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Apuntes De Derecho Administrativo


Enviado por   •  12 de Abril de 2013  •  1.173 Palabras (5 Páginas)  •  394 Visitas

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La Actividad de la Administración Pública.

La actividad continuamente esta en expansión resulta difícil precisar sus límites.

Cumplir los fines del estado.

Conservar la soberanía del estado.

Mantener el orden jurídico.

Dar orientación filosófica-política a la administración.

Promover el crecimiento económico (cobrando impuestos).

Recaudación de ingresos públicos.

Manejo de los bienes del estado.

Relaciones con los servidores públicos.

Relaciones con los particulares.

Definición Acto Administrativo.

Manifestación unilateral y externa de voluntad que expresa una decisión de una autoridad administrativa competente en el ejercicio de la potestad pública, que crea , transmite, modifica y extingue derechos y obligaciones, se propone satisfacer el interés integral.

Elemento en el Acto Administrativo.

Sujetos:

Activo; el órgano administrativo creador del acto.

Pasivo;

Concepto de Autoridad.

Órgano estatal investido de facultades de decisión o ejecución, cuyo ejercicio engendra la creación, modificación o extinción de una manera imperativa.

Manifestación Externa de la Voluntad.

Espontánea y libre.

Dentro de la facultades del órgano.

No estar vaciado.

Objeto.

Directo: creación, transmisión, modificación y extinción de derechos y obligaciones.

Indirecto: cumplir con su cometido.

El objeto debe de ser posible, lícito fundado en su competencia.

Forma.

Escrita: a través de decretos, acuerdos u oficios.

Verbal: alto nivel gerarquico.

Señales: semáforo, faros, luces, aterrizaje.

Funcionario: representa a su organismo al exterior.

Silencio de la Administración.

Puede suceder.

Que es silenció sea favorable al particular.

Que el silencio sea negativo al particular.

Que no tenga ningún efecto el silencio.

Que el silencio de los superiores confirme las resoluciones de los inferiores.

1. Todo esto lo fundamenta el artículo 8 Constitucional relativo al derecho de petición.

2. La suprema corté da como plazo 4 meses.

3. La ley federal de procedimiento administrativo da 3 meses.

Extinción del Acto Administrativo.

Estos son los medios normales.

Cumplimiento voluntario por la administración.

Cumplimiento voluntario por los particulares.

Cumplimiento por ejecución (expropiación).

Medios Anormales.

Revocación Administrativa:

El órgano administrativo deja sin efectos en forma total o parcial un acto válido, por razones de oportunidad, técnicas o de interés público.

Extinción del Acto Administrativo.

Rescisión:

Facultad que tienen las partes para dar por terminadas sus obligaciones en el caso de incumplimiento de la otra parte.

Prescripción:

Extinción de derechos y obligaciones por el simple transcurso del tiempo.

Caducidad:

Es la falta del cumplimiento de requisitos establecidos en la ley o en el acto administrativo para que se generé el derecho.

Término:

Acontecimiento futuro de realización cierto.

Condición:

Acontecimiento futuro de realización incierto.

Irregularidades e Ineficacias del Acto Jurídico.

Cuando el acto es imperfecto y ello acarrea nulida absoluta relativa.

Sentencias.

Aquellas que dicten los tribunales administrativos y federales en materia de amparo.

Ejecución.

Procedimiento interno:

Los actos que realizan la administración en su ámbito de gestión administrativa entre sus órganonos.

Procedimiento externo:

Cuando interviene en la esfera de los particulares.

Procedimiento Administrtivo Interno.

1. Requisitos:

Forma escrita.

Rapidez de procedimiento.

Flexibilidad.

Legalidad.

Resoluciones ágiles.

Procedimiento Administrtivo Externo.

Que el afectado lo conozca.

Que sepa el contenido.

Que sepa la consecuencias.

Que se le de audiencia.

Que se le partirá aportar pruebas.

Que se le permita alegar.

Que haya una resolución.

Formalidades Escenciales del Procedimiento.

Artículo 14 Constitucional. Párrafo II.

Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.

El segundo párrafo habla de esto cuando el particular es afectado.

Cuando es un acto de gestión, no se requieren formalidades aunque sí hay trámites , el problema surge cuando se afecten intereses de particulares.

La amplitud de la administración pública, impide enumerarlas. En general son los requisitos mínimos que señala cada ley o reglamento para que pueda realizarse el acto.

Efectos de la Notificación.

Que el administrado tenga el conocimiento del acto administrativo.

Que sea un punto de partida para el cumplimiento de derechos y obligaciones.

Punto de partida para hacer valer los medios de impugnación.

* existe la ley federal de procedimiento administrativo.

Impedimentos Para Hacer Cumplir EL Acto Administrativo.

Tener intere directo.

Tener parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado.

Tener parentesco por afinidad dentro del segundo grado.

Si no se excusa, el interesado puede acudir a la recusación ante el superior gerarquico.

Licencias, Permisos y Autorizaciones.

Acto administrativo por medio del cual un órgano administrativo otorga a un particular el derecho para realizar una conducta.

Ejemplos de Licencia:

De manejo

Sanitaria

De construcción

Para apertura de un comercio

Ejemplos de Permisos:

Para internación de extranjeros

De importación temporal de mercancía

Para realizar festividades

Para abrir hoteles, mesones, casas de huéspedes

Para abrir escuelas

Para abrir salones de espectáculos

Para abrir fábricas

Para abrir hospitales

Ejemplo de Autorización:

Para elaborar, transportar y vender al público comestibles bebidas empacadas o embasadas

Para vender medicamentos

Las Concesiones.

El estado no puede cumplir con todas las tarea atribuidas, por lo que permite a los particulares la prestación de determinados servicios.

Definición:

Figura jurídica que permite al particular desempeñar actividades que son propias del estado, en cuanto que persiguen la satisfacción de necesidades generales.

Elementos de la Concesión:

El Concedente; la federación, los estados y los municipios.

El Concesionario; el particular, persona física o moral.

El Usuario; persona física o moral beneficiaría de la concesión.

* No existe una ley de concesiones se tiene que acudir a cada ley en específico.

* La ley impide concesionar:

El petróleo

La emisión de moneda

La energía nuclear

La energía eléctrica

Los reclusorios

Tarifa.

La aprueba el estado, la paga el usuario y la cobra el concesionario.

Otorgamiento de la Concesión.

A través de convocatoria.

A solicitud de los particulares.

A quien la obtiene se le entrega un título de concesión.

Y esta se extingue como se extinguen los actos administrativos.

Servicio Público.

Definición: es la actividad técnica de la administración pública o activa autorizada a particulares, creada para cubrir una satisfacción de necesidad colectiva de interés general.

Administración Directa o Indirecta.

Administración Directa.

La educación en todos sus grados a cargo de la SEP.

CONAGUA.- la distribución del agua.

SALUD.- servicios de clínicas u hospitales.

Administración Indirecta.

Telefonía (TELMEX).

Seguros y fianzas.

Transporte público.

El servicio público puede ser directo (cuando el estado lo otorga) e indirecto (cuando se conceciona a particulares).

Clasificación de los Servicios Públicos.

Federales: distribución de energía eléctrica, distribución de agua.

Locales: los otorgados por los gobiernos de los estados: transporte urbano, servicios culturales.

Municipales: agua potable y alcantarillado, alumbrado público, limpia, mercados y centrales de abasto, panteones, rastro, calles, parques calles y jardines, seguridad pública y tránsito.

Estructura Administrativa y Reglamentaria de la Administración Pública.

Ley.

Crea, transmite, modifica o extingue un acto general, abstracto o imperativo.

Reglamento.

Es una disposición general del aparato administrativo del estado, con rango inferior a la ley. Detalla precisamente el contenido de esa ley.

Decreto.

Actos administrativos que deben ser refrendados y publicados en el Diario Oficial de la Federación.

Circulares.

Documento de orden interno por el cual se transmiten aclaraciones, información o interpretación legal o reglamentaria del funcionario superior a los subordinados.

Acuerdos de Gabinete.

Dos o más funcionarios coinciden en el tratamiento o interpretación que ha de darse a un asunto.

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