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Código del trabajo


Enviado por   •  20 de Agosto de 2023  •  Informes  •  2.768 Palabras (12 Páginas)  •  19 Visitas

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                                Universidad Diego Portales

                                       Escuela de Auditoria

                                       Facultad de Economía y Finanzas

TAICO S3

ACTIVIDAD N°2

Integrantes: Agustín Rodrigo Aguilera G. – Constanza Javiera Carrasco V. – Benjamín Jeremías Meneses G. –Álvaro Jesús Leviche P. – David Andrés Loyola V.

Fecha: 18 de junio, 2021

CONTENIDOS

CONTENIDOS…………………………………………………………………………………………………………………………………        1

CODIGO DEL TRABAJO……………………………………………………………………………………………………………………2

SUBSIDIO DEL EMPELO…………………………………………………………………………………………………………………3 BIBLIOGRAFÍAS………………………………………………………………………………………………………………………………        4  

CÓDIGO DEL TRABAJO

Analizar y detallar los artículos y causales, estipulados en el código del trabajo, que deben aplicarse en dicha situación.

Luego de detenernos a leer e inferir información expuesta en el caso anterior, hemos detectado dos posibles artículos que se aplicarían en el evento, donde tendría que intervenir la ley. Para determinar esto, vamos a dividir la información en dos partes, donde en cada una detallaremos el artículo que debería ser aplicado en cada causa:

Primer Hecho: “El trabajador Adrián González, que se desempeñaba como técnico en mantención de equipos en la sucursal de San Miguel, ha presentado una denuncia, puesto que, acusa el no pago de la remuneración del mes pasado, dado que, cuenta con un permiso especial que le permite presentarse legítimamente al servicio militar obligatorio” [2]

En el párrafo anterior, hemos inferido que el trabajador piensa que se le debe efectuar el pago de la remuneración, ya que él cuenta con un permiso especial que le permite hacer el servicio militar. En este caso, nos adjudicamos el artículo:

Art. 158

  1. El trabajador conservará la propiedad de su empleo, sin derecho a remuneración, mientras hiciere el servicio militar o formase parte de las reservas nacionales movilizadas o llamadas a instrucción.
  2. Con todo, el personal de reserva llamado a servicio por períodos inferiores a treinta días tendrá derecho a que se le pague por ese período, el total de las remuneraciones que estuviere percibiendo a la fecha de ser llamado, las que serán de cargo del empleador, a menos que, por decreto supremo, se disponga expresamente que serán de cargo fiscal.
  3. El servicio militar no interrumpe la antigüedad del trabajador para todos los efectos legales.
  4.  La obligación impuesta al empleador de conservar el empleo del trabajador que deba concurrir a cumplir sus deberes militares se entenderá satisfecha si le da otro cargo de iguales grado y remuneraciones al que anteriormente desempeñaba, siempre que el trabajador esté capacitado para ello.
  5. Esta obligación se extingue un mes después de la fecha del respectivo certificado de licenciamiento y, en caso de enfermedad, comprobada con certificado médico, se extenderá hasta un máximo de cuatro meses.

bajo lo que nos indica esté presente, en el número 1) habla sobre que el trabajador que hiciera o formará parte del servicio militar, estará exento del pago de la remuneración, pero sí podrá pertenecer a su empleo, sin ningún problema.

ahora, en la parte 2:

“Además, actualmente cuenta con un contrato de carácter plazo fijo, el cuál corresponde a un segundo período que vence el próximo mes y demanda que, el presente contrato debería corresponder a un contrato con carácter de plazo indefinido.” [2]

En este párrafo, hemos inferido que la empresa aún no hace efectivo el cambio de contrato, inclusive el trabajador indica que se encuentra en un segundo período dentro de la empresa, por lo cual, al servicio de esta debería tener un contrato de plazo indefinido. En este caso, el artículo que hemos detectado es el siguiente:

Art. 159. El contrato de trabajo terminará en los siguientes casos:

  1. Mutuo acuerdo de las partes.
  2. Renuncia del trabajador, avisando a su empleador con treinta días de anticipación, a lo menos.
  3. Muerte del trabajador.
  4. Vencimiento del plazo convenido en el contrato. La duración del contrato de plazo fijo no podrá exceder de un año.
  5. El trabajador que hubiere prestado servicios discontinuos en virtud de más de dos contratos a plazo, durante doce meses o más en un período de quince meses, contados desde la primera contratación, se presumirá legalmente que ha sido contratado por una duración indefinida.
  6. Tratándose de gerentes o personas que tengan un título profesional o técnico otorgado por una institución de educación superior del Estado o reconocida por éste, la duración del contrato no podrá exceder de dos años.
  7. El hecho de continuar el trabajador prestando servicios con conocimiento del empleador después de expirado el plazo, lo transforma en contrato de duración indefinida. Igual efecto producirá la segunda renovación de un contrato de plazo fijo.
  8.  Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.
  9. Caso fortuito o fuerza mayor.

en este artículo, hemos deducido que en el punto 5, luego de dos contratos a plazo, por ley el trabajador debería indicar que pertenece a un contrato de trabajo indefinido, lo cual la empresa no se está haciendo cargo.

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