Psiquiatría forense
KENNYOKUNEnsayo11 de Octubre de 2022
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Psiquiatría forense.
El día jueves 29 de septiembre del presente año 2022 se llevó a cabo una conferencia de psiquiatría forense a cargo del Instituto de Servicios Periciales y Ciencias Forenses y el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México a través de la plataforma de zoom; en la cual, la doctora Norma Angelica Ramos Bedolla expuso conceptos básicos sobre la psiquiatría, específicamente en el área forense y como esta disciplina se encarga de determinar si una persona presenta o no un trastorno, enfermedad o padecimiento mental y como dicho trastorno puede repercutir en las consecuencias de su conducta en su vida civil y jurídica.
La doctora comenzó dando una definición general de lo que es la psiquiatría “Es la especialidad medica que estudia las enfermedades mentales, sus tipos, causas, diagnostico, tratamiento y pronostico”. La psiquiatría forense, según sus palabras, es la aplicación de la psiquiatría a las cuestiones y fines legales, es decir, es el conjunto de conocimientos que se ocupan de lo psíquicamente anormal, en relación con las diferentes legislativas de cada país. Seguidamente, explicó como se lleva a cabo el desarrollo histórico del enfermo mental:
- En el ámbito medico (psiquiatras). Dirigen a la aclaración de las causas y, a través de la prevención y el tratamiento, la reducción de los elementos autodestructivos de la conducta peligrosa.
- En cuanto a la ley (abogados). Como agentes de la sociedad, se ocupan del hecho de que estas personas suponen una alteración de la ley y la seguridad de los demás.
Hizo énfasis en la cuestión clínica, y seguidamente habló de como se trabaja en la práctica clínica:
- Se hace uso del conocimiento, la evidencia científica, de instrumentos (como entrevistas y estudios); de habilidades comunicativas, del habla, escucha y observación; y de virtudes éticas.
- Además de laborar desde un dualismo interaccionista; lo “bio” y lo “psicosocial”. En otras palabras, trabaja tanto con el cuerpo como con la mente.
- Cuerpo: Emplea tratamiento farmacológico que actúa en el cerebro (de forma física, función o conexiones neuronales).
- Mente: Opera en los aspectos psico-sociales a través de la psicoterapia (conducta: miedos, deseos).
Narró la historia de esta materia, comenzando por el precedente para determinar la responsabilidad legal, la llamada Norma M´Naghten, la cual fue establecida en 1843 por los tribunales británicos.
Tuvo su origen cuando una tarde en Londres en el año 1843, Daniel M´Naghten asesinó a tiros al secretario del primer ministro Robert Peel, Edward Drummond; y cuando fue detenido M´Nagten dio razones tan paranoicas y delirantes por las cuales disparó a Drummond, que el tribunal decidió, al escuchar las pruebas, que M´Naghten ni siquiera era capaz de comprender la naturaleza del acto que había cometido, por lo que se le determinó no culpable por enajenación mental.
La Norma M´Naghten establece que:
- Las personas no son culpables por razón de enajenación mental de modo que no son conscientes de la naturaleza, la calidad y las consecuencias de sus actos, o si son incapaces de darse cuenta que sus actos son nocivos.
Por lo cual, se siguen ciertas directrices para determinar si una persona se puede declarar con enajenación mental.
- Debe ser claramente probado que, en el momento de cometerse el acto la parte acusada estaba bajo el influjo de un trastorno de la razón, de una enfermedad mental y no conocía la naturaleza y calidad del acto que estaba cometiendo o, si lo conocía, no sabía que lo estaba haciendo era ilegal.
- Cuando una persona actúa sólo bajo el efecto de delirios parciales y no hay enajenación por otras razones, y como resultado comete un delito, debe considerarse en la misma situación, en cuanto a la responsabilidad, como si los hechos con respecto a los cuales existe el delirio fueran reales.
En 1922, juristas ingleses reexaminan la norma M´Naghten y definen la “Ley del policía al lado”, la cual señala que en el concepto de enajenación mental se incluye un impulso irresistible, debido a la enfermedad mental; visto de otro modo, quiere decir que la persona con enajenación mental se ve impulsada a cometer un acto en este caso delictivo, aun teniendo a la ley o a un policía a un lado.
En 1954, en estados unidos, el juez David Bazelon, en el tribunal de apelaciones de distrito de columbia enunció la norma de Durham (norma de responsabilidad penal) que establece que el acusado no es penalmente responsable si su acto ilegal fue producto de enfermedad o alteración mental.
En 1972, el tribunal de apelación del distrito de columbia incluido el juez Bazelon, descartó o abandonó la norma Druham y adoptó la prueba recomendada en 1962 por el Instituto Americano del derecho en su código penal modelo, que es la Ley de los Tribunales Federales. Este código penal modelo recomendado por el instituto americano de derecho nos dice:
- Que una persona no es responsable de su conducta criminal si en el momento de la conducta, como resultado de una enfermedad mental, carece de capacidad para apreciar la criminalidad (maldad) de esa conducta o para ajustarla a los requerimientos de la ley.
- El termino de enfermedad mental o defecto no incluye una anormalidad manifestada solo por la repetición de conductas criminales, antisociales o de otro tipo.
Tras terminar con la historia, la psiquiatra procedió a explicar los tipos de pruebas en esta disciplina, teniendo:
- Las pruebas de responsabilidad criminal (Al momento de la perpetración de la ofensa)
- Las pruebas de competencia (comparecer a juicio o proceso)
Luego de esto, continuó dando casos para ejemplificar lo ya antes mencionado:
- John Hinckley, 1982, Washington DC. Se le acusó de intento de asesinato al presidente Ronald Reagan y se dio veredicto de que era no culpable por enajenación mental, por lo cual se le liberó con medidas de estricta vigilancia en 2016.
- Jack Ruby, 1964, Dallas Texas. Declarado culpable de matar al asesino del presidente Kennedy, apeló sentencia de muerte basándose en que sufría epilepsia psicomotora, que le impedía determinar el bien y el mal. Esto nunca fue probado y fue hallado legalmente sano, murió en prisión.
Seguidamente, habló sobre el testigo experto perito y el peritaje, comenzando con el concepto del peritaje y su objetivo.
El peritaje no es nada mas que el dictamen o informe redactado por un perito médico, y el rol del testimonio experto es la interpretación de una información que exige un conocimiento especializado, con el objeto de explicar sus significados en términos comunes y exactos dirigidos a generar la convicción del tribunal.
Los objetivos del peritaje varían en función del marco legislativo en que se realice, en general el juez o ministerio publico fija los objetivos y cualquiera de las partes puede suscitar las cuestiones que sean oportunas.
El testigo experto perito medico en psiquiatría se solicita cuando existe la posibilidad o duda de que la persona sea portadora o presente una enfermedad o trastorno mental. Determina, establece, precisa o señala que una persona presenta o no una enfermedad, trastorno o padecimiento mental.
El perito psiquiatra puede intervenir en el área:
- Penal (Responsabilidad penal, internamiento, tratamiento, denuncias, etc.)
- Civil / familiar (Interdicción, divorcio, testamentaria, adopción, etc.)
- Laboral (Pensiones, subsidios, incapacidad laboral, etc.)
- Militar (Exclusión del servicio militar, responsabilidad militar, indemnizaciones, etc.)
Mencionó 5 principios éticos y legales en la práctica pericial psiquiátrica:
- Autonomía (Consentimiento informado, siempre que sea posible)
- Confidencialidad (Los datos que no incidan de manera directa serán reservados)
- Objetividad (Distancia afectiva; imparcialidad y objetividad)
- Honestidad (Compromiso ético, con independencia científica respecto a quien propone la prueba)
- Verdad y justicia (la actuación médica debe ser el de aportar elementos veraces que permitan a los jueces y tribunales impartir justicia.
Posteriormente, explicó que es lo que se determina desde el punto de vista medico psiquiátrico en el dictamen – informe, enumerando:
- La enfermedad, trastorno o padecimiento mental.
- Lo que pueda derivar del primero.
- Si el trastorno o enfermedad es agudo (transitorio), o crónico, incurable (permanente) y deteriorante.
- Si dicho trastorno hace que la persona conserve o no sus capacidades de entender la realidad que le rodea y obra conforma a dicha comprensión o el gobierno de su persona y sus bienes.
- Sugerencias (Lugar de tratamiento, estado peligroso)
- No determina situaciones o conceptos legales como imputabilidad o inimputabilidad.
Todo lo antes mencionado, está estipulado en el código penal de la Ciudad de México en el articulo 29. Causas de exclusión del delito, inimputabilidad y acción libre en su causa:
“Al momento de realizar el hecho típico, el agente no tenga la capacidad de comprender el carácter ilícito de aquel o de conducirse de acuerdo con esa comprensión, en virtud de padecer trastorno mental o desarrollo intelectual retardado.
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