Acción Subrogatoria y Acción Pauliana
Daniel NuñezPráctica o problema4 de Agosto de 2022
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TEORÍA GENERAL DEL ACTO JURÍDICO
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS HUMANAS
Tema:
Acción Subrogatoria y Acción Pauliana
Docente:
Blanca Lizbeth Carrasco
Integrantes:
Sandoval Zelada Anderson
Núñez Rodas Andrés
Jacinto Paiva Laura del Milagro
Herrera Moya Liseth Alejandra
Celi Gallardo María Fernanda
Siguas Segura Diego Bernardo
Alayo Alcantara Mylian
Damían Morales Treyssi del Rocio
Torres Torres Airton Moises
Vasquez Pinillos Diedra Jerelli
Sede:
Chiclayo
Turno:
Mañana
Índice
- Introducción……………………………………………………..3
- Acción Subrogatoria…………………………………………...4
- Origen de la acción subrogatoria ……………………………………………………………………...4
- Naturaleza jurídica de la acción subrogatoria ………………………………………………………………………4
- Características de la acción subrogatoria………………….6
- Clasificación de la acción subrogatoria…………………….6
- Requisitos………………………………………………..............6
- Elementos…………………………………………………………8
- La Acción subrogatoria en el derecho civil…………………8
- Efectos…………………………………………………............9
- Ejemplos de casos reales…………………………………...9
- Acción Pauliana…………………………..............................10
- Naturaleza………………………………………………………10
- Características de la acción pauliana……………………..11
- Clasificación de la acción pauliana………………………..13
- Requisitos de la acción pauliana...…………………………13
- Elementos……………………………………………………….14
- La acción pauliana en el Derecho Civil…………………….14
- La jurisprudencia Nacional respecto a la acción pauliana……………………………………………………………..15
- Ejemplo de Acción Pauliana…………………………………16
- Diferencias entre acción pauliana y acción subrogatoria………………………………………………………...16
- Conclusiones……………………………………………………18
- Referencias………………………………………………………19
- Introducción:
Dentro del sistema económico de nuestro país existen mecanismos de tutela, los cuales dispone el ordenamiento jurídico, esto con el fin de dar una protección al crédito, asimismo, este crédito es un derecho fundamental, un derecho subjetivo patrimonial, ya que es de mucha utilidad y mucho beneficio para el país, por ende, este tiene mucha relevancia constitucional y es un tema muy discutido y defendido dentro del medio jurídico.
Los ya mencionados mecanismos de tutela que protegen al crédito de posibles fraudes a los acreedores son la acción pauliana o también llamada acción revocatoria, este tiene como propósito mantener o prevenir la garantía patrimonial del deudor en caso de que estos puedan disminuir o afectar la integridad de su patrimonio y en consecuencia el cobro del crédito se dificulte.
Asimismo, dentro de la doctrina peruana existe la acción subrogatoria la cual también es brindada por el ordenamiento jurídico con el propósito de resguardar a los acreedores, esta se encarga de lograr obtener la satisfacción de su crédito, o, oponerse a las presunciones de un acreedor de su deudor, con el fin de mantener a corto y largo plazo los bienes de su patrimonio con los que él espera hacerse pago, usando la ejecución forzada.
Al ser la acción subrogatoria y la acción pauliana otorgadas por el ordenamiento jurídico, estas están mencionadas en el código civil, por lo tanto, en caso de que se realice un acto o negocio jurídico y cumpla con los requisitos que el mismo código civil solicita y que también se mencionarán en este trabajo de investigación, estos derechos se harán de pronto cumplimiento.
- Acción subrogatoria
Concepto:
La acción subrogatoria o también conocida como acción oblicua es un instrumento que se usa para la defensa de los acreedores, esta permite que el acreedor pueda sustituir en cuanto a los derechos de su deudor y los ejercite, asimismo esta acción se ejerce cuanto hay una relación obligatoria y dentro de esta existe negligencia, falta de interés y despreocupación por parte del deudor en cuanto a exigir algún bien, derecho o dinero con el que tenga la posibilidad de ampliar su patrimonio, y de esa manera hacer viable el cumplimento de sus obligaciones y deberes con el respectivo acreedor.(Guzmán,2021)
- ORIGEN DE LA ACCION SUBROCATORIA
El origen histórico de la institución en estudio lo encontramos en el antiguo derecho romano, en el que parece estar revestido de caracteres poco definidos y sujeta siempre a las mutaciones experimentadas por el orden programático. En la etapa antigua de aquel derecho, predominada por el procedimiento de las "legís actíonis", como medios de ejecución, existen básicamente "manus injectionío" y "pignoris capio",a través de los cuales era la misma persona obligada quien respondía materialmente de sus compromisos patrimoniales, estando habilitado el acreedor, en caso de incumplimiento, para "apoderarse" del deudor que no pagaba Así, en esta etapa del desarrollo del derecho romano, no es seguro que el acreedor, como regla general, no haya ejercido los derechos o la conducta del deudor y, más aún, ni siquiera detentaba, salvo excepciones, facultades sobre los bienes corporales pertenecientes a éste. (Rodríguez, 1987, p. 348-349)
- Naturaleza Jurídica de la acción subrogatoria
Bolaños Jorge, indica que existen diferentes posiciones teóricas que determinar la naturaleza jurídica de la acción subrogatoria.
- Teoría de la Gestión de Negocios
Algunas personas comparan el comportamiento de subrogación con la gestión empresarial. Los gerentes intervienen en las operaciones en el exterior para evitar. Sin embargo, los actos de subrogación no pueden tener lugar dentro de una gestoría porque el administrador actúa de manera altruista, en cambio, el acreedor propone el acto de subrogación, con el fin de actuar para cobrar su crédito. (Bolaños, 2009, p.16)
- Cesión de Derechos
El acto de subrogación se interpreta como una cesión implícita de los derechos del deudor al acreedor. Sin embargo, el argumento anterior puede oponerse a la opinión de que no puede admitirse que, si el deudor no ejerce sus derechos o es pasivo en este sentido, le ceda sus derechos y acciones en virtud de este solo hecho, a sus acreedores. (Bolaños, 2009, p.16)
- Teoría de la representación o mandato
El acto de subrogación es similar a la autorización o representación legal. Esta idea es insatisfactoria porque el representante actúa siempre en interés del representado, y en los procedimientos de subrogación gira en torno a la satisfacción del interés del acreedor ejerciente, para así poder cobra los intereses de su crédito. (Bolaños, 2009, p.17)
- Representante legal en interés propio
Algunos dicen que es una representación, porque ejercer los derechos de los demás sin perder su propia calidad, es legal porque es conferida por la ley sin consultar, o incluso contra la voluntad de la parte representada, es para representar intereses, porque ejerce los derechos del deudor con el único fin de poder recuperar sus créditos contra el deudor. (Bolaños, 2009, p.17)
- Acción indirecta de carácter patrimonial
“Consideramos que lo más atinado es indicar que la acción subrogatoria es una acción legal indirecta por cuanto se ejercita no directamente sobre el deudor dado que se ejercita contra los deudores del deudor y que tiene por objeto preservar el patrimonio de éste, para de allí lograr satisfacer el interés del acreedor cuando dicho patrimonio ha aumentado en virtud de la actividad de éste”. (Bolaños, 2009, p.16)
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