Fundamentos De La Educación Especial
wilermatatiana2 de Julio de 2013
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Fundamentos de la Educación Especial
Generalidades
La Dirección de Educación Especial es el ente responsable de garantizar la atención
integral a las personas con necesidades especiales a través del marco legal de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Artículos 102, 103 y 81 (A.N,
1999),
Artículo 102
La Educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática y obligatoria... De máximo interés en todas sus modalidades y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La Educación es un servicio público y está fundamentado en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social consustanciados con los valores de identidad nacional...
Artículo 103:
Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones...
Ley Orgánica de educación: Artículos 30, 31, 32 y 33 (C.N, 1980)
Artículo 30. A los fines del cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 3º y 32 de la Ley Orgánica de Educación, la modalidad de educación especial estará destinada a la atención de los niños y jóvenes que presenten alteraciones del desarrollo, dificultades para el aprendizaje, deficiencias sensoriales, trastornos emocionales y de la comunicación, parálisis cerebral, impedimentos motores, retardo mental o impedimentos múltiples. También atenderá a quienes tengan aptitudes superiores y capacidad para destacarse en una o más áreas del desenvolvimiento humano.
Artículo 31. El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes dictará las medidas necesarias para que en esta modalidad:
1. Se imparta educación por regímenes diferenciados y por métodos, recursos y personal especializado, de acuerdo a las características y exigencias de la población atendida.
2. Se permita avanzar a los alumnos dentro del sistema educativo de acuerdo a sus aptitudes.
3. Se logre la incorporación del educando a la sociedad, de acuerdo a sus posibilidades.
4. Se estimule la incorporación de la familia y de la comunidad como participantes activos en el proceso educativo.
5. Se proyecte la acción de los planteles y servicios hacia la comunidad.
Artículo 32. El régimen educativo de los planteles y servicios de educación especial se establecerá a través de:
1. La atención en planteles y servicios propios de la modalidad.
2. La atención combinada en planteles y servicios del régimen ordinario y planteles y servicios de la modalidad.
3. El cumplimiento del proceso de escolaridad en planteles del régimen ordinario con atención complementaria especializada.
4. La atención en el medio familiar, previo asesoramiento y orientación de sus integrantes.
5. Las demás variantes que el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes considere convenientes.
Artículo 33. Las políticas y los programas de estudio de educación especial abarcarán la detección, la intervención temprana, el proceso de escolaridad y la preparación e incorporación activa de los educandos a la sociedad y al trabajo productivo.
Las bases que fundamentan la Educación especial son:
• Filosóficas planteando una visión humanista social.
• Axiológica orientada a formar ciudadanos con valores éticos.
• Teleología dirigida a la formación ciudadana.
• Socio-política para garantizar la participación protagónica.
• Biológica que garantice una atención integral de la población.
• Ontológica asumiendo al ser humano en continuo desarrollo.
• Epistemológica concibiendo el conocimiento como producto de la mediación social.
2 / 4• Psicológica tomando en cuenta sus motivaciones e intereses.
• Pedagógica entendiendo el aprendizaje, como el proceso de apropiación cultural, por la
interacción de factores cognitivos en un ambiente contextualizado y significativo.
• Legales establecido en los diferentes marcos jurídicos.
Las bases señaladas indican que la educación Especial tiene un enfoque
Humanista social que lo operativita a través de un Modelo de atención Educativa Integral.
La Educación Especial como Modalidad del Sistema Educativo
El sistema Educativo Venezolano está conformado por niveles, siendo educación inicial,
básica media y superior, y modalidades comprendidas por educación especial, educación
militar, educación para la educación eclesiástica, educación de adultos y extraescolar.
La Educación Especial como modalidad del sistema educativo se enmarca dentro de los
mismos principios y fines de la educación general y es definida como un “área de la
educación general que a través de métodos y recursos especializadas, proporciona
educación diferenciada e individualizada a los sujetos con necesidades
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