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Actividad Tres Lavado De Activos


Enviado por   •  12 de Agosto de 2011  •  7.161 Palabras (29 Páginas)  •  1.414 Visitas

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Estimado (a) estudiante: Para la realización de esta actividad:

1. Consulta por internet o atraves de personas que trabajen en un banco sobre:

Política institucional relacionada con la prevención y control de lavado de activos.

El Lavado de Activos consiste en el proceso de ocultamiento de fondos de origen ilegal en moneda nacional o extranjera y los subsiguientes actos de simulación respecto de su origen, para hacerlos aparecer como legítimos. Este delito pasa por varias etapas como son colocación en el torrente financiero o en el sector real, diversificación a través de transacciones comerciales e integración o goce de los capitales ilícitos. Con una serie de elementos tomados del trabajo del Contador Público y Consultor Dr. René M. Castro entregaremos una serie de conceptos, advertencias y consejos que se deben tener muy presentes alrededor de este tema. Sistema integral para la prevención y el control del lavado de activos Como cabeza de una empresa, organización o grupo económico hay que tener ciertos aspectos para controlar y evitar el lavado de activos como son conocimiento del cliente, conocimiento del cliente de mi cliente, conocimiento del empleado, conocimiento del mercado y conocimiento del marco legal. Asimismo se deben realizar controles y monitoreo, debida diligencia, señales de alerta, personas expuestas políticamente/públicamente, investigaciones internas y reportes, y manuales capacitación ¿Quiénes están expuestos? Personas que por razón de su cargo manejan recursos públicos, detentan algún grado de poder público o gozan de reconocimiento público. Un alto funcionario en el poder ejecutivo, legislativo o judicial, la administración pública o las fuerzas armadas (ya sea que éste haya sido elegido o no).Un alto funcionario de un partido político o de alguna compañía. La expresión también incluye “cualquier sociedad, negocio u otra entidad que haya sido organizada por una alta figura política o para beneficio de ella”. Estrechos colaboradores Delitos que generan ‘rendimientos económicos ‘El comercio de la droga no es la única fuente del lavado de activos, aunque sí es la más importante. Se reconocen todas aquellas actividades que constituyen delito y que generan rendimientos económicos como: El secuestro extorsivo, el contrabando, la venta ilegal de armas, el tráfico de personas. Además, la piratería de software, delitos contra la administración pública, delitos contra el sistema financiero y otros delitos que buscan mecanismos legales para insertar los dineros en el círculo económico. Medidas contra el Lavado de Activos La lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo es un tema de primer orden en la agenda mundial al lado de la lucha contra el narcotráfico y la neutralización del terrorismo. Nuestro país desde 1993 se adhirió a los postulados de la Convención de las Naciones Unidas de Viena con la expedición de la Ley 67 de 1993 y del Decreto 671 de 1995, mediante la cual se comprometía a adoptar una legislación acorde para combatir el lavado de activos.

Se empezó, entonces, a tratar con amplitud y seriedad el tema, cuando la Ley estableció, por primera vez, la obligatoriedad para las instituciones financieras inspeccionadas de implementar mecanismos de prevención, orientados a evitar la canalización de recursos de origen ilícito a través de sus operaciones y el compromiso de la Superintendencia Financiera, como órgano supervisor del Estado, de verificar la funcionalidad, idoneidad y efectividad de esos mecanismos. Las medidas que ha adoptado esta autoridad financiera están dirigidas a prevenir, controlar, detectar y reprimir el lavado de activos y la financiación del terrorismo, según indica el Decreto 3420 de 2004. Por su parte, el Decreto 4327 de 2005 mediante el cual se fusiona la Superintendencia Bancaria de Colombia en la Superintendencia de Valores y se modifica su estructura, crea la nueva Delegatura para Riesgo de Lavado de Activos. Adicionalmente, en el Artículo 39 se especifica el ejercicio de las funciones de policía judicial, en los términos previstos por la Ley y bajo la dirección funcional de la Fiscalía General de la Nación. Los bancos miden mal los riesgos La mayor parte de las entidades financieras del mundo presenta graves ineficiencias en sus modelos de gestión del riesgo, lo que se convierte en factor preocupante para el negocio de la intermediación de recursos de sus clientes. Según un estudio por la firma Ernst & Young, “los modelos operativos de gestión de riesgos y cumplimiento regulatorio de la mayoría de los grandes bancos a nivel mundial se encuentran fragmentados, son ineficientes y carecen de flexibilidad para soportar el ritmo y la complejidad de la nueva regulación y los requerimientos de cumplimiento” y, como resultado de ello, el sector se enfrenta a un gran problema difícil de manejar.

Política Institucional para el reporte y consulta a las centrales de riesgo.

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA ADMINISTRACIÓN DEL

RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO

Consideraciones generales

El lavado de activos y la financiación del terrorismo representan una gran amenaza para la

Estabilidad del sistema financiero y la integridad de los mercados por su carácter global y las redes

Utilizadas para el manejo de tales recursos. Tal circunstancia destaca la importancia y urgencia de

Combatirlos, resultando esencial el papel que para tal propósito deben desempeñar las entidades

Sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia (en adelante las entidades vigiladas) y el supervisor financiero. Consciente de ello y continuando con el enfoque actual de supervisión, esta Superintendencia imparte las presentes instrucciones a través de las cuales se busca que las entidades vigiladas implementen un Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo con el fin de prevenir que las mismas sean utilizadas para dar apariencia de legalidad a activos provenientes de actividades delictivas o para la canalización de recursos hacia la realización de actividades terroristas. Así, en desarrollo de lo señalado en los artículos 102 y siguientes del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en consonancia con el artículo 22 de la Ley 964 de 2005 y demás normas complementarias, la Superintendencia Financiera de Colombia (en adelante SFC)

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