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Relacion Laboral

josraf7713 de Febrero de 2012

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La importancia de la protección de la relación laboral

Héctor Bravo Bravo. Profesor DAC-UCLA

Resumen

El presente trabajo de investigación tiene como objetivo general analizar la importancia de la protección de las relaciones laborales estables y adecuadas en nuestra sociedad, como una manera de obtener formas eficaces de soluciones a las necesidades colectivas, que permitan precaver conflictos de trabajo y desequilibrios sociales, lo que consecuencialmente, redundará en un mejor manejo de la administración de las empresas, la satisfacción del personal que forma parte de la plantilla de cada organización, la prevención de infortunios laborales, el incremento de la productividad y la elevación de los dividendos corporativos. Evidentemente que toda esta secuela, en general, conlleva un innegable impulso a la economía nacional y a la preservación de un clima de paz social, necesario para un desarrollo sostenido que permita horizontes nacionales elevados para este nuevo milenio. Todo ello justifica plenamente este trabajo, el cual se enmarca dentro de un enfoque metodológico jurídico documental.

Palabras claves: protección, relación laboral.

The importance of the protection of the work relation

The present investigation work has as general objective to analyze the importance of the protection of the stable work relations and adapted in our society, like a way of obtaining effective forms of solutions to the collective necessities tat allow to guard against working conflicts and social imbalances, that in consquence, will redound in a better handling of the administration of the companies, the personnel’s satisfaction that is part of the insole of each organization, the prevention of labor distresses, the increment of the productivity and the elevation of the corporate dividends. Evidently that this whole sequel, in general, bears an undeniable impulse to the national economy and the preservation of a climate of social peace, necessary for a sustained development that allows high national horizons for this new millennium. Everything is justified this work fully, which is framed inside a documental juridical methodological focus.

Key words: protection, work relationship

INTRODUCCIÓN

La crisis mundial de las economías estremece actualmente las estructuras sociales y jurídicas existentes, pues la creciente carrera hacia la globalización ha traído desajustes laborales innegables. Es así como se observan en variados países desarrollados, en desarrollo y del tercer mundo, grandes y graves conflictos sociales por despidos masivos de trabajadores, reducción drástica de las empresas (downsizing), aparición de los trabajos precarios (por horas, temporales, sin ningún tipo de arraigo), el aumento del horario laboral con mayor esfuerzo del trabajador y con reducción de la paga, buscándose bajar costos, mediante la desaparición de la tutela del Estado (flexibility downward), utilización de la contratación esporádica (y externa a la empresa) para enfrentar problemas, que antes se resolvían con personal de la propia compañía (outsourcing), fusiones de empresas y alianzas estratégicas de corporaciones (que reducen el campo laboral) y, toda una gama de situaciones que han repercutido negativamente en la regulación jurídica del trabajo.

Siendo el trabajo una de las bases fundamentales de la creación de la riqueza de las naciones, del bienestar y desarrollo de las sociedades, y, en fin, de la estabilidad y la paz social, esta situación es de una importancia capital, que requiere que se aborde y busque su conducción hacia formas más adecuadas de solución.

Puede verse que el problema ha conllevado severos signos preocupantes en el orden social: el desempleo, el alto grado de pobreza en inmensas masas de la población, la carencia de mecanismos de seguridad social (por la disminución del empleo estable y adecuado), desencadenamiento de un alto índice delictivo en las sociedades y otras graves secuelas.

Se observa, entonces, la creciente aparición del trabajo informal, sobre todo en la América Latina (buhoneros, agentes de libre comercio, entre otros), así como la contratación de pasantes (personal en formación para bajar los costos y que al superar la etapa de aprendizaje, son despedidos y nuevamente se ingresan candidatos de ese rubro), los llamados trabajos “basura” (con trabajadores, regularmente ilegales, a quienes se les suele pagar por debajo del salario mínimo nacional, sin seguridad social, sin que gocen de días de descanso, con violación de la jornada laboral, o también aquellos realizadas por niños o ancianos), o labores ejecutadas por presos (subpagados y sin ninguna verdadera retribución) todo lo cual viene a constituir un abierto atentado a las normativas laborales y de carácter social más elementales. Del mismo modo, surgen nuevas formas: teletrabajo, relaciones del contrato de franquicias o de alta autonomía, participación e iniciativa (empowerment). Las mismas han creado regularmente un ámbito de desprotección al laborante, dada la manera sui géneris de llevar a cabo su prestación de servicios.

Esta crisis, como se ve, toca también al Derecho Laboral, puesto que se ha pretendido desarticular todas las regulaciones de protección social, creándose un verdadero desajuste en el campo de trabajo.

Es así como la política llamada de flexibilización de las relaciones laborales, que ha tenido sus mayores avances en América Latina desde los años noventa, ha buscado desregularizar el vínculo del trabajo, con el marcado fin de bajar los costos empresariales y la obtención de grandes ganancias para los patronos (a través de la desaparición o rebaja de prestaciones sociales laborales, la desarticulación del seguro social obligatorio, la eliminación de la irrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores y de los mecanismos de estabilidad laboral, predominio de libertad de jornadas laborales, de trabajos temporales, extensión de períodos de prueba inindemnizables, libertad de acogimiento a las normas de higiene y seguridad, etc.)

Muchos estiman que la suavización de las leyes laborales y sociales sirven como incentivo para la captación de inversionistas extranjeros en América Latina que así, según este criterio, pueden colocar cómodamente sus dineros en el país, con la consiguiente creación de empresas, que en esos casos desarrollarían nuevas fuerzas de trabajo, sin las presiones del cumplimiento de disposiciones en el orden social, garantizándose, de ese modo, la rápida recuperación de lo invertido y grandes ganancias, lo cual sería atractivo para esos inversionistas, pues de acuerdo a esta tesis, eso es lo que en definitiva buscan con su colocación de dineros, y además, la nación logra insertarse en la carrera globalizadora.

Se ha señalado que, en virtud del fenómeno globalizador de nuestro tiempo, no es posible escapar de estos signos de flexibilización y desregularización. Es decir, este enfoque pretende establecer que, en virtud de la globalización creciente, es el trabajador quien debe soportar los efectos de una modernización o actualización de la relación laboral; en otras palabras, debe aceptar cambios sustanciales que conducen a unas deficientes condiciones laborales, baja remuneración, aumento del horario, carencia de seguridad social, labores en días de descanso semanal, eliminación de beneficios y prestaciones sociales, alteración de las regulares u ordinarias relaciones laborales para convertirlas en precarios trabajos (sin arraigo), aceptar que su vinculación laboral con el patrono sea cambiada por una fingida relación mercantil. Todo ello, con el propósito de permitir al sector patronal elevar desmesuradamente sus ganancias y beneficios, sin que realmente se retribuya el esfuerzo del laborante. Esto produce desequilibrios inadecuados que conducen a graves dificultades para el trabajador. De allí, que el Papa Juan Pablo II haya clamado, en diversos y variados escenarios, por apartar este enfoque que resulta perjudicial para el prójimo, levantando su voz para combatir el neoliberalismo salvaje, que acorrala al ser humano y lo condena a la pobreza.

Es igualmente comprensible entender al sociólogo teutón Beck (1999), quien en su estudio sobre la globalización, destaca que, en estos tiempos, “...las empresas transnacionales están registrando unos beneficios récord...”. También, los autores alemanes Martin y Schuman (2000) han expresado que en la actualidad, de lo que se trata es de un regreso de las políticas liberales de finales del siglo XIX y comienzos del XX:

A la misma utopía del mercado que se autorregula vuelven a entregarse hoy todos aquellos que han inscrito en sus banderas la eliminación del Estado de bienestar y la desregulación incondicional. Pero su fundamentalismo de mercado es una forma de analfabetismo democrático... (p. 283).

Estos autores indican que esa contradicción entre mercado y democracia es lo que ha permitido el desencadenamiento de explosivos conflictos sociales de trabajadores, a todo lo largo y ancho del mundo, pues en su opinión, sólo quienes tienen un empleo seguro y una vivienda son quienes hacen suya la democracia y la vivifican.

Es evidente que estos planteamientos, de uno y de otro orden, llevan a estudiar la situación que realmente se presenta en el ámbito laboral, dadas las implicaciones que ellos conllevan.

La presente investigación busca indagar, inicialmente, qué es una relación laboral. Así mismo, entra a establecer por qué el Estado interviene estas relaciones (interponiéndose entre patrono y laborante); cuál es la razón por la cual la sociedad está interesada en los nexos laborales y su destino; del mismo modo, la importancia

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