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Retribucion Salarial EMPRESA ISLAZUL HOLGUÍN

left95Trabajo8 de Noviembre de 2015

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GRUPO HOTELERO ISLAZUL

 EMPRESA ISLAZUL HOLGUÍN

Código: PSS-1

Edición: 03  01/08/2008

SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRADA

Copia Cont. No.  

Página  de  

RETRIBUCIÓN SALARIAL

Nombre y Apellidos:

Cargo:

Firma:

Elaborado por:

Yamilé Sánchez González

Especialista B en GRH

Revisado por:

Leonardo Rodríguez Mir

Director de RR.HH

Aprobado por:

Lizardo Rojas Rodríguez

Director General


  1. OBJETIVO

Establecer e instrumentar la forma de retribución salarial de los trabajadores de la Empresa ISLAZUL Holguín que como consecuencia directa del desarrollo de sus diversas actividades obtiene resultados económicos productivos que se corresponden con el mejoramiento de los indicadores previstos en el plan. Garantizar la máxima calidad de los resultados y productivos y de los servicios generales que se brindan a los clientes.

  1. ALCANCE

La retribución que se establece en el presente procedimiento es aplicable a todos los trabajadores que pertenecen al colectivo laboral de la Empresa ISLAZUL Holguín y todas sus Unidades Empresariales de Base, siempre que se encuentren efectivamente realizando las funciones propias que respondan a la misión de la entidad, con independencia de su categoría ocupacional y de su tipo de contrato.

  1. REFERENCIAS
  • Reglamento de Evaluación del Desempeño Individual de ISALAZUL Holguín.
  • Reglamento para la aplicación de los Sistemas de Pago por los Resultados Finales.
  • Resolución No. 9/ 2008 del MTSS. Reglamento General sobre Formas y Sistemas de Pago.
  • Resolución No. 27 de 2006 del MTSS.
  1. TÉRMINOS Y DEFINICIONES
  1. Estímulo: Todo aquello que sea capaz de rebasar el umbral sensoperceptual del hombre y desencadenar su reflejo psíquico con determinada respuesta inconsciente o consciente.
  1. Sistema de Compensación Laboral: Serán entendidas las acciones  dirigidas a que los empleados alcancen los objetivos de la organización y satisfagan sus necesidades personales, cuyos efectos representan beneficios tanto para los empleados como para la organización, logrando que ambas partes cubran sus expectativas y perciban equidad  a través del balance costo-beneficio, que debe ocasionar el desempeño.
  1. RESPONSABILIDADES

5.1 El especialista o técnico en GRH encargado de la actividad de OTS es responsable de:

  • Aplicar las técnicas correspondientes.
  • Recopilar y actualizar la información necesaria.
  • Controlar, asesorar ó ejecutar todas las actividades que se desarrollen dentro del proceso de remuneración y estimulación.

5.2 Los jefes de áreas son responsables de:

  • Controlar la asistencia de sus subordinados a la empresa.
  • Conservar en buen estado el documento.
  • Reportar el resultado final de la evaluación del desempeño y el descuento del pago adicional si corresponde.

  1. DESARROLLO

Para la aplicación de la retribución salarial en la Empresa y sus Unidades se desarrollarán varios pasos, según el flujograma representado en el Anexo A de este procedimiento.

  1. Cálculo del salario básico devengado por trabajador

El tiempo real trabajado se obtiene de restar los días no laborados a los días correspondientes al régimen de trabajo del trabajador (24 ó 26). El salario básico devengado por trabajador se obtiene al multiplicar la tarifa horaria escala por el tiempo trabajado en el período. Dentro de este proceso se realizan varias actividades:

  1. Revisión de las tarjetas de firma

El proceso de cálculo de salario total devengado por trabajador comienza cuando al finalizar cada mes se recogen las tarjetas de firma de los trabajadores y se reflejan todas las ausencias, por sus diferentes causales, en el Modelo 3-07 “Análisis Periódico de Asistencia”, para lo que se puede utilizar la salida del sistema automatizado GREHU.

  1. Notificación de los movimientos de nómina

Cuando ingresa un nuevo trabajador a la instalación, cuando se realiza cualquier movimiento interno de un trabajador a otro cargo ó un cambio de salario o de tipo de contrato, se introducen las generales del trabajador en el sistema automatizado GREHU y los cambios a efectuar. Este sistema expide el Modelo SNC 3 - 11 “Movimiento de Nómina”, según sistema automatizado GREHU, con el objetivo de reflejar los cambios.

  1. Notificación de licencias y subsidios

Cuando existen trabajadores que presentan Certificados Médicos por cualquier tipo de enfermedad o por Licencia de Maternidad, se introducen los datos de este, salario diario promedio, fechas y tipo de certificado médico en el sistema GREHU y este emite el Modelo SNC  1 - 21 “Notificación de Licencias y Subsidios”, según el sistema automatizado GREHU. Si el certificado es inicial y es por enfermedad común sin necesidad de hospitalización se descuentan los tres primeros días de carencia, así como los sábados cortos y domingos comprendidos en el período.

Se debe tener en cuenta además, que si el certificado médico es inicial y es por enfermedad común sin necesidad de hospitalización se descuentan los primeros tres días de carencia, así como los sábados no laborables y domingos comprendidos en el período. En el caso de que sea accidente de trabajo u hospitalizado no se descuentan los días de carencia.

Para el cálculo del salario promedio diario se utiliza la suma del salario devengado en los 6 meses anteriores al mes que se expide el certificado médico y se divide por los días trabajados en el mismo período. Este importe se multiplica por los días a pagar por este concepto y finalmente por el porciento correspondiente: 50 % si está hospitalizado, el 60 % si está en la casa, el 80 % si es por accidente de trabajo y 70 % si está hospitalizado por causa del accidente. Finalmente se llena el registro RSS-1-01 “Resumen de Subsidios”, según Anexo B.

En el caso de la Licencia de Maternidad y la prestación social hasta el año del niño se realizan los cálculos siguiendo el Decreto Ley 234 y Resolución No. 22 de 2003 del MTSS.

  1. Notificación de Vacaciones

Para otorgar vacaciones a un trabajador deben estar incluidos en el programa aprobado, por lo que se debe revisar el plan de vacaciones de la Empresa o la Unidad para comprobar si los trabajadores que solicitan las vacaciones las tienen previstas para dicha fecha, según el registro RSS-1-02 “Plan Anual de Vacaciones”, según Anexo C de este procedimiento. Este registro se confeccionará en el mes de enero de cada año y será firmado por el jefe superior, luego se revisará el acumulado en tiempo en el submayor de vacaciones. Se introducen las fechas de entrada y salida en el sistema GREHU y este emite el reporte “Notificación de Descanso Retribuido”. El mismo sistema resta los días otorgados y el importe a pagar del submayor de vacaciones, quedando éste actualizando.

  1. Análisis de la información y cálculo del salario básico devengado

El técnico en GCH con esta información realiza el cálculo del salario básico devengado por cada trabajador en el mes concluido.

  1. Elaboración de la prenómina

Con la información anterior reflejada en el modelo 3-07, se procede a la introducción de las incidencias en el sistema automatizado GREHU, siguiendo el orden siguiente: descuentos del pago de idoneidad, vacaciones a pagar y luego el resto de las ausencias en el orden de aparición.

Una vez introducidas todas las incidencias por trabajador se calcula la prenómina para su revisión, esta la realiza el especialista que atiende la OTS en cada Unidad.

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