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Proyecto Escuelas en areas rurales

Gabus13 de Enero de 2015

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Normas Jurídicas de Nicaragua

Materia: Internacional

Rango: Acuerdos Presidenciales

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SE APRUEBA ACUERDO DE PROYECTO PARA CONSTRUIR ESCUELAS EN ÁREAS RURALES

ACUERDO No. 646. Aprobado 9 de Mayo de 1962.

Publicado en La Gaceta No. 154 del 10 de Julio 1962.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

ACUERDA:

ÚNICO: A probar el siguiente Acuerdo de Proyecto, para construir, amueblar y equipar escuelas en áreas rurales de Nicaragua, suscrito por el Dr. Carlos Irigoyen Gutiérrez, Ministro de Educación pública por el Gobierno de Nicaragua; y Mr. Edward B. Hamill por la Agencia para el Desarrollo Internacional, que literalmente dice:

EDUCACIÓN ELEMENTAL

l.- Introducción

De acuerdo con el Convenio General para el Desarrollo Económico y Social firmado entre el Gobierno de Nicaragua (GON) y el de los Estados Unidos de Norteamérica (USA) y de acuerdo con el programa Interamericano para Desarrollo Social y Económico establecido por el Acta de Bogotá y la Conferencia de Punta del Este; este acuerdo de proyecto es celebrado entre el Ministerio de Educación, una agencia del Gobierno de Nicaragua (que en adelante se denominará (“Ministerio”) y la Agencia para el desarrollo Internacional (que en adelante se denominará (“Aid”), una agencia del Gobierno de los Estados Unidos de América, con el propósito de construir, amueblar y equipar escuelas en áreas rurales de Nicaragua. Estas escuelas serán construidas a través del método de Esfuerzo Propio y Ayuda Mutua, el cual se describe detalladamente a través de este Acuerdo.

De acuerdo con los deseos expresados por el GON, se acuerda por la presente, que la agencia que administrará e implementará el proyecto será la Organización Nicaragüense-Americana de Cooperación Técnica (que en adelante se denominará “ONACT”), una organización conjunta Nicaragüense-Americana.

ll.- Antecedentes Generales

Este proyecto es solamente una parte del esfuerzo para ayudar a Nicaragua en un mejoramiento y expansión comprensivo e integrado de la educación básica. En el año 1961 en Nicaragua, el 64% de la población mayor de diez años es prácticamente analfabeta. Aún más serio que esto, es el hecho de que las investigaciones indican que en la década de 1950-59, el analfabetismo aumentó ligeramente. Con un aumento natural en la población de 3.3 anualmente (y con éste porcentaje aumentando), se llega a la conclusión de que Nicaragua necesita reducir el porcentaje de la población analfabeta a un nivel más bajo (menor que el 15%). Este proyecto es el primer paso necesario de un plan que tomará por lo menos doce años llevar a cabo.

A pesar de que Nicaragua incluye el 14% de su presupuesto total para educación, y a pesar de que el 70% del presupuesto de educación se gasta en Educación Elemental, los recursos actuales, para solucionar el problema de educación que continuará durante los próximos años, son los siguientes:

1. Aulas.- El Gobierno de Nicaragua posee actualmente un aula para 380 niños en edad escolar.

2. Libros.- Prácticamente hablando, no existen los libros de texto en los escuelas elementales; el Gobierno de Nicaragua ha distribuido solamente un texto a los alumnos de las escuelas elementales.

3. Maestros.- En Nicaragua, más del 60% del personal de educación carece de educación y entrenamiento formal y el promedio de años de educación formal para los profesores nicaragüenses es menor de seis.

lll.- Descripción General

Nicaragua tiene en el año 1961, 3,883 aulas en los escuelas elementales, de las cuales cerca del 11% pertenecen a organizaciones privadas.

De las Escuelas Nacionales, cerca del 50% son alquiladas al Gobierno; cerca del 20% son propiedad del Gobierno; cerca del 20% son prestadas al Gobierno Nacional gratuitamente, y el saldo del 10% pertenecen a comunidades locales.

Las aulas alquiladas por el Gobierno cuestan alrededor de US$ 214.000 al año en alquiler lo cual representa 7% del presupuestos para educación elemental. Muchos de estos edificios son inadecuados ya que originalmente no se construyeron para escuelas. De las 654 aulas prestadas gratuitamente al Gobierno, casi todas son inadecuadas para escuelas y no se tomó ninguna medida para proveer alojamiento para los profesores.

Un programa esencial para construcción de aulas debe incluir los siguientes puntos:

1.- Reducir el número de aulas alquiladas, para poder reducir la carga del alquiler que el Gobierno de Nicaragua paga en la actualidad.

2.- Reducir el número de “aulas” “prestadas” para poder eliminar algunos edificios inadecuados que se usan actualmente como escuelas.

3.- Proveer nuevas aulas para que un mayor número de niños nicaragüenses reciba educación elemental proporcionando escuelas rurales, mobiliario y equipo para los necesarios programas de alfabetización. (Véase Anexo B).

Este programa de construcción de escuelas por esfuerzo propio y ayuda mutua se propone con el objeto de comenzar a llenar las necesidades de Nicaragua en edificios escolares. Este proyecto de 500 aulas no llenará completamente la necesidad existente de edificios, mobiliario y equipo para escuelas de educación básica, lo cual requerirá un total aproximado de 9,000 aulas en los próximos doce años. Esto servirá únicamente como un comienzo básico.

El Gobierno de Nicaragua no puede proporcionar, de sus recursos actuales, el dinero necesario para estas construcciones, equipo, etc. Ayuda externa deberá proporcionársele. Sin embargo, tanto en el nivel nacional como en el local, una parte substancial de la carga deberá ser asumida por los nicaragüenses.

Por consiguiente, este proyecto deberá llevarse a cabo con la ayuda de las comunidades locales, el Gobierno de Nicaragua y la contribución de AID, como sigue:

1.- Una parte (20% del costo total del programa) será proporcionada por las comunidades locales en forma de materiales, mano de obra y terreno.

2.- Una parte (40% del costo total del programa) será proporcionada por AID en forma de Contribución en Efectivo.

3.- Una parte (40% del costo total del programa) será proporcionada por el Gobierno de Nicaragua, de un préstamo que le hará AID. Las bases de este contrato de préstamo serán especificadas en otro Convenio.

lV.- Objetivos

1.- Proporcionar, a través de un período de tres años, 500 aulas, equipadas esencialmente como se especifica en el Anexo B.

2.- Demostrar que las comunidades rurales, por medio del método de Esfuerzo Propio y Ayuda Mutua pueden para y por sí mismas llenar estas y otras necesidades vitales para asegurar el logro educativo y el desarrollo social en general en Nicaragua.

3.- Adiestrar al personal nicaragüense para que éste a su vez, proporcione a las comunidades rurales, la ayuda técnica necesaria para llevar a cabo dichos programas sobre una base continua y de largo alcance.

4.- Proporcionar una operación piloto que servirá como base para el plan del Gobierno de Nicaragua de seis años para el desarrollo básico educativo de Nicaragua.

V.- PLAN:

A.- Plan Básico para el Mejoramiento Educacional

Por la presente se acuerda:

1.- Que este proyecto básico es una parte del Plan de Seis Años para el Desarrollo Educacional en Nicaragua ya en existencia, y que éste es un plan amplio e integrado que cubre el desarrollo en todos sus aspectos esenciales, por ejemplo, construcción de escuelas, mobiliario y equipo, etc., personal (profesores, supervisores y administradores), libros de texto y plan de estudios.

2.- Que el plan para el desarrollo básico educacional es en sí mismo, parte de un plan más amplio para el desarrollo social (salubridad, educación, trabajo, bienestar y vivienda pública), y que éste plan social junto con el desarrollo económico planeado, el cual por si solo puede hacerlo posible, será incorporado en un plan completo para el desarrollo económico y social de Nicaragua, de acuerdo con las amplias declaraciones de Bogotá y Punta del Este. La Oficina Nacional de Planificación, recientemente establecida, está actualmente elaborando este amplio plan general.

3.- Que el plan para la construcción de escuelas, mobiliario y equipo aquí propuesto, está regulado de acuerdo con los recursos de Nicaragua y graduado de acuerdo con sus capacidades, para así contribuir con una parte justa, la cual se detalla en el Artículo Vl B de este Anexo.

B.- Plan de Operaciones para el Programa de Construcción

Por la presente se acuerda:

1.- que el proyecto sea administrado y supervisado por el ONACT, y que el ONACT proporcione los servicios administrativos como supervisión administrativa general, presupuesto, contabilidad, servicios de personal, compras, bodega, despacho y mantenimiento de inventarios.

2.- Que la persona designada como representante del Ministerio y el Contralor del AID podrán, en cualquier momento, examinar las cuentas e inspeccionar el progreso del trabajo e inventarios.

3.- Que el supervisor general de éste proyecto, al principio será el Consejero norteamericano en Educación de comunidades, quien inmediatamente comenzará a preparar a un nicaragüense para que se haga cargo de la dirección del proyecto en el momento apropiado.

4.- Que el supervisor de la construcción en este proyecto, al principio, será

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