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Tributación en Costa Rica


Enviado por   •  4 de Octubre de 2016  •  Trabajos  •  2.085 Palabras (9 Páginas)  •  323 Visitas

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Introducción

El tema tributario en nuestro país a lo largo del tiempo ha sido un tema tabú y más en la actualidad. Producto del persistente déficit fiscal que presenta el gobierno desde muchas administraciones anteriores el cual contrario a decrecer cada cambio de administración presenta una situación sumamente contraria que es expandirse exponencialmente.

Se han considerado muchas formas que permiten contener este crecimiento desmesurado del déficit fiscal, sin poder obtener resultados positivos que logren no provocar un descontento de las masas.

Desde la reducción del gasto público que sin duda alguna sería una de las partidas más efectivas que contrarresten el incremento del déficit fiscal, hasta la proposición de mejoras en la ejecución del cobro de los tributos lo que replantea en el caso de determinados gravámenes un cambio total en el sistema actualmente empleado para su recaudo.

La utilización de impuestos indirectos es una herramienta empleada con este fin ya que una variación porcentual en determinado tributo indirecto puede generarle al fisco un incremento enorme de sus captaciones de recursos ya que estos nos gravarían a todos por igual.

Por otra parte está la creación o implementación de impuestos directos, que afecten las utilidades o actividades propias de aquellos que más tienen, situación que para muchos resulta más comprensible sin embargo, se deja de lado los efectos negativos que trae consigo los mismos los cuales a su vez repercuten de manera indirecta a la clase trabajadora o más necesitada.

Determinar si son justos o no la utilización de los impuestos directos e indirectos es el fin del presente trabajo de investigación donde se abordara el marco contextual y jurídico de los tributos en Costa Rica, posteriormente se analizaran algunos tributos pertenecientes a estas dos categorías para poder determinar la justicia asociada a los mismos.


Problema

A lo largo de la historia y específicamente en el caso de Costa Rica, se han creado diversos impuestos, los cuales de igual forma se han clasificado en diferentes grupos sin embargo, sea cual sea esta clasificación estos obedecen un único fin el cual está consagrado en nuestra Constitución Política, específicamente en el 18 el cual establece que “los costarricenses deben observar la Constitución y las leyes, servir a la Patria, defenderla y contribuir para los gastos públicos” es por ello que la creación de dichos impuestos obedecen a la necesidad de cubrir los gastos públicos llámese educación, infraestructura y demás. Los cuales deben ser solventados con la contribución solidaria de los habitantes del país mediante los tributos.

En nuestro país los impuestos se clasifican de dos formas, directos e indirectos. De los cuales surgen diversas posiciones entorno a su creación y que para efectos de esta investigación se hará énfasis en el impacto que producen estos en el contribuyente.

Es por ello que considerando lo mencionado con anterioridad analizaremos estos dos tipos de tributos y los más usuales en cada una de estas categorías además de presentar algunas razones que permitan emitir un criterio objetivo para determinar o considerar si estos son justos o injustos.


Capitulo I. Marco jurídico nacional asociado a los tributos directos e indirectos

Normativas

La norma que sustenta las bases, el origen y la finalidad de los tributos en Costa Rica y como se mencionó con antelación es nuestra Carta Magna de 1949 en donde en su artículo 18 se deja bien claro la obligación que tienen los habitantes del país en contribuir para el sustento de los diversos gastos públicos es por ello que se crean tanto los impuestos directos como indirectos los cuales vienen a inyectar al fisco los recursos que son necesarios para el sustento de las finanzas gubernamentales.

La segunda normativa sumamente importante entorno a este tema es la ley 4755 denominada Código de Normas y Procedimientos Tributarios la cual define al tributo como aquellas prestaciones en dineros que el estado exige con el fin de obtener recursos. Estas pueden ser de tres tipos, impuestos, tasas y contribuciones especiales.

Los impuestos son aquellos tributos “cuya obligación tiene como hecho generador una situación independiente de toda actividad estatal relativa al contribuyente” por lo que los recursos obtenidos a través de estos son destinados a cubrir las necesidades del estado y no están asociados a dar una contraprestación directa al contribuyente, en este se abarcan impuestos como el general sobre ventas, renta, selectivo de consumo entre otros.

La tasa es aquel tributo “cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva o potencial de un servicio público individualizado en el contribuyente; y cuyo producto no debe tener un destino ajeno al servicio que constituye la razón de ser de la obligación” en este caso se da la posibilidad de que el contribuyente reciba un beneficio directo o al menos exista la posibilidad de recibir el mismo a cambio de la cancelación de dicho tributo como en el caso de los servicios municipales como la recolección de la basura.

La contribución especial por su parte es el tributo “cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales, ejercidas en forma descentralizada o no; y cuyo producto no debe tener un destino ajeno a la financiación de las obras o de las actividades que constituyen la razón de ser de la obligación” por lo que este tipo de tributos se da cuando el contribuyente puede obtener beneficios futuros asociados a las obras o intervenciones del estado, en donde el mismo exige la efectividad del mismo cuando se presenta dicha situación.

Clasificación de los impuestos

De acuerdo con las generalidades del Ministerio de Hacienda en Costa Rica los impuestos pueden dividirse o agruparse en dos grandes grupos en función a su aplicación, en directos e indirectos.

Directos

Los impuestos directos son aquellos que como su nombre lo indica, afectan de manera directa la riqueza de las personas tanto físicas como jurídicas. Este tipo de tributos comparten características que se detallan a continuación:

  • Se identifican plenamente la persona que está pagando.
  • La tasa es variable.
  • Grava la fuente directamente.
  • Es un impuesto progresivo

Dentro de esta categoría cabe mencionar que en nuestro país tanto el impuesto sobre renta como el impuesto sobre bienes inmuebles son los más importantes.

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