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Concesiones Zofemat


Enviado por   •  9 de Octubre de 2014  •  539 Palabras (3 Páginas)  •  427 Visitas

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Materia: Derecho Mercantil lll

Profesora: Lic. María Teresa Hernández Robles

Trabajo: Concesiones de la ZOFEMAT

Alumno:

CONCESIÓN ZONA FEDERAL MARÍTIMO TERRRESTRE

Primero debemos conocer que es la zona federal marítimo terrestre, la zona federal marítima terrestre de conformidad al reglamento para el uso y aprovechamiento en la materia, es aquella parte de franja de tierra firme, transitable y contigua a playas o, en su caso, a las riberas de los ríos, desde la desembocadura de éstos en el mar, hasta cien metros río arriba, la cual se deslinda y delimita considerando la cota de pleamar máxima observada durante 30 días consecutivos en una época del año en que no se presenten huracanes ciclones o vientos fuertes.

Una vez conociendo que es la Zona Marítimo Terrestre debemos señalar que es un bien de dominio público de la federación, a la cual le corresponde administrar, controlar y vigilar estos bienes para su debido aprovechamiento, uso, explotación y vigilancia, observando y considerando su uso.

Debido a lo anterior, se cree necesario indicar que es una Concesión, la concesión es el otorgamiento del derecho de explotación, por un período determinado, de bienes y servicios por parte de una Administración pública o empresa a otra, generalmente privada.

Por lo anterior, la Zona Federal Marítimo Terrestre constituye un activo relevante en virtud de que la obtención de un título de concesión sobre esta franja, representa un valor agregado para los desarrolladores y ocupantes colindantes.

Para el otorgar las mencionadas concesiones, el reglamento para la Zona Marítimo Terrestre, enuncia de manera prioritaria las formas en que se entregaran y dará preferencia para su otorgamiento, siendo las siguientes:

• Últimos propietarios de los terrenos que como consecuencia de los movimientos marítimos hayan pasado a formar parte de la zona federal marítimo terrestre.

• Solicitantes de prórroga de concesión o permiso, siempre y cuando hayan cumplido con las disposiciones de la ley, del reglamento y de la concesión o permiso.

• Solicitante cuya inversión sea importante y coadyuve al desarrollo urbano y socioeconómico del lugar y sea compatible con los programas maestros de control y aprovechamiento de la zona marítimo terrestre.

• Ejidos o comunidades colindantes.

• Propietarios o legítimos

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