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RÉGIMEN LABORAL DE LAS TRABAJADORAS DEL HOGAR

Carlos CarbajalTarea22 de Junio de 2022

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ÍNDICE

I.        INTRODUCCIÓN        3

II.        DESARROLLO        5

2.1.        REGIMEN ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES A TIEMPO PARCIAL (PART TIME        5

2.2.        REGIMEN ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES DE CONSTRUCCION CIVIL        5

2.3.        RÉGIMEN ESPECIAL TRABAJADORES DEL HOGAR        10

III.        CONCLUSIONES        15

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS        16


  1. INTRODUCCIÓN

En el Perú, existe demasiada informalidad por no registrar a los trabajadores o no apegarse a la ley que les corresponde cumplir mediante un contrato con las trabajadoras del hogar. Así mismo, según el blog de redacción de RPP (2020) revelo que la federación de trabajadoras en el hogar mantiene una estadística del 92% que demuestra que son informales y no mantiene ningún beneficio. Es decir, es un trabajo que llevaba años sin tener reconocimiento obligatorio por parte del Estado y su propia difusión con todo el pueblo peruano. Por lo tanto, la principal problemática es que las mujeres en mayoría son las que laboran como las trabajadoras del hogar y no reclaman sus derechos laborales porque no tienen conocimiento de estos beneficios debido a su condición de trabajar sin ningún estudio superior o estar desinformadas respecto a la aprobación de nuevas leyes en el congreso del Perú.

Para la elaboración de este estudio de caso el grupo indago en fuentes bibliográficas de confianza donde se pudiera encontrar información verídica y reciente sobre la diferencia entre los distintos tipos de regímenes laborales, por una parte, tenemos a los trabajadores a tiempo parcial, estos son colaboradores que no su jornada laboral es de 4 horas diarias, cuentan con beneficios sociales, CTS, descanso vacacional. El Régimen especial de los trabajadores de construcción civil, deben de tener un seguro de alto riesgo y se les incluye las horas extras en su pago. Las trabajadoras del hogar contratadas a tiempo parcial tienen derecho a los beneficios laborales que otorga el régimen laboral de la actividad privada. En este trabajo nos adentraremos más a fondo sobre quienes deben están obligados a contar la planilla electrónica y quienes no, que significa la planilla electrónica. A continuación, se presentará el objetivo general y específicos que se estará abordando en este estudio de caso.

  1. OBJETIVOS DE INVESTIGACIÓN

Objetivo General:

  • Recolectar información sobre los distintos regímenes laborales

Objetivo Específicos:

  • Explicar que es que es Régimen especial de los trabajadores a tiempo parcial (part time)
  • Dar a conocer sobre el Régimen especial de los trabajadores de construcción civil
  • Indicar en que consiste el Regimen especial del trabajador del hogar

  1. DESARROLLO
  1. REGIMEN ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES A TIEMPO PARCIAL (PART TIME

La PCL indica que la empresa puede contratar infinidad de personas en Part- Time más conocido como tiempo parcial. O'Hara en el 2019 indica que normalmente los trabajadores de part-time tienen todos sus beneficios, solo que parcialmente. Los colaboradores de esta modalidad solo pueden trabajar 20 horas semanales sin necesidad de trabajar 4 horas diarias por 5 días, puede variar las horas trabajadas solo no pasarse de las horas semanales.

Los trabajadores de mitad de tiempo tienen todos los beneficios como estabilidad laboral, gratificaciones, utilidades, vacaciones, asignación familiar, horas extras, descansos remunerados, seguridad social. Para Chanamé en el 2021 indica que los contratos parciales tienen tres meses de prueba en la cual luego se puede extender a 6 meses, puede dividirse la jornada semanal de 5 a 6 días dependiendo las horas trabajadas que sea inferiores a cuatro horas diarias. Podemos concluir diciendo que el trabajador Part-time ya que así es conocido tiene todos los beneficios de ley ya que es como si fuese un trabajador full time, así mismo cuenta como un trabajador en planilla que está respaldado por la ley en la cual indica que tiene beneficios parcialmente dependiendo cual sea el caso.

  1. REGIMEN ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES DE CONSTRUCCION CIVIL

Las actividades que realizan los trabajadores de construcción son diversas y no son prolongadas en el tiempo, ya que dependen de las obras específicas e incluso del modelo de organización empresarial de los empleadores, es así que los trabajadores tienen condiciones especiales.

Este régimen regula una serie de derechos y obligaciones para los trabajadores de construcción civil, se encuentra normado esencialmente por los convenios colectivos que año a año celebran las organizaciones de trabajadores y de empleadores de la rama del sector de la construcción.

No está dentro de este régimen especial de construcción civil a los trabajadores que prestan servicios en las empresas constructoras de inversión limitada, a trabajadores que prestan servicios a personas naturales que construyen directamente su vivienda, cabe resaltar que no se debe exceder de 50 UIT, según el Decreto Legislativo N°727.

El Ministerio de Trabajo define que los trabajadores de construcción civil se caracterizan por la temporalidad de sus servicios supeditados a la ejecución de la obra y se establecen en categorías de acuerdo a sus trabajos y remuneraciones.

  • Operarios: Se encuentran los albañiles, carpinteros, fierreros, pintores, electricistas, gasfiteros, plomeros, almaceneros, chóferes, maquinistas, mecánicos y todos los calificados en una especialidad del ramo como los que se dedican a la construcción de puentes, caminos y túneles.
  • Ayudantes u oficiales: Son los trabajadores que se desempeñan como ayudantes de los operarios en calidad de auxiliares de ellos por no haber alcanzado calificación en la especialidad.
  • Peones: Son los trabajadores no calificados que son ocupados en diversas tareas de la actividad constructora.

En cuanto a su remuneración son por jornales, aunque depende de la categoría que se encuentre, el monto que se asigna y se acuerda mediante un convenio colectivo negociado. Se estima que los jornales aumentarán respectivamente de acuerdo a la información compartida en el siguiente cuadro:

[pic 1]

Las empresas deben pagar adicionalmente de acuerdo al turno que realice el trabajador, siendo pactadas en la negociación colectiva. Así, podrán tener remuneraciones adicionales a condición de lo siguiente:

  • Remuneración en turno corrido
  • Remuneración por trabajo nocturno
  • Pago del trabajo en sobretiempo

Según Amaro (2019), nos menciona que las bonificaciones se pagan de acuerdo al valor determinado en el régimen especial de construcción civil aprobado dentro de las negociaciones colectivas.

Las bonificaciones que los trabajadores de construcción civil deben tener son las siguientes:

  • Bonificación unificada de construcción (BUC)
  • Bonificación por alta especialización (BAE)

En el Decreto Legislativo se rige que la compensación vacacional aplica los días de descansos remunerados. Así, los trabajadores tienen derecho a un descanso de 30 días calendarios, debiendo diferenciarse el derecho al descanso vacacional del pago de la compensación vacacional.

El pago compensatorio del descanso físico vacacional, cuando no se ha alcanzado el derecho al descanso físico, dependerá de la motivación del cese (despido o renuncia) y del tiempo de servicios:

[pic 2]

Las gratificaciones que el trabajador de construcción civil tiene derecho son las siguientes:

  • Por Fiestas Patrias: se otorgarán 40 jornales básicos que se pagan cuando el trabajador haya laborado en una misma obra 7 meses anteriores. Este monto se paga a razón de 1/7 por mes calendario completo de labor, contando desde enero a julio.
  • Por Navidad: equivale a 40 jornales básicos, siempre y cuando el trabajador haya laborado 5 meses anteriores a las fiestas de navidad, y se paga a razón de 1/5 por mes calendario completo laborado en la obra, contando desde agosto a diciembre.

La compensación por tiempo de servicios (CTS), tiene derecho a recibir un 15% de remuneraciones que recibió durante la prestación de servicio. 12% es la CTS y el 3% se entrega en sustitución a la participación de utilidades y conforme a la tabla de salarios de las categorías son las siguientes:

 Por último, las condiciones laborales y seguridad social, mediante los convenios colectivos donde los trabajadores negocian se delimitan condiciones a su favor como son:[pic 3]

  • Refrigerio
  • Agua potable
  • Uniforme de trabajo
  • Becas por estudio
  • Viáticos

Con respecto a la seguridad social está:

  • EsSalud
  • Seguro de vida
  • Sistema de pensiones

  1. RÉGIMEN ESPECIAL TRABAJADORES DEL HOGAR

(Gestión, 2022) El gobierno peruano dio los primeros pasos para la creación del Sistema Nacional de Cuidados en enero del 2022, con el objetivo de acelerar el diseño de políticas que reconozcan el valor del trabajo del hogar no remunerado, reduzcan la carga desproporcionada del trabajo asumido por las mujeres y redistribuyan de manera más equitativa las responsabilidades de cuidado entre mujeres y hombres y entre los hogares y el Estado.

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