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Concepto de derecho romano . Derecho objetivo


Enviado por   •  11 de Agosto de 2017  •  Tareas  •  10.705 Palabras (43 Páginas)  •  688 Visitas

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Derecho Romano

Profesora: Vanessa Hernández Vázquez

Correo: lic_vane_attorney@hotmail.com

Celular: 55-40-84-25-56

Alumno: Fermin Valtierra Morales

Carrera: Derecho

FORMA DE EVALUACION

Apuntes

17 de diciembre 2016

20%

Tareas

17 de diciembre 2016

40%

Examen

17 de diciembre 2016

30%

Asistencia

17 de diciembre 2016

10%

Tareas.

  1. de noviembre de 2016.- Las fuentes del derecho romano
  1. de noviembre de 2016.- La republica
  1. de noviembre de 2016.- Derecho romano a partir de Justiniano
  1. de diciembre de 2016.- La familia en Roma.

Concepto de derecho romano.

Es el conjunto de los principios del derecho que han regido a la sociedad romana en las distintas épocas de su existencia desde su origen hasta su muerte del emperador Justiniano en un sentido amplio y estricto reconocido por las autoridades bizantinas hasta 1453.

        

Derecho objetivo.

Es el conjunto de normas obligatorias que regulan las relaciones sociales.

Derecho subjetivo.

La facultad que tiene una persona derivada de la norma del derecho objetivo de exigir a otra cierta conducta.

Preceptos de derecho objetivo.

Los 3 famosos preceptos IURIS son según Ulpiano son: vivir honestamente, no dañar a otros y atribuir a cada quien lo suyo (honeste, viviré, altenum non ladere y suum cuique tribuere)

Estos pretextos sintetizan el objetivo el objetivo de derecho lograr ciertas reglas.

Justicia.

Según Ulpiano la define como la constante y perpetua voluntad de dar a cada quien lo suyo la palabra justicia. Latín (constans et per petra voluntas ius summ cuique tribuedi).

La palabra justicia designa la conformidad de un acto con el derecho positivo no con un ideal supremo y abstracto de los justo por que los justo seria la voluntad de obrar conforme a la ley injusto seria lo contrario.

Equidad.

Se entrañaban en el derecho clásico la idea de otorgar igual protección a todos los miembros de la sociedad este conceptos se impregna en el derecho Justiniano.

Jurisprudencia según Ulpiano.

La define como el conocimiento de las cosas divinas y humanas es la ciencia de los justo y lo injusto.

Derecho civil, Derecho de Gentess y Derecho natural.

El IUS Civile, en contra posición con el IUS Gentiumm, significa el derecho positivo vigente en roma, el IUS Gentiumm es aquel que se basa en la razón y es común a todos los pueblos del mediterráneo organizados políticamente el termino IUS Naturale no tiene un significado preciso en las fuentes del derecho romano.

Importancia del derecho romano.

Razones por los cuales el derecho romano traspaso los limites y adquirió una transcendencia histórica y universal que se sobre pusieron al tiempo y al espacio.

  1. Surgió y se transformo en las circunstancias económicas, políticas y religiosas permitiéndonos así observar como responde aun sistema jurídico a los grandes cambios sociales.
  2. Resivio los derechos de algunos pueblos e influyo en otras de maneras esencial.
  3. Debido a su vigencia en el tiempo y así extensión en el espacio permite ver la transformación de un derecho que regulo desde la pequeña sociedad agrícola que fundo roma hasta el gobierno que domino pueblos de Europa, Asia y África. Monarquía, republica, diarquía y terarquia son las formas políticas de las cuales broto un derecho arcaico, plástico y rigorista. Un derecho lógico, sistemático y equitativo.
  4. Gracias a la obra compilatoria de Justiniano el corpus iuris civiles. Conocemos gran parte de las disposiciones normativa de diversas épocas del derecho romano, mismas que inspiraron al movimiento codificador del siglo XIX. Tenemos el código napoleón de 1884, el código civil para todo el pueblo, las 7 partidas.

Costumbre de los mayores = mores maiorum

Plebiscitos

Lex Hortensia

Leges o leges rogates = norma que las hacían los reyes/consules

  1. Proponían: comicios, curiados y centuriados
  2. Praescriptio: datos de identificación de la ley
  3. Rogatio: contenido de la ley
  4. Sanctio: consecuencias al incumplir la ley

Edictum.- normas para los funcionarios y súbditos

Mandatum.- instituciones del emperador a los funcionarios y gobernadores

Decretum.- manifestaciones del poder jurisdiccional en los juicios

Rescriptum principis.- respuestas de emperador a preguntas que la hacían

Edictos.- es la medalla de pronunciamiento de los magistrados y es una de las principales fuentes del derecho los principales emisores de estos eran los pretores, magistrados encargados de la administración de justicia estos se dividían en dos: pretor  urbano se encargan de los asuntos entre ciudadanos romanos y el pretor peregrino este administra entre los ciudadanos y los extranjeros.

Los magistrados emitían y duraba un año este se publicaba en una tabla había 3 clases de edictos: el perpetuo, el repentino, se emitía para un caso determinado y tenia validez para el mismo, traslactium: es el edicto del pretor antiguo en el que se fija el nuevo pretor para realizar el suyo.

IUS Edicendi: el derecho a publicar

La jurisprudencia.- la labor de los jurisconsultos en unos principios fue de ínter prefacio del derecho, tuvieron las siguientes funciones derivadas del avance de la ciencia jurídica.

Responderé.- Opinión sobre cuestiones jurídicas.

Cavere.- Sugerencia para concretar negocios jurídicos.

Agere.- Indicación a los litigantes de los recursos procesales, para la defensa de los derechos.

Institure.- Enseñanza del derecho.

Scribire.- Composicion de tratados jurídicos.

Roma-Monarquia.

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