Cartilla Inclusion Laboral
jopsam6 de Octubre de 2014
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Bogotá D. C. Marzo de 2.014
INCLUSION LABORAL EN COLOMBIA
INTRODUCCION
DEFINICION DE DISCAPACIDAD
El término discapacidad, hoy es utilizado para señalar alguna alteración en el funcionamiento de una persona a nivel corporal, individual y social, asociados a estados o condiciones de salud.
Corporal, por cuanto la persona presenta una alteración (desviación, pérdida, mal funcionamiento) significativa en una estructura o función corporal, se establece entonces una deficiencia.
Individual, cuando la persona por esa deficiencia, presenta además alteraciones en sus capacidades, habilidades o destrezas para ejecutar sus actividades cotidianas en ambientes normalizados, se dice entonces que la persona presenta limitaciones en la actividad. Una persona que presenta una deficiencia y por ella dificultades para el desempeño es una persona con discapacidad. Una persona que presente una deficiencia (con o sin limitaciones para ejecutar actividades de la vida diaria) puede experimentar dificultades para involucrase o participar en espacios vitales, se dice entonces que es una persona con discapacidad, pues además de las deficiencias presenta restricciones en la participación. Social, por cuanto las deficiencias, las limitaciones y las restricciones son consecuencias sociales dada la presencia o ausencia de barreras y facilitadores, en el entorno que afectan al individuo, y le impiden su pleno desarrollo y participación.
La discapacidad y la exclusión afecta en un primer momento a la persona en sí, es ella quien vive, soporta y siente los efectos de la pobreza, o la marginalidad, es en su propio cuerpo, en el grado de bienestar en la cual se manifiesta la acción o la omisión del Estado, es en sus condiciones de vida en las que se hacen patentes los efectos de la política, el cumplimiento o la negación de sus derechos.
"La discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás". “Convención de la ONU, 2006”
TIPOS DE DISCAPACIDAD
Los tipos de discapacidad que se contemplan son la física, visual, auditiva o intelectual, que no siempre influye en la capacidad para trabajar y participar laboralmente más si demanda de condiciones especiales para su desarrollo y evolución inclusiva. Entonces las personas con discapacidad son miembros activos para el ámbito laboral, ya sean mujeres u hombres, quienes se desenvuelven en puestos de trabajo poco cualificados, mayormente en sector informal, o en cargos profesionales de gestión y toma de decisiones. Aun asi existe un gran número de ellos quienes carecen de una perspectiva de empleo, ya sea por los obstáculos que enfrentan en su búsqueda o bien directamente en el lugar de trabajo. También se denotan las barreras sociales, su propia discapacidad, donde se pueden mencionar entre otros:
• La actitud y los prejuicios de las personas sin discapacidad, en especial los empleadores,
• La estructuración y la organización del trabajo,
• El entorno físico y
• Las legislaciones, políticas y reglamentos que rigen el mercado laboral.
QUE ES INCLUSION LABORAL
Es la expresión del adecuado acceso a bienes y servicios, procesos de elección colectiva, la garantía plena de los derechos de los ciudadanos y la eliminación de toda práctica que conlleve a marginación y segregación de cualquier tipo. Este proceso permite acceder a todos los espacios sociales, culturales, políticos y económicos en igualdad de oportunidades.
Al hablar de inclusión laboral se hace referencia a los derechos de las personas con discapacidad frente al trabajo y buscar un modelo que garantice buenas prácticas de inclusión, una de esas prácticas es el Empleo con Apoyo, en sí, se define como “trabajo real en ambientes laborales integrados, para personas con discapacidad permanente, para quienes tradicionalmente no han accedido nunca al empleo competitivo, o para quienes dicho empleo ha sido interrumpido o intermitente, como resultado de una discapacidad significativa, y para quienes necesitan servicios de apoyo individual, en su proceso de construcción de autonomía, en su integración a la rutina laboral hasta llegar a una productividad aceptable.” La inclusión laboral debe ir de la mano de la formación de manera que beneficie a las personas implicadas.
A continuación un Artículo relativo a encuestas de Inclusión Laboral.
“Empresarios le apuestan a oportunidades laborales para personas con discapacidad: En 2014 se tienen programados realizar más de 10 foros en el país
BOGOTÁ, dic. 19/13.- Una encuesta realizada con 335 participantes en los 13 foros empresariales que se llevaron a cabo por todo el país durante el presente año, señala que el 90 por ciento de ellos está dispuesto contratar personal con discapacidad. 302 de los encuestados respondieron afirmativamente ante la posibilidad de contratar a personas con limitaciones físicas, ya sea auditiva, mental, intelectual, visual y física. Así lo demuestra la encuesta realizada por el Ministerio del Trabajo y la Organización Best Buddies, que trabaja por la integración social y laboral de personas con discapacidad y promotores de los foros que por espacio de dos años han realizado por todo el país.
"De 397 empresas de todo el país, la meta fue superada en 13% con respecto al año 2012, cuando participaron 446 personas. Su objetivo, concientizar a los empresarios colombianos para que le abran espacio en sus empresas a personas que tengan alguna limitación física". En la encuesta aplicada, a la pregunta sobre el tipo de discapacidad que podrían tener las personas a contratar y que tuvo opción de respuesta múltiple, se obtuvieron los siguientes resultados en orden de mayor a menor interés: discapacidad física, 164 personas; discapacidad intelectual, 153 personas; auditiva, 101 personas; y discapacidad visual, 45 personas. En el Gráfico se puede observar esta distribución.
Los Hipermercados Homecenter y Alkosto, Colcafé, Centro Comercial Gran Estación, Tienda de café Juan Valdez, Hamburguesas El Corral, Colsubsidio, Muebles y Objetos Tugó y Sistemcosta, son algunas de las organizaciones que tienen personas con discapacidad vinculadas en sus empresas.
Articulo Tomado de: http://www.mintrabajo.gov.co/diciembre-2013/2722-empresarios-le-apuestan-a-oportunidades-laborales-para-personas-con-discapacidad.html
GENERALIDADES NORMATIVAS
“El Gobierno Nacional buscará garantizar el Goce de los derechos en igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad”. Aprobó el Plan Nacional de Desarrollo, “Prosperidad para Todos”, Ley 1450 de 2011, en su Artículo 176 ordena diseñar la política pública de discapacidad, con el mandato Para el Estado, de “desarrollar las acciones para la prevención, la rehabilitación y la integración de la población afectada por cualquier tipo de discapacidad, a fin de Brindar oportunidad de inclusión social”. También aprobó el Nuevo Conpes de discapacidad 166 de 2013, cuyo objetivo es “Garantizar el goce pleno, y en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales a las Personas con Discapacidad, mediante el fortalecimiento de la implementación de la Política Pública Nacional de Discapacidad e Inclusión Social”. Entonces el Gobierno aprobó la Ley 1680 de 2013, garantizando el uso gratuito de un software adquirido por el Estado colombiano, con el fin de garantizar el derecho al trabajo de esta población, y a la vez, ofreciendo a los empleadores una herramienta informática, que permite el rendimiento laboral de estas personas en su puesto de trabajo. En este sentido, la Ley 361 de 1997 creó mecanismos para integrar a las personas con discapacidad, entre ellas una serie de estímulos tributarios y ventajas competitivas para quienes vinculen mediante contrato de trabajo. Para la creación de normas encaminadas a la protección del derecho al trabajo de las personas con discapacidad se han tomado referentes jurídicos internacionales y nacionales. En Colombia, dicha protección está en la Constitución Política y en las normas que a continuación se relacionan:
Constitución Nacional:
Art. 25: “El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades de la protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas”.
Art. 47.- “El Estado adelantará una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a quienes se prestará la atención especializada que requieran”.
Art. 54.- “Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. El Estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar y garantizar a los minusválidos el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud”.
En las Leyes:
Ley 361 de 1997 “por la cual se establecen mecanismos de Integración Social de las Personas con Limitación y se dictan otras disposiciones”.
Artículo 24º.- Los particulares empleadores que vinculen laboralmente personas con limitación tendrán
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