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DERECHO PROCESAL


Enviado por   •  28 de Febrero de 2013  •  5.053 Palabras (21 Páginas)  •  344 Visitas

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¿COMO SE LLEGA AL DERECHO PROCESAL?

Para estudiar el derecho procesal, previamente debemos referirnos a la división del derecho y, al efecto, generalmente este suele dividirse en derecho objetivo y derecho subjetivo, siendo el primero el conjunto de normas dictadas por el Estado que tiene por norte regular las relaciones entre individuos que forman parte de la colectividad, las relaciones entre estos y el Estado, así como entre los diversos órganos del Estado; por su parte, el derecho subjetivo, es la facultad que tiene todo sujeto de obtener del Estado la satisfacción de su derecho o interés cuando es lesionado, y que se encuentra tutelado por el derecho objetivo.

El Estado dicta un conjunto de normas que regularan las relaciones entre ciudadanos, entre estos y el Estado, y entre los diversos organismos de este derecho objetivo-, pero cuando estas normas que contienen los derechos de los ciudadanos es lesionada, bien por otro ciudadano o por un órgano del Estado, el sujeto para hacer tutelar su derecho y obtener la reparación del mismo, debe hace uso del derecho subjetivo, que será el que brinde al administrado la posibilidad de obtener la satisfacción de su derecho mermado.

Tanto el derecho objetivo como el subjetivo forman parte o dimanan del derecho material o sustancial, que viene siendo el conjunto de normas que van a regular la conducta de los individuos dentro de la sociedad, reglamentando las relaciones de intereses en orden a su distribución y goce de los bienes de la vida cotidiana.

Si concatenamos los derechos referidos, encontramos que cuando un sujeto ve lesionado su derecho material o sustancial, en el entendido de que otro ciudadano u organismo del Estado menoscaban su derecho objetivo para obtener la satisfacción de este derecho o interés, es decir, para obtener el resarcimiento del derecho lesionado, tendrá que acudir al derecho subjetivo, para que, por conducto de esta facultad que le otorga la ley, satisfaga su derecho objetivo.

De toda esta situación nace o se origina el derecho procesal, ya que este tendrá por norte reglamentar o normar el conjunto de disposiciones legales que regularan la actividad de los sujetos dentro del proceso, para que a través de este pueda el ciudadano obtener la satisfacción de su derecho objetivo lesionado, como emanación del derecho material o sustancial, que se materializa por medio del derecho subjetivo.

Por consiguiente, es de concluir que, para llegar al derecho procesal, debemos previamente concatenar los derechos materiales o sustanciales, objetivo y subjetivo, puesto que solo acoplando las piezas que configuran estos derechos podremos conseguir el derecho procesal.

DERECHO PROCESAL

Es la rama del Derecho que tiene por objeto regular la organización y atribuciones de los tribunales de justicia y la actuación de las distintas personas que intervienen en los procesos judiciales. El derecho procesal trata sobre las formalidades que se deben cumplir frente a los tribunales de justicia, a contrario sensu, el resto del derecho se refiere a la cuestión de fondo del conflicto llevado al debate. El derecho Procesal puede observarse desde varios puntos de vista:

El concepto se puede dividir en dos visiones que se pueden resumir de la siguiente manera:

1.- En la Teoría general del Proceso.

Podemos decir que es el conjunto de normas que se refieren a los requisitos y maneras de acudir ante el órgano jurisdiccional.

Devis Echandia lo define como:

La rama del derecho que estudia el conjunto de normas y principios que regulan la función jurisdiccional del estado y por tanto, fija el procedimiento que se ha de seguir para obtener la actuación del derecho positivo y que determinan las personas que deben someterse a la jurisdicción del Estado y los funcionarios encargados de ejercerla.

Esta es una definición descriptiva porque:

* Presenta al Derecho Procesal como un derecho instrumental.

* Considera a la jurisdicción como una función del estado.

* Se refiere a los funcionarios encargados de ejercer esa función

* Menciona el procedimiento.

*Se refiere a las personas sometidas a la jurisdicción.

2.- En el sentido estricto.

En el derecho Procesal Civil “Es la rama de la ciencia jurídica que estudia la naturaleza, desenvolvimiento y eficacia del conjunto de relaciones jurídicas denominado proceso civil.” Esta definición implica admitir el carácter científico del Derecho Procesal Civil. Se ha dicho que el Derecho Procesal Civil no debe enseñarse en las Universidades, sino que debe aprenderse en la práctica profesional. Coincidimos con quienes expresan que: Un practicón (quien practica sin conocer la teoría) nuca podrá ser jurista; en cambio, un jurista puede ser un buen practicón.

CONTENIDO DEL DERECHO PROCESAL.

Su contenido se refiere al proceso o mas concretamente a los procedimientos y por extensión a todo lo que tenga relación, por eso tradicionalmente se considera como parte integrante lo referente con la formación de los órganos jurisdiccionales que es mas bien un derecho judicial cuya formación parece iniciarse recientemente, pero, al igual que la jurisdicción voluntaria prevista en el articulo 895 del Código de Procedimiento Civil, no tiene un verdadero carácter procesal porque no hay contraparte ni litigio.

El contenido del Derecho Procesal lo podemos agrupar en varios aspectos:

* Una parte institucional que comprende las normas sobre la formación y funcionamiento de los órganos judiciales, su jurisdicción y competencia.

* Un aspecto que agrupa lo relativo a las partes en el proceso regulando su capacidad, legitimación, asistencia y representación

* Un aspecto real que se refiere a las acciones o más bien pretensiones, cuestiones previas, pruebas y a los actos procesales.

* Un aspecto practico referente a los trámites y diligencias que deben seguirse en cada tipo de juicio y su correspondiente ejecución dentro de los lapsos procesales.

* un carácter parajudicial referente a los actos de jurisdicción voluntaria y a los casos de arbitraje.

El derecho procesal se estructura en torno a tres conceptos básicos: la jurisdicción, la acción y el proceso.

 La jurisdicción es la función que tienen los tribunales de justicia de conocer, sentenciar y ejecutar lo sentenciado en los conflictos que sean sometidos a su decisión.

 La acción es el medio por el cual una persona insta a la jurisdicción que se pronuncie sobre un asunto y otorgue efectiva y justa tutela jurisdiccional.

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