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CONCEPTO DE CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SUMINISTRO


Enviado por   •  25 de Enero de 2017  •  Ensayos  •  13.037 Palabras (53 Páginas)  •  265 Visitas

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                         UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO[pic 2]

                                              FACULTAD DE DERECHO[pic 3][pic 4]

                                          DIVISION DE ESTUDIOS DE POSGRADO[pic 5]

                                      ESPECIALIDAD EN DERECHO ADMINISTRATIVO

                           EL CONTRATO ADMINISTRATIVO

                      DE SUMINISTRO

                                          CEDILLO PELCASTRE ANGEL OLIVERIO

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INDICE

INTRODUCCION…………………………………………………………….………….3

CONCEPTO……………………………………………………………..……………….4

UBICACIÓN EN LA CLASIFICACION CONTRACTUAL……………..……………..9

ELEMENTOS…………………………………………………………………………..12

PRINCPIOS RECTORES……………………………………………………………..23

EL SUMINISTRADOR ES UN ENTE DE LA ADMINISTRACION PUBLICA……25

MODELO DE CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SUMINISTRO……………...26

REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE ENERGIA

ELECTRICA…………………………………………………………………………….41

CONCLUSIONES………………………………………………………………………42

BIBLIOGRAFIA………………………………………………………………………….43

ANEXOS…………………………………………………………………………………45

INTRODUCCION

Mediante el contrato Administrativo de Suministro la autoridad o mejor dicho, la Administración Pública en su carácter de suministrado o suministrador, según sea el caso, le proveen o provee a alguien, de algo que requiere, ya sea la provisión de víveres o de utensilios, así como objetos y bienes y servicios.

En este pequeño trabajo trataremos dejar claro las características particulares del contrato administrativo de suministro, además de hacer un pequeño comparativo con algunos contratos que guardan cierta similitud.

 

CONCEPTO DE CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SUMINISTRO

Antes de conceptualizar el contrato administrativo de suministro, queremos definir lo que es el suministrar en sí.

De esta manera el Diccionario de la Real Lengua Española define suministrar como la acción de proveer a alguien de algo que necesita.

Ahora bien, cuando hablamos de suministro, queremos hacer referencia a ese acto y efecto de suministrar algo a alguien, dentro de este término se entiende a la provisión de víveres, utensilios como a objetos, en este sentido podemos decir que la noción de suministro se aprovecha como sinónimo de abastecimiento, ya que se trata de una actividad para satisfacer las necesidades de consumo de alguien y que debe llevarse a cabo en tiempo y forma periódica.

Debido a lo anterior el contrato Administrativo de suministro es un contrato que se compara al de adquisición de bienes muebles e incluso con el de compraventa, sin embargo dicho contrato tiene características propias, por lo que más adelante veremos esas diferencias y las semejanzas por las que se llegan a confundir.

En lo que respecta al contrato administrativo de suministro, el uruguayo Enrique Laso define el contrato de suministro como:

“el contrato de suministro es aquel por el cual la administración pública, mediante el pago de un precio, adquiere las cosas muebles que necesita, y las cuales se entregan de una sola vez o en periodos sucesivos.”[1]

De esta primera definición podemos notar que el autor sostiene que el contrato de suministro es aquel en el que la Administración Pública adquiere bienes muebles, por un precio y que el proveedor puede hacer la entrega de dichos bienes en una sola exhibición o en periodos sucesivos.

En el primer sentido de su definición podemos decir que efectivamente se asemeja al contrato de compraventa, ya que la característica primordial del mismo es la entrega de la cosa una sola vez, ya que la compraventa se perfecciona cuando se paga la cosa y la misma es entregada al comprador, y en el segundo sentido se sigue asemejando al contrato de compraventa pero en su modalidad de compraventa a plazos.

Esto último debido a que solo establece que la entrega de las cosas podrá ser en periodos sucesivos.

Enrique Lucas Ruíz, explica casi de la misma manera dicho contrato

“se entenderá por contrato de suministro el que tenga por objeto la compra, el arrendamiento o la adquisición de productos o bienes muebles, salvo los relativos a propiedades incorporales y valores negociables que se regirán por la legislación patrimonial de las Administraciones públicas aplicables al caso.[2]

Este autor menciona la compra, el arrendamiento o la adquisición de productos o bienes muebles, por parte de las administraciones públicas, sin embargo de esta definición lo único que podríamos rescatar es que hace mención a uno de los sujetos parte del contrato, es decir la Administración Publica, ya que de igual manera que Enrique Laso, a nuestro parecer su definición se asemeja mucho más a un contrato de compraventa

Marcel Waline también formula su concepto del contrato administrativo de suministro de la siguiente forma:

“es el contrato por el cual un proveedor se compromete a proporcionar a la administración, los artículos, las mercancías, los objetos muebles de todo género que ella necesita, a cambio de un precio. Es por consiguiente un contrato que puede corresponder, según los casos, en derecho civil a la venta, o a la locatio operis, cuando el proveedor se obliga a fabricar los objetos que él entregara a la administración.[3]

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