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PLAZOS PARA DECLARAR Y PAGAR EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y ANTICIPO

YEINSITATrabajo31 de Octubre de 2015

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1. ¿Cuáles son los plazos y medios para presentar la Declaración de Impuesto a la Renta?

PLAZOS PARA DECLARAR Y PAGAR EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y ANTICIPO

Según el Decreto No 2623 de diciembre 2014, Por el cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente y se dictan otras disposiciones.

ARTíCULO 11°. GRANDES CONTRIBUYENTES. DECLARACiÓN DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS. Por el año gravable 2014 deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios en el formulario prescrito por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, las personas naturales, jurídicas o asimiladas, las entidades sin ánimo de lucro con régimen especial y demás entidades que a 31 de diciembre de 2014 hayan sido calificadas como "Grandes Contribuyentes" por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 562 del Estatuto Tributario.

El plazo para presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, se inicia el 3 de marzo del año 2015 y vence entre el 14 y el 27 de abril del mismo año, atendiendo el último dígito del NIT del declarante que conste en el certificado del Registro Único Tributario -RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación, así:

Estos contribuyentes deberán cancelar el valor total del impuesto a pagar y el anticipo en tres (3) cuotas a más tardar en las siguientes fechas:

PAGO PRIMERA CUOTA

Si el ultimo digito termina en: Hasta el día:

1 10 de febrero de 2015

2 11 de febrero de 2015

3 12 de febrero de 2015

4 13 de febrero de 2015

5 16 de febrero de 2015

6 17 de febrero de 2015

7 18 de febrero de 2015

8 19 de febrero de 2015

9 20 de febrero de 2015

0 23 de febrero de 2015

DECLARACIÓN Y PAGO SEGUNDA CUOTA:

Si el ultimo digito termina en: Hasta el día:

1 14 de abril de 2015

2 15 de abril de 2015

3 16 de abril de 2015

4 17 de abril de 2015

5 20 de abril de 2015

6 21 de abril de 2015

7 22 de abril de 2015

8 23 de abril de 2015

9 24 de abril de 2015

0 27 de abril de 2015

PAGO TERCERA CUOTA:

Si el ultimo digito termina en: Hasta el día:

1 10 de junio de 2015

2 11 de junio de 2015

3 12 de junio de 2015

4 16 de junio de 2015

5 17 de junio de 2015

6 18 de junio de 2015

7 19 de junio de 2015

8 22 de junio de 2015

9 23 de junio de 2015

0 24 de junio de 2015

Según el Decreto No 0427 del 2015, por el cual se modifica el Decreto 2623 del 17 de diciembre del 2014:

ARTÍCULO 1. Modificase el artículo 12 del Decreto del 17 de diciembre de 201 el cual quedará así: "ARTíCULO 12°. PERSONAS JURíDICAS Y DEMÁS CONTRIBUYENTES. DECLARACiÓN DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS. Por el año gravable 2014 deberán la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios en formulario prescrito por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, las demás jurídicas, y asimiladas, los contribuyentes del Régimen Tributario Especial, diferentes a los calificados como "Grandes Contribuyentes",

Los plazos para presentar la declaración del impuesto sobre renta y complementarios y para cancelar en dos (2) cuotas iguales valor a pagar por concepto del impuesto de renta y anticipo, se inician 3 de marzo año 2015 y vencen en las fechas del mismo año que se indican a continuación, atendiendo para la presentación y pago de la primera cuota los dos (2) últimos dígitos del NIT del declarante que conste en el certificado del Registro Único Tributario -RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación, y para el pago de la segunda cuota atendiendo el último dígito del NIT del declarante, sin tener en cuenta el dígito de verificación así:

DECLARACiÓN Y PAGO PRIMERA CUOTA

Si el ultimo digito termina en: Hasta el día:

01 al 05 14 de abril de 2015

06 al 10 15 de abril de 2015

11 al 15 16 de abril de 2015

16 al 20 17 de abril de 2015

21 al 25 20 de abril de 2015

26 al 30 21 de abril de 2015

31 al 35 22 de abril de 2015

36 al 40 23 de abril de 2015

41 al 45 24 de abril de 2015

46 al 50 27 de abril de 2015

51 al 55 28 de abril de 2015

56 al 60 29 de abril de 2015

61 al 65 30 de abril de 2015

66 al 70 04 de mayo de 2015

71 al 75 05 de mayo de 2015

76 al 80 06 de mayo de 2015

81 al 85 07 de mayo de 2015

86 al 90 08 de mayo de 2015

91 al 95 11 de mayo de 2015

96 al 00 12 de mayo de 2015

PAGO SEGUNDA CUOTA:

Si el ultimo digito termina en: Hasta el día:

1 10 de junio de 2015

2 11 de junio de 2015

3 12 de junio de 2015

4 16 de junio de 2015

5 17 de junio de 2015

6 18 de junio de 2015

7 19 de junio de 2015

8 22 de junio de 2015

9 23 de junio de 2015

0 24 de junio de 2015

Según el Decreto No 2623 de diciembre 2014, Por el cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente y se dictan otras disposiciones.

ARTíCULO 13°. ENTIDADES DEL SECTOR COOPERATIVO. Las entidades del sector cooperativo del régimen tributario especial, deberán presentar y pagar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios por el año gravable

2014, dentro de los plazos señalados para las personas jurídicas en el artículo 12 del

presente decreto, de acuerdo con el último dígito del NIT que conste en el certi"ficado

del Registro Único Tributario, sin tener en cuenta el dígito de verificación.

Las entidades cooperativas de integración del régimen tributario especial, podrán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios por el año • gravable 2014, hasta el día 26 de mayo del año 2015.

ARTíCULO 14°. DECLARACiÓN DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS DE PERSONAS NATURALES (EMPLEADOS, TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA Y DEMÁS PERSONAS NATURALES y ASIMilADAS RESIDENTES) Y SUCESIONES IlíQUIDAS. Por el año gravable 2014 deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, o declaración del impuesto mínimo alternativo simplificado -IMAS cuando el contribuyente obligado a declarar opte por determinar la base gravable y declarar por este sistema, en el formulario prescrito por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, las personas naturales y las sucesiones ilíquidas, con excepción de las señaladas en el artículo 7 del presente Decreto, así como los bienes destinados a fines especiales en virtud de donaciones y asignaciones modales, cuyos donatarios o asignatarios no los usufructúen personalmente, así como las personas natUrales no residentes que obtengan renta a través de establecimientos permanentes en Colombia.

El plazo para presentar la declaración y cancelar, en una sola cuota, el valor a pagar por concepto del impuesto sobre la renta y complementarios y del anticipo, se inicia el 3°de marzo de 2015 y vence en las fechas del mismo año que se indican a continuación, atendiendo los dos últimos dígitos del NIT del declarante que conste en el certificado del Registro Único Tributario RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación, así:

Si el ultimo digito termina en: Hasta el día:

01 y 02 11 de agosto de 2015

03 y 04 12 de agosto de 2015

05 y 06 13 de agosto de 2015

07 y 08 14 de agosto de 2015

09 y 10 18 de agosto de 2015

11 y 12 19 de agosto de 2015

13 y 14 20 de agosto de 2015

15 y 16 21 de agosto de 2015

17 y 18 24 de agosto de 2015

19 y 20 25 de agosto de 2015

21 y 22 26 de agosto de 2015

23 y 24 27 de agosto de 2015

25 y 26 28 de agosto de 2015

27 y 28 31 de agosto de 2015

29 y 30 01 de septiembre de 2015

31 y 32 02 de septiembre de 2015

33 y 34 03 de septiembre de 2015

35 y 36 04 de septiembre de 2015

37 y 38 07 de septiembre de 2015

39 y 40 08 de septiembre de 2015

41 y 42 09 de septiembre de 2015

43 y 44 10 de septiembre de 2015

45 y 46 11 de septiembre de 2015

47 y 48 14 de septiembre de 2015

49 y 50 15 de septiembre de 2015

51 y 52 16 de septiembre de 2015

53 y 54 17 de septiembre de 2015

55 y 56 18 de septiembre de 2015

57 y 58 21 de septiembre de 2015

59 y 60 22 de septiembre de 2015

61 y 62 23 de septiembre de 2015

63 y 64 24 de septiembre de 2015

65 y 66 25 de septiembre de 2015

67 y 68 28 de septiembre de 2015

69 y 70 29 de septiembre de 2015

71 y 72 30 de septiembre de 2015

73 y 74 01 de octubre de 2015

75 y 76 02 de octubre de 2015

77 y 78 05 de octubre de 2015

79 y 80 06 de octubre de 2015

81 y 82 07 de octubre de 2015

83 y 84 08 de octubre de 2015

85 y 86 09 de octubre de 2015

87 y 88 13

...

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