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Antecedentes de la negociación colectiva


Enviado por   •  13 de Marzo de 2023  •  Documentos de Investigación  •  1.107 Palabras (5 Páginas)  •  46 Visitas

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ANTECEDEDENTES DE LA NEGOCIACION COLECTIVA

APERTURA:

¿Qué sabes respecto a las relaciones colectivas de trabajo?

Contrato colectivo de trabajo es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.2

DESARROLLO:

Lectura y análisis “antecedentes de la contratación colectiva”

CIERRE:

  • Elaborar un resumen del tema 1.1, 1.2, 1.3 y 1.4.
  • Elaborar un esquema que resuma la evolución línea de contenido y vigencia de la negociación colectiva (1.5)

Con respeto al tema 1.1. Concepto de negociación colectiva se destaca el hecho que, el derecho colectivo, o también llamado derecho sindical, surge por la incipiente necesidad de protección de las masas proletarias. Que históricamente se han encontrado en desigualdad con el dueño de los medios de producción. El derecho colectivo de trabajo es un derecho que concierne a los grupos sociales. Está inspirado en la idea social comunitaria que reconoce el derecho a la existencia de grupos sociales y, es en consecuencia de un principio existencial de garantías en defensa de grupos obreros.

1.2. Objetivos de la negociación colectiva.

La negociación colectiva se da entre un empleador, un grupo de empleados o una o varias organizaciones con el fin de:

  • Iniciar una negociación colectiva.
  • Revisar un convenio vigente.
  • Modificar un convenio.
  • Fijar las condiciones de trabajo y empleo.
  • Exigir ciertas prestaciones económicas.
  • Suspender o modificar contratos.
  • Mejorar el dialogo social a nivel empresa.
  • Mejorar la productividad de la empresa.
  • Regular las relaciones entre empleadores y trabajadores.

Negociación Colectiva es un mecanismo para fortalecer y mejorar las condiciones en que los trabajadores desempeñan sus actividades, pues es obligación de los sindicatos llegar a acuerdos con los patrones para mejorar el nivel de desempeño del trabajador y por consecuencia mejorar, incrementar y optimizarla producción de las empresas haciendo que éstas tengan un mayor crecimiento y así proporcionar a sus trabajadores las mejoras que ellos requieren; cabe señalar, que nuestra ley laboral prevé la negociación colectiva respecto de los salarios y la revisión general de las condiciones contenidas en el Contrato Colectivo de Trabajo y que se prevé se debe realizar cada dos años. Mundialmente este derecho se encuentra garantizado en el Convenio 98 y 154 de la Organización Internacional del Trabajo. La mayoría de las legislaciones prevén la Negociación Colectiva como el medio a través del cual se deben resolver los conflictos tanto individuales como colectivos de trabajo, desde un ámbito extrajudicial hasta en los procedimientos laborales;

1.3. Partes de la negociación colectiva.

Cuando se habla de las partes de una negociación colectiva, los instrumentos de la OIT se refieren a "una organización o varias organizaciones de trabajadores”. La mayor parte de la legislación laboral utiliza las expresiones "sindicatos" u "organizaciones sindicales". Utiliza indistintamente las expresiones "miembros de un sindicato", "actividades sindicales" y "organizaciones de trabajadores" para referirse a las mismas instituciones. Para evitar ambigüedades, esta guía utiliza la expresión "sindicato" a menos que se refiera específicamente a expresiones utilizadas en los convenios y recomendaciones. 

Los sujetos individuales del derecho del trabajo son todas aquellas personas que se encuentran dentro de la regulación de las leyes laborales. Quiénes pueden ser estos individuos, todos los que según el artículo 5 Constitucional se encuentren en la posibilidad de dedicarse a la profesión u oficio que les acomode siempre y cuando sea lícito y, no se encuentren inhabilitados. Es decir que la actividad que todo individuo realice debe estar apegada a derecho y por tanto no debe estar bajo la prohibición judicial de ejercer determinada actividad, como es el caso de los individuos que por un delito según el caso en concreto se les prohíbe ejercer determinada labor, el ejemplo más claro sería un médico titulado que por responsabilidad penal, en sentencia, le sea retirada su cédula profesional, se hacen válidas las limitantes de la ley. Para los efectos de esta disposición, se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio. 

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