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Fallo Vizzoti


Enviado por   •  2 de Noviembre de 2020  •  Resúmenes  •  1.084 Palabras (5 Páginas)  •  230 Visitas

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Fallo Vizzoti

2 instancia revoco la sentencia de 1 instancia que declaraba la inconst del limite de la base salarial para calcular la indemnización x despido sin justa causa y rechazo la demanda para cobrar la reparación. El actor interpuso re. Corte: El monto del 245 es una indemnización y por el otro lado es tarifado, pero es relativo pq se aplica en cada caso concreto pq se saca por el salario y la antigüedad del trabajador. El limite del art es el supuesto de la base remuneratoria que, no podrá exceder el equivalente de tres veces el importe mensual de la suma que resulta del promedio de todas las remuneraciones previstas en el convenio colectivo de trabajo aplicable al trabajador al momento del despido, o en el convenio colectivo más favorable, en el supuesto de empleados no amparados convencionalmente.

Que si bien el régimen tarifado es legal tiene que tener una adecuada valoración y proporción con los elementos para calcular la indemnización que son el salario y antigüedad. Se aplica la doctrina de carrizo "el resarcimiento del empleado debe ser equitativo, y ello importa afirmar que la reglamentación legal del derecho a la llamada estabilidad impropia, constitucionalmente reconocido, debe ser razonable, lo que a su vez quiere decir, adecuada a los fines que contempla y no descalificable por razón de iniquidad". La incorporación del art. 14 bis tradujo ese ritmo en deberes "inexcusables" del Congreso a fin de "asegurar al trabajador un conjunto de derechos inviolables, entre los que figura, de manera conspicua, el de tener 'protección contra el despido arbitrario'". Su "excepcional significación, dentro de las relaciones económico-sociales existentes en la sociedad contemporánea, hizo posible y justo" que a las materias sobre las que versó el art. 14 bis "se les destinara la parte más relevante de una reforma constitucional" . el trabajador es sujeto de protección constitucional y no solo esta previsto en el art 14 bis sino también en la normativa internacional como el pacto de san jose de costa rica, el pacto internacional de derechos económicos sociales y culturales, la convención sobre la eiminacion de toda forma de discriminación contra la mujer, la decla uni ddhh q en uno de sus art consagra el derecho a trabajar , es decir, a que el trabajador no sea privado arbitrariamente de su empleo, además es un derecho inalienable. En resumen la corte cree que no es justo ni equitativo que la base salarial del 245 sea reducida mas del 33% y se basa en que sino seria confiscatorio producido por la presión fiscal cuando excede ese porcentaje. La razonable relación que, según el Tribunal, debe guardar la base salarial de la indemnización por despido sin justa causa con la mejor remuneración mensual normal y habitual computable, toma en cuenta que esta última, por resultar la contraprestación del empleador por los servicios del trabajador, pone de manifiesto, a su vez, la medida en que aquél, en términos económicos, reconoció y evaluó los frutos o beneficios que éste le proporcionó con su labor subordinada. Dicho salario, para el empleador, justipreció el esfuerzo y la importancia de las tareas desarrolladas por el dependiente, y se adecuó a las posibilidades económicas y al rendimiento que estimó al contratarlo o promoverlo. Se revoca la sentencia.

Resumen:   Vizzoti se había desempeñado como director médico de A.M.S.A. -una empresa de medicina prepaga- durante 26 años, percibiendo una remuneración mensual de 11.000 pesos. La empresa decidió despedirlo “sin justa causa” y, consecuentemente, le abonó 27.048 pesos en concepto de indemnización. 
Según la 
LCT, la indemnización se calcula sobre dos variables: por un lado, el monto del salario mensual del trabajador -tomado como base- y, por otro, la cantidad de años trabajados. A la vez, la base no puede ser mayor al triple del promedio del convenio al que pertenece el trabajador por su especialidad. Así, no siempre se toma como base el monto del sueldo, sino que existen topes para el cálculo. 
En el caso de Vizzoti, a quien se le aplicó el convenio de sanidad, la base fue fijada en el tope de 1.038 pesos, y no en 11.000 como indicaba su sueldo. De esta forma, los 27.048 pesos de su indemnización surgían de multiplicar la base de 1.038 por los 26 años de servicio. 

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