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Caja De Ahorro


Enviado por   •  29 de Octubre de 2013  •  5.186 Palabras (21 Páginas)  •  586 Visitas

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CAJA DE AHORRO

La caja de ahorro es muy parecida a la “tanda”, esto es, los trabajadores aportan “X” cantidad de dinero, pero, a diferencia de las tandas, la caja de ahorro es regulada por la empresa, ya que las “tandas” son consideradas como prohibidas entre los trabajadores de conformidad con lo señalado por el artículo 135 inciso VIII de la LFT (Ley Federal del Trabajo), que a continuación transcribo:

Art. 135. Queda prohibido a los trabajadores:

VIII. Hacer colectas en el establecimiento o lugar de trabajo;

Una limitante para la caja de ahorro, es que la aportación del trabajador no sea mayor del treinta por ciento del excedente del salario mínimo, esto de acuerdo al artículo 110 de la LFT:

Art. 110. Los descuentos en los salarios de los trabajadores, están prohibidos salvo en los casos y con los requisitos siguientes:

IV. Pago de cuotas para la constitución y fomento de sociedades cooperativas y de cajas de ahorro, siempre que los trabajadores manifiesten expresa y libremente su conformidad y que no sean mayores del treinta por ciento del excedente del salario mínimo;

¿Cómo se maneja este límite del 30% del excedente del salario mínimo?

Sería de la siguiente forma:

Salario diario $75.00

(-) Salario mínimo 42.11 (Área geográfica “C” 2004)

(=) Excedente 32.89

Ahora, a este excedente lo multiplicamos por el mencionado 30%:

Excedente 32.89

(x) 30%

(=) Limite 9.87

Este sería el límite a que hace referencia el artículo 110 de la LFT.

Las aportaciones que se efectúan, como se mencionó anteriormente, deben estar reguladas por la empresa, esto es, descontándole al trabajador la cantidad acordada, siendo este descuento topado al 30% que menciona el artículo 110 fracción IV de la LFT; este descuento se realizaría de acuerdo al Art. 132 de la LFT:

Art. 132. Son obligaciones de los patrones:

XXIII.- Hacer las deducciones de las cuotas para la constitución y fomento de sociedades cooperativas y de cajas de ahorro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110, fracción IV;

De todo esto, para poder implementar la caja de ahorro, se necesitara cumplir con los siguientes puntos:

1. Que sea un acto consentido,

2. Que no sea mayor al 30% del excedente del salario mínimo,

3. Que los patrones efectúen el descuento correspondiente.

Al momento de retirar el trabajador sus aportaciones de la caja de ahorro, estas deberán ser las cantidades que aporto más el interés causado.

Ahora bien, para efectos fiscales, el artículo 109 de la LISR (Ley del Impuesto Sobre la Renta) contempla como ingreso exento el que provenga tanto de la caja como del fondo de ahorro:

Art. 109. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:

VIII. Los provenientes de cajas de ahorro de trabajadores y de fondos de ahorro establecidos por las empresas cuando reúnan los requisitos de deducibilidad del Título II de esta Ley o, en su caso, de este título.

En el artículo 31 de la Ley del ISR, no se mencionan los requisitos de deducibilidad que deben tener las cajas de ahorro, dado que la empresa no aporta dinero, solo lo administra; por lo que, la empresa no tiene que considerarlo como una deducción o como un gasto.

O lo que es igual, una vez pagado su salario al trabajador, el patrón le disminuyo el monto destinado al ahorro.

Los ingresos que obtengan los trabajadores de estas cajas de ahorro, estarán totalmente exentos del ISR; ya que, estos provienen de la entrega de su salario (el cual ya esta gravado para ISR e integra salario para las cuotas de IMSS) y el interés causado será determinado de acuerdo al Título IV Capítulo VI de la LISR.

Art. 159 Las personas físicas deberán acumular a sus demás ingresos los intereses reales percibidos en el ejercicio.

En cuanto al aspecto de la seguridad social, la caja de ahorro no integra al salario base de cotización, dado que la empresa le entrega al trabajador su remuneración por el trabajo personal subordinado realizado y el trabajador, (no olvidemos que el salario o sueldo, si se considera para el SDI) toma la decisión de aportar una parte de este a la caja de ahorro, aunque se le descuente y lo administre la empresa.

Conclusión: Los ingresos obtenidos de una caja de ahorro no gravan para efectos de ISR ni integran al SDI ya que proviene del salario del trabajador; el cual ya fue gravado para ISR e integro para las cuotas del IMSS.

Se recomienda que se tenga una comisión que se encargue de los aspectos relacionados con la caja de ahorro para que no se tengan problemas derivados de su administración.

FONDO DE AHORRO

El fondo de ahorro se da con el fin de que, al igual que la caja de ahorro, se fomente el ahorro en los trabajadores; con la diferencia que en el fondo aporta tanto el trabajador como el patrón. Esta figura es la más utilizada por las empresas, ya que, además de no causar ISR, (manejándolo correctamente y cuidando siempre los límites establecidos en la Ley) no forma parte del SDI (Salario Diario Integrado), esto, para efectos del IMSS.

Esta figura, en la LFT se menciona para efectos del salario afecto al cinco por ciento del INFONAVIT:

Art. 143. Para los efectos de este Capítulo el salario a que se refiere el artículo 136 se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, y las gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por sus servicios; no se tomarán en cuenta dada

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