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Deduccciones Autorizadas


Enviado por   •  29 de Octubre de 2013  •  844 Palabras (4 Páginas)  •  215 Visitas

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Requisitos de las Deducciones Autorizadas (art 31 LISR)

Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente. El carácter de indispensable se encuentra vinculado con la consecución del objeto social de la empresa

Deducciones de Inversión mediante la aplicación acorde al porcentaje máximo autorizado.

% Anual Concepto (art 40 LISR)

10% Erogaciones de periodos preoperativos

5% Edificio

10% Mobiliario y Equipo

25% Automóviles

30% Equipo de Computo

5% Cargos Diferidos

Los pagos cuyo monto exceda $2,000.00 se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, transferencias

Tratándose del consumo de combustibles para vehículos el pago deberá efectuarse mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, a través de los monederos electrónicos a que se refiere el párrafo anterior, aun cuando dichos consumos no excedan el monto de $2,000.00.

Para poder deducir las cuotas de peaje pagadas en carreteras que cuenten con sistemas de identificación automática vehicular o sistemas electrónicos de pago, deberán amparar el gasto con el estado de cuenta de la tarjeta de identificación automática vehicular o de los sistemas electrónicos de pago, la llamada IAVE, por lo que no son deducibles los recibos de casetas.

Las autoridades fiscales podrán liberar de la obligación de pagar las erogaciones con cheques nominativos, tarjetas de crédito, de débito, de servicios, monederos electrónicos o mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa a que se refiere esta fracción, cuando las mismas se efectúen en poblaciones o en zonas rurales, sin servicios bancarios.

Los cheques nominativos deberán estar a cuenta del contribuyente y contener RFC, así como en el anverso del mismo la expresión “para abono en cuenta del beneficiario”. Cuando el pago se realice con cheque, este será deducible en el ejercicio en que este se cobre, siempre y cuando no haya trascurrido más de 4 meses

Los estados de cuenta pueden considerarse como comprobante siempre y cuando éstos realicen operaciones con el público en general, siempre que se trate de operaciones gravadas por la LIVA, cada transacción sea igual o inferior a 50 mil pesos sin incluir IVA, y que el estado de cuenta contenga el RFC de quien enajena el bien o presta el servicio.

El uso de los estados de cuenta como Comprobantes, no exime a los contribuyentes de exigir sus comprobantes fiscales en la compra de cualquier artículo o servicio.

Las deducciones de salarios serán deducibles si y solo si cumple con las obligaciones art 118 fracs. I, II y IV LISR (retención, anual y constancia) y cumplan con las obligaciones de inscribir a los trabajadores en el IMSS en su caso.

Los pagos se efectúen a personas obligadas o solicitar su inscripción al RFC

Los pagos a Personas Físicas, Sociedades o Asociaciones Civiles, Suministro de Agua y Servicios de Recolección de Basura, Transportistas, Donativos y Contribuyentes del Régimen Simplificado solo serán deducibles cuando hayan sido efectivamente erogadas (pagadas/cobradas) en el ejercicio en que se trate.

El

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