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Analisis Del Caso "PERALTA, VIVIANA C/ MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE Y OTS. S/ AMPARO


Enviado por   •  19 de Abril de 2015  •  1.027 Palabras (5 Páginas)  •  1.460 Visitas

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El Caso “PERALTA, VIVIANA c/ MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE Y OTS. s/ AMPARO” tuvo su inicio cuando Ailen (hija de Viviana) a los 5 días de vida contrajo una complicación respiratoria por causa de una intoxicación con agroquímicos.

Ailén y su madre vivían en el barrio Urquiza de la localidad santafesina de San Jorge, este barrio está ubicado en una zona rodeada de campos donde practican el cultivo de soja. Como parte de la actividad agropecuaria, la constante fumigación, para proteger al cultivo de las plagas, complicaba la salud de la pequeña, quien estaba directamente expuesta ya que su casa se encuentra a 12 metros del campo fumigado.

Luego de observar como empeoraba cada vez más la salud de su hija, Viviana decidió hacer los reclamos correspondientes en la Municipalidad de San Jorge para que se deje de fumigar en los campos que se encuentran cerca de su vivienda, obteniendo resultados negativos.

Gracias al apoyo de 22 familias y a la organización ambientalista Cepronat, el 16 de marzo de 2009, Viviana pudo presentar el recurso de amparo para hacer válido su pedido.

El Juez a cargo en ese momento era Tristán Martínez, titular del juzgado Civil, Comercial y Laboral N°11, quien consideró distintas pruebas contundentes para llegar a una sanción. El paquete incluye, los estudios médicos de Ailén, la testimonial de la Médica Pediatra de la pequeña, quien además afirmó la existencia de otros casos y tipos de afectaciones entre los habitantes de la zona, como afecciones pulmonares, malformaciones e incluso abortos.

Por tal motivo, el Juez, ordenara la suspensión inmediata de las fumigaciones en adyacencias de la zona urbana de la ciudad, otorgando un plazo de cumplimiento (6 meses) hasta que se delimiten las zonas que pueden ser fumigadas y cuáles no, cumplimentando la Ley N° 11273 de Fitosanitarios de la Provincia y su Decreto Reglamentario N°552/97.

El fallo fue apelado en diciembre de 2009 (segunda instancia) por el Gobierno de Santa Fe y por productores sojeros, donde la Cámara en lo Civil y Comercial de Santa Fe, decidió fallar a favor de Viviana Peralta dejando firme la sentencia del Juez Martínez.

De esta manera está prohibido fumigar con agroquímicos a menos de 800 metros del lugar donde se encuentran clavadas las viviendas de uso familiar por método terrestre y a 1500 metros si el método de fumigación es por aire.

Además el Juez de Segunda instancia, dio un paso inédito: ordenó que el gobierno de Santa Fe y la Universidad Nacional del Litoral (UNL) demuestren que los agroquímicos no son perjudiciales para la salud.

De esa manera, por primera vez, se invirtió el cargo de la prueba dejando a los afectados libres de gastos y de demostrar el efecto que el uso de los agroquímicos produce en la salud.

El caso sentó jurisprudencia:

Este caso sirvió como precedente para que luego de que fuera conocido, fuera solicitado al Gobierno de Santa Fe extender el fallo a toda la Provincia.

La Cámara de Apelaciones de Santa Fe utilizó la Ley General del Ambiente N°25675 articulo 4° Presupuestos Mínimos, como una de las bases de su fallo, enumeró siete casos en los que fue implementado y destacó que se justifica su utilización cuando haya “falta de certidumbre científica y amenaza de daño al ambiente o la salud humana”.

Pruebas científicas comprueban la decisión:

En la fumigación, los dos productos más utilizados

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