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Bienes Privativos y Gananciales


Enviado por   •  17 de Enero de 2016  •  Resúmenes  •  1.142 Palabras (5 Páginas)  •  198 Visitas

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Bienes Privativos y Gananciales

- Bienes comprados a plazos

Han de distinguirse distintos supuestos de hecho:

· Los bienes adquiridos por uno de los cónyuges, constante la sociedad, por precio aplazado, tienen naturaleza ganancial si el primer desembolso tuviera tal carácter, aunque los restantes plazos se satisfagan con dinero privativo. Por el contrario, son bienes privativos si el primer desembolso tuviese carácter privativo.

· Los bienes comprados a plazos por uno de los cónyuges antes de comenzar la sociedad tienen siempre carácter privativo, aún cuando la totalidad o parte del precio aplazado se satisfaga con dinero ganancial.

Ahora bien, se exceptúan de esta regla la vivienda y el ajuar familiar, que, cuando algunos de los pagos se hayan hecho a costa de fondos gananciales pertenecen “pro indiviso” al cónyuge adquiriente y a la sociedad de gananciales, en proporción al valor de sus respectivas aportaciones.

- Mejoras introducidas en los bienes

Las edificaciones, plantaciones y cualquier otra mejora, que se realice en los bienes gananciales y en los privativos tendrán el carácter correspondiente a los bienes que afecten, sin perjuicio del reembolso del valor satisfecho.

No obstante, si la mejora hecha en bienes privativos fuese debida a la inversión de fondos comunes o a la actividad de cualquiera de los cónyuges, la sociedad será acreedora del aumento del valor que los bienes tengan como consecuencia de la mejora, al tiempo de la disolución de la sociedad o de la enajenación del bien mejorado.

Las mismas reglas se aplicarán a los incrementos patrimoniales incorporados a una explotación, establecimiento mercantil u otro género de empresa (nuevas sucursales, obras en el local de negocio).

Bienes del menor

  1. Administración

Los padres son los administradores legales de los bienes de sus hijos. No es ésta una simple facultad de los progenitores, sino que es una de las obligaciones que derivan de la patria potestad que ostentan sobre los hijos.

  1. Obligaciones y derechos de los padres

Conforman el contenido de la gestión de los bienes del menor:

- Las obligaciones de la administración paterna.

- Los derechos de los padres en la administración de los bienes de los hijos.

Obligaciones de la administración paterna. Los padres tienen que administrar los bienes de los hijos con la misma diligencia que los suyos propios, cumpliendo las obligaciones generales de todo administrador y las especiales establecidas en la Ley Hipotecaria.

Derechos de los padres en la administración de los bienes de los hijos. La facultad más importante que asiste a los padres es la de destinar los frutos de los bienes de los hijos al levantamiento de las cargas de la familia.

Sin perjuicio de ello, interesa destacar que no se reconoce a los padres una retribución por la administración de los bienes de sus hijos, pues es ésta una obligación que les corresponde en el ejercicio de la patria potestad que debe asumir en beneficio de sus hijos.

  1. Bienes excluidos de la administración paterna

  1. Los bienes adquiridos por título gratuito cuando el disponente lo haya dispuesto de manera expresa.
  2. Los adquiridos por título sucesorio, si el padre, la madre o ambos han sido justamente desheredados o no han podido heredar por causa de indignidad.
  3. Los que el hijo mayor de dieciséis años haya adquirido con su trabajo o industria.
  1. Control de la administración paterna

La administración de los padres está bajo la salvaguarda de la autoridad judicial. Concretamente, cuando la administración de los padres ponga en peligro el patrimonio del hijo, el juez, a petición del propio hijo, del Ministerio Fiscal o de cualquier pariente del menor, puede en procedimiento de jurisdicción voluntaria:

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