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CRITERIOS NORMATIVOS PARA LA ELABORACIÓN DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN


Enviado por   •  29 de Abril de 2014  •  1.576 Palabras (7 Páginas)  •  295 Visitas

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CRITERIOS NORMATIVOS PARA LA ELABORACIÓN

DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN

La elaboración del Manual de Organización se realizará conforme a los criterios

normativos siguientes:

Fundamento Legal

La expedición del Manual de Organización de las dependencias, coordinaciones y

entidades es una facultad exclusiva del Titular del Ejecutivo, que se fundamenta en

los artículos 60 fracción XXII, 62, 65 y 66 de la Constitución Política del Estado Libre

y Soberano de Michoacán de Ocampo; 2°, 3°, 4°, 5°, 9°, 11 y 18 de la Ley Orgánica

de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; así como los

artículos 5º, 8° y 9° del Reglamento Interior de la Administración Pública Centralizada

del Estado de Michoacán.

El Manual de Organización no puede exceder o contravenir las atribuciones

conferidas en la ley orgánica o decreto de creación de las entidades, así como,

tampoco, a las facultades establecidas en sus respectivos reglamentos Interiores; ya

que hacerlo implicaría extralimitación. En el caso de las dependencias, deberá

observarse lo anterior con respecto de la Ley Orgánica de la Administración Pública

del Estado de Michoacán de Ocampo y del Reglamento Interior de la Administración

Pública Centralizada del Estado de Michoacán, así como lo que disponga la

legislación relacionada con sus competencias.

El Manual de Organización para su validez y observancia deberá ser aprobado y

promulgado por el Gobernador del Estado, para lo cual, después de la revisión de

congruencia organizacional y administrativa que efectúe la Secretaría de Finanzas y

Administración, deberá enviarse a la Consejería Jurídica para su análisis desde el

punto de vista jurídico previo a su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Considerandos

Es una breve narración de los motivos por los cuales se expide el Manual, sus

beneficios y alcances.

 La redacción deberá ser concisa, clara y comprensible;

 Deberá redactarse preferentemente en un máximo de una cuartilla; y,

 Deberá incluir información acerca del ámbito de su aplicación y de quiénes

son los destinatarios o usuarios del Manual de Organización.

I. ANTECEDENTES

Deberá describir el origen de la dependencia o entidad, en el que se indique su

arranque, evolución y cambios significativos registrados. Ésta no debe ser mayor a

dos cuartillas.

II. OBJETIVO

El objetivo deberá contener una explicación del propósito que pretende cumplir la

dependencia o entidad, su formulación se ajustará a los lineamientos descritos a

continuación:

 Especificará con claridad qué pretende la dependencia o entidad, es decir el qué

y el para qué.

 La redacción del objetivo debe ser clara, concisa y directa

 La descripción del objetivo se iniciará con verbo (s) en tiempo infinitivo

 Se describirá, en lo posible, en una extensión máxima de doce renglones

 Se evitará al máximo el uso de adjetivos, así como el subrayar conceptos.

III. ATRIBUCIONES

Trascripción textual y completa de las atribuciones conferidas a la dependencia y/o

entidad, de acuerdo con las disposiciones jurídicas que fundamentan sus

actividades. (Articulado respectivo de la Ley Orgánica o Decreto de creación, según

corresponda).

IV. ESTRUCTURA ORGÁNICA

Descripción ordenada de las unidades administrativas de una dependencia o entidad,

en función de sus relaciones de jerarquía.

Esta descripción de la estructura orgánica debe corresponder con la representación

gráfica en el organigrama, tanto en lo referente al título de las unidades

administrativas, como a su nivel jerárquico de adscripción. Además es conveniente

codificarla en forma tal que sea posible visualizar claramente los niveles de jerarquía

y las relaciones de dependencia, como el ejemplo que a continuación se presenta:

1.0 Despacho del C. Secretario

1.0.1 Secretaría Técnica

1.0.2 Secretaría Particular

1.0.3 Asesores

1.1 Subsecretaría de Urbanismo

1.1.1 Dirección de Desarrollo Urbano

1.1.1.1 Departamento de Planeación Urbana

1.1.2 Dirección de Gobernación

V. ORGANIGRAMA

El organigrama deberá ser el autorizado por el Gobernador del Estado y registrado

en la Secretaría de Finanzas y Administración.

VI. DEFINICIONES

En esta apartado deberán incluirse los conceptos que se requieran definir para una

mejor

...

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