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Resumen bidart campos tomo 2


Enviado por   •  30 de Abril de 2018  •  Resúmenes  •  5.388 Palabras (22 Páginas)  •  137 Visitas

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15/02/18

UNIDAD N 9

Poder legislativo

Derecho parlamentario, conjunto de normas que se encargan de describir el desenvolvimiento del Congreso. Es la parte del derecho constitucional del poder que se refiere a la constitución, los privilegios y el funcionamiento de los cuerpos parlamentarios.

ART 44. Como está conformado el poder legislativo

Poder legislativo es un Órgano

  • Bicameral. Dos cámaras. Una de diputados de la Nación y una de senadores o representantes de las provincias
  • Complejo. Es un órgano que a su vez contiene órganos adentro (dos cámaras) si no está uno de los órganos el otro no puede trabajar. Tienen que actuar las dos
  • Colegiado. Hay más de una persona dentro de estos órganos. 257 diputados y 72 senadores

ART 45. Cámara de diputados

  • Elección directa
  • Representación. Representan al pueblo de la nación
  • Cantidad. Proporcional a la población. Depende del sistema electoral utilizado, en este caso es el D’hont (respeta la representación proporcional) cantidad de representantes es proporcional a la cantidad de población.
  • Duración. Su mandato es de 4 años y puede ser reelegibles. La cámara se renueva cada dos años.

ART 48. Requisitos para ser diputado. Deben estar cumplimentados al momento que asume el diputado (esto es una interpretación, el momento en cual tiene que cumplir con los requisitos) el candidato se podría postular con 24 años, pero en el momento que asume tiene que tener los 25

  • 25 años de edad
  • 4 años de ciudadanía en ejercicio
  • Ser natural de la provincia o 2 años de residencia

ART 51. En caso de que alguno de los diputados renuncie a su banca, se enferme y no pueda seguir más en el cargo, se procede a una nueva elección. En la realidad no es así, cuando votamos hay suplentes

ART 52. Competencia de la cámara para proponer leyes en el congreso

Requisitos para ser diputados. Como es la elección

Elección directa. Representación. Cantidad. Reelección. Duración/renovación (de cada cámara)

Cámara de senadores

ART 54.

  • Elección directa. (se reformo en 1994 antes era indirecta)
  • Representación. . Los senadores representan a las provincias, defienden los intereses de la provincias en el congreso
  • Cantidad. 3 por cada provincia y 3 por CABA. 2 bancas al partido político que obtenga el mayor número de votos y el tercero al que le siga en número de votos
  • Duración. 6 años en el mandato. Son reelegibles indefinidamente. La cámara se renueva 1/3 cada dos años

ART 55. Requisitos para ser senador. Cuando se eligen, deben estar cumplimentados los requisitos

  • 30 años
  • 6 años ciudadano de la Nación
  • Ser natural de la provincia o 2 años de residencia
  • Renta de dos mil pesos fuertes. Para solvencia económica. Nunca se pidió y tampoco se va a pedir

El vicepresidente de la república es el presidente nato del senado

Incompatibilidades del Senador y del Diputado

ART 72.  Ningún miembro del congreso podrá recibir empleo del poder ejecutivo, sin previo consentimiento de la cámara respectiva, excepto los empleos de escala

ART 73. Los religiosos no pueden ejercer ninguno de los cargos. Depende de la congregación a la que pertenezca. Si los habilita la congregación, podría hacerlo. Tampoco ningún gobernador se podrá postular como diputado o senador

Disposiciones comunes a ambas cámaras ART 63

Sesiones del congreso. Hay cuatro tipo de sesiones que van a llevar adelante las dos cámaras

  1. Preparatorias. Son aquellas previstas en el reglamento interno de cada cámara, tienen como finalidad organizar el trabajo legislativo, para que cuando comienzan las sesiones ordinarias, ya tengan todo organizado. Por ejemplo, incorporar a los nuevos legisladores, tomarles juramento, formar las comisiones parlamentarias, elegir a las autoridades de las cámaras. Son en diciembre o en febrero, generalmente después de las de prorroga
  2. Ordinarias. Ambas cámaras se reunirán por si mismas en sesiones ordinarias todos los años del 1 de marzo al 30 de noviembre, establecido en la CN. La apertura de las sesiones ordinarias las hace el presidente de la nación en el recinto más grande del congreso, si no lo hace, el congreso tiene competencia para reunirse de pleno derecho y, debe hacerlo. En esta sesión se desarrolla la actividad legislativa, promueven la presentación y sanción de las leyes. Las cámaras sesionan una vez por semana, un día diputado y otro día senadores.
  3. De prórroga. Se extiende el periodo ordinario, se prorroga el pedido ordinario, a partir del 1 de diciembre. Pueden ser convocadas por el poder ejecutivo o por las mismas cámaras. Solamente se van a tratar los temas pendientes, no se incorporan temas nuevos
  4. Extraordinarias. Son aquellas sesiones convocadas exclusivamente por el presidente de la nación con el temario fijo. Y tienen lugar cuando está en receso el congreso, cuando no está sesionando. Por ejemplo, la declaración de intervención federal, la declaración del estado de sitio

Las ordinarias, de prorroga y extraordinarias están previstas en la CN. La preparatoria está en los reglamentos internos de cada cámara

Sesiones. Quien las convoca, donde tienen lugar, quien las celebra. MAS PRECISO

ART 65. El receso es de ambas cámaras en simultáneo. Empiezan y concluyen sus sesiones simultáneamente; ninguna de ellas, mientras se hallen reunidas, podrá suspender sus sesiones más de tres días sin consentimiento de la otra.

Otra disposición común: JUICIO POLITICO ART 53, 69 Y 70

Art 53. A la cámara de diputados le corresponde acusar al

  • Presidente
  • Vicepresidente
  • jefe de gabinete de ministros
  • ministros
  • miembros de la corte suprema

Fundándose en mal desempeño, delito en el ejercicio de sus funciones, por ejemplo enriquecimiento ilícito, o por crímenes comunes (delito penal)

La cámara de diputados, tiene una comisión de juicio político dentro de la cámara que va a ser encargada de recopilar las pruebas en contra del funcionario acusado

Una vez que la comisión recopilo las pruebas, lo lleva al recinto, en el recinto se vota para ver si se lo acusa al funcionario en base a las pruebas, con el quorum de las 2/3 partes de los miembros de la cámara presentes. Una vez acusado, se pasan todas las actuaciones a la cámara de senadores

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