriores, la ratio decidendi de las sentencias previamente dictadas obligan a un tribunal (y todos los tribunales inferiores a éste) a fallar de la misma manera o de forma similar. Por esto el estudio del sistema se basa en el análisis detallado de las sentencias de las cuales se induce la norma, estudio que termina en la elaboración de un "caso típico", el cual se compara con la situación en estudio para ver si es similar o no. En muchas ocasiones se analizan diversas sentencias que contienen el mismo principio, visto desde diversas ópticas, para extraer finalmente la norma que se aplicará al caso en estudio.

En la actualidad, la diferencia señalada entre ambos sistemas es cada vez menor, pues se verifica en el Derecho anglosajón una fuerte tendencia hacia la "codificación" de las reglas jurídicas, esto es, una creciente producción de normas escritas, que van desplazando paulatinamente los antiguos precedentes judiciales y los van reemplazando por normas escritas. Este fenómeno es posible gracias a la enorme flexibilidad que caracteriza al Derecho anglosajón, a diferencia de lo que ocurre con el sistema continental, en el que la existencia de códigos y normas escritas le ha impreso un carácter más "rígido". La mencionada flexibilidad del Derecho anglosajón puede comprobarse en la circunstancia de que el mismo comenzó siendo un sistema de derecho consuetudinario o costumbrista, en el que la principal fuente de derecho eran las costumbres, que se conocían como "derecho común" ("common law"). Posteriormente, y debido a la actuación de los tribunales judiciales, evolucionó hasta que los precedentes se encumbraron como la principal fuente de derecho, y el sistema pasó a convertirse en uno de "derecho jurisprudencial". Queda por ver, ahora, si la mencionada tendencia hacia la codificación que modernamente se verifica en los Estados enrolados en el sistema anglosajón, no termina por convertirlo, también, en un sistema "legalista",

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