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Derecho Civil IV Obligaciones


Enviado por   •  9 de Agosto de 2014  •  1.069 Palabras (5 Páginas)  •  306 Visitas

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Universidad Alas Peruana

Dirección Universitaria de Educación a Distancia

Escuela Académico Profesional de Derecho

Asignatura : Derecho Civil IV - Obligaciones

Estudiante : Chacaliaza López, Kimberly Melissa

Código : 2012209890

Uded : Tarapoto

Docente : Mg. Luis Francisco Vásquez Costa

Ciclo : VI

Semestre Académico : 2014 – II

Ciudad de Tarapoto, 01 de julio de 2014

1.- Señalar 04 diferencias entre Derecho Público y Derecho Privado. (4.5 puntos)

Derecho Público Derecho Privado

Fundamento Doctrinario El derecho público es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones entre las personas y entidades privadas con los órganos que ostentan el poder público cuando estos últimos actúan en ejercicio de sus legítimas potestades públicas (jurisdiccionales, administrativas, según la naturaleza del órgano que las ejerce) y de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido, y de los órganos de la Administración pública entre sí.

La característica del derecho público es que sus mandatos no se encuentran sujetos a la autonomía de la voluntad que pudiesen ejercer las partes (es decir «no» pueden ser modificados por las partes en uso legítimo de su autonomía de la voluntad, como sí ocurre en el derecho privado). Son mandatos «irrenunciables y obligatorios», en virtud de ser mandados en una relación de subordinación por el Estado (en ejercicio legítimo de su principio de imperio). La justificación es que regulan derechos que hacen al orden público y deben ser acatados por toda la población.

El Derecho privado es la rama del Derecho que se ocupa preferentemente de las relaciones entre particulares. También se rigen por el Derecho privado las relaciones entre particulares y el Estado cuando éste actúa como un particular, sin ejercer potestad pública alguna (es, por ejemplo, el caso de las sociedades o empresas con personalidad jurídica propia creadas según las normas de Derecho mercantil y en las que el Estado o sus organismos autónomos ostenten un poder decisorio).

El Derecho privado se suele contraponer al Derecho público, que es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones de los ciudadanos con los poderes públicos y de los poderes públicos entre sí.

Diferencia  El Estado actúa como poder.

 El Derecho Público regula la estructura y funcionamiento del Estado.

 La propiedad pública surge del derecho público

 El Estado no tiene libertad para legislar o administrar justicia; tiene el poder de hacerlo, pero este poder, al mismo tiempo deber, por lo que la actividad del Derecho Público es concebida como función.

 El Estado o las Instituciones Autónomas son sujetos de Derecho Público.

 Marcada por una desigualdad imperium con que aparece revestido el o los organismos públicos (poderes públicos) que en ella interviene.

 Las partes son particulares.

 Su finalidad es regular la relación entre particulares.

 La propiedad privada surge del derecho privado.

 Encontramos diversas categorías calificadas como públicas o privadas. Hablamos por ejemplo de que una persona física, una fundación, una sociedad civil o comercial o una asociación constituida de conformidad con la Ley de Asociaciones son sujetos de Derecho Privado.

 Los sujetos se suponen relacionados en posiciones de igualdad, al menos teórica.

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