Condusef
arelyormiSíntesis1 de Agosto de 2014
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ANTECEDENTES:
A partir del 19 de Abril de 1999 entra en funciones la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios del Servicio Financiero (CONDUSEF) la cual sirve para atender las quejas de los usuarios del Sistema Financiero.
La Condusef fue creada con la finalidad de ayudar a resolver cualquier conflicto e irregularidad que se presente entre los usuarios de los servicios financieros, con todos y cada una de las organizaciones que conforman el Sistema Financiero Mexicano, incluyendo además el propio Sistema Bursátil Mexicano.
Esta institución nace en un momento histórico marcado por la crisis económica que vivió nuestro país en la década de los 90's, en 1999 los bancos de México fueron comprados por grupos extranjeros y es cuando se funda la CONDUSEF (Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros). Se Creó por decreto presidencial, fue publicado en el D.O.F. el 18 de enero de 1999 y se constituye como un Organismo Público Descentralizado.1
¿QUÉ ES LA CONDUSEF?
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), es un Organismo Público Descentralizado, cuyo objeto es promover, asesorar, proteger y defender los derechos e intereses de las personas que utilizan o contratan un producto o servicio financiero ofrecido por las Instituciones Financieras debidamente autorizadas que operen dentro de la República Mexicana, así como crear y fomentar entre los usuarios una cultura adecuada respecto de las operaciones y servicios financieros. 2
Misión y objetivos:
Fomentar la Educación Financiera.
Continuar con el desarrollo de productos y herramientas para servicios financieros.
Buscar relación justa entre los usuarios e instituciones financieras.
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1 Arturo García Santillán, Sistema Financiero Mexicano y el Mercado de Derivados pag.67
2 http://www.condusef.org.mx
¿QUIÉN PUEDE SER ATENDIDO POR CONDUSEF?
Todo aquel Usuario que contrata o utiliza un producto o servicio ofrecido por alguna institución financiera como lo son los bancos, aseguradoras, afianzadoras, instituciones de crédito, sociedades financieras de objeto limitado, casas de bolsa, especialistas bursátiles, sociedades de inversión, almacenes generales de depósito, uniones de crédito, arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero, sociedades de ahorro y préstamo, casas de cambio, y cualquiera otra sociedad que ofrezca un producto o servicio financiero. 3
INSTITUCIONES QUE REGULA LA CONDUSEF:
Bancos de:
Ahorro
Cuenta de cheques
Corresponsales bancarios
Nómina y otras cuentas
Inversiones
Crédito hipotecario
Crédito para auto
Medios electrónicos
Como designar beneficiarios en bancos
Artículos de interés e información histórica
Tarjeta de crédito
Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOM)
Las Sofomes son entidades financieras que, a través de la obtención de recursos mediante el fondeo en instituciones financieras y/o emisiones públicas de deuda, otorgan crédito al público de diversos sectores y realizan operaciones de arrendamiento financiero y factoraje financiero. Una Sofom no puede captar recursos del público y no requiere de la autorización del gobierno federal para constituirse.
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3 http://www.condusef.org.mx
Se considerarán como Sofomes aquellas sociedades anónimas que en sus estatutos sociales, contemplen expresamente como objeto social principal la realización habitual y profesional de una o más de las actividades que se indican en el párrafo anterior. Estas entidades financieras gozarán de las mismas ventajas fiscales y procesales que tenían al ser sofoles, arrendadoras y empresas de factoraje, adicionándoseles algunas ventajas civiles al ser empresas mercantiles.
Aseguradoras de:
Información general sobre seguros.
Seguro de automóviles
Seguro de vida
Seguro de daños
Seguros de gastos médicos y salud
Microseguro en México
Otros seguros
Como designar beneficiarios en aseguradoras.
Afores:
Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore).
FACULTADES DE LA CONDUSEF:
Atender y resolver consultas que presenten los usuarios, sobre asuntos de su competencia. Para buscar un sano equilibrio de las operaciones llevadas a cabo en el sector financiero.
Llevar a cabo el procedimiento conciliatorio, ya sea en forma individual o colectiva, entre los usuarios y las instituciones financieras.
Actuar como árbitro imparcial entre las partes en estricto derecho.
Brindar servicio de orientación jurídica y asesoría legal a los usuarios, en las controversias que se presenten en los tribunales entre los usuarios y las instituciones financieras.
Proporcionar a los usuarios elementos que procuren una relación más segura y equitativa entre ellos y las instituciones financieras.
Coadyuvar con otras autoridades en materia financiera para fomentar una mejor relación entre Instituciones financieras y los usuarios, así como propiciar un sano desarrollo del sistema financiero mexicano.
Emitir recomendaciones a las autoridades federales y locales, así como a las Instituciones Financieras, que permitan alcanzar el cumplimiento del objeto de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de los Servicios Financieros y de la Condusef, así como para buscar el sano desarrollo del Sistema Financiero Mexicano.
Fomentar la cultura financiera, difundiendo entre los usuarios el conocimiento de los productos y servicios que representan la oferta de las instituciones financieras. Para ello se apoya con un grupo de simuladores financieros que aparecen en su portal de internet, los cuales pueden ser utilizados por los usuarios.4
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4 Arturo García Santillán, Sistema Financiero Mexicano y el Mercado de Derivados pag.67
LEY PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS:
Con la creación de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), y su correspondiente ley, se han establecido y formalizado los procedimientos para garantizar y respaldar la calidad de los servicios ofrecidos en el sector financiero mexicano.
Su objetivo se resume en el Artículo 1: “La presente Ley tiene por objeto la protección y defensa de los derechos e intereses del público usuario de los servicios financieros que prestan las instituciones públicas, privadas y del sector social debidamente autorizadas, así como regular la organización, procedimientos y funcionamiento de la entidad pública encargada de dichas funciones”.
En el marco de la estrategia para transformar la banca y el crédito como palanca de desarrollo de hogares y empresas, considerada en el Pacto por México, la protección a los usuarios de los servicios financieros, la promoción de una bancarización y la inclusión financiera responsable son factores que deben ser fortalecidos.5
La información, el asesoramiento y la protección de los usuarios que utilizan los productos y servicios que ofrecen las instituciones financieras, es un eje fundamental que debe regir el desarrollo de cualquier sistema financiero; lo cual no puede darse, sino mediante la instrumentación de acciones que promuevan la competitividad de las instituciones, así como dotar de nuevas herramientas a las autoridades protectoras de los intereses de los usuarios. 6
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5 www.hacienda.gob.mx
6 De Alba, Monroy Arturo: (2000) “El mercado de dinero y capitales y el Sistema Financiero Mexicano”, México, Ed. Pac SA de CV,
PRESENTACIÓN DE UNA RECLAMACIÓN:
Los usuarios que deseen obtener los servicios de orientación jurídica y defensoría legal, están obligados a comprobar ante la Comisión Nacional que no cuentan con los recursos suficientes para contratar un defensor especializado en la materia que atienda sus intereses. Incluso, se podrán realizar estudios socioeconómicos que comprueben que, efectivamente, el Usuario no dispone de los recursos necesarios para contratar un defensor particular.
La Comisión Nacional podrá rechazar de oficio las reclamaciones que sean notoriamente improcedentes, de igual manera no conocerá de las reclamaciones por variaciones de las tasas de interés pactadas entre el Usuario y la institución financiera, cuando tales variaciones sean consecuencia directa de condiciones generales observadas en los mercados.
La Comisión Nacional recibirá las reclamaciones de los Usuarios con base en las disposiciones de su Ley.
Estas reclamaciones podrán presentarse:
Por comparecencia del afectado,
En forma escrita, o por cualquier otro medio idóneo.
Cumpliendo los siguientes requisitos:
I. Nombre y domicilio del reclamante;
II. Nombre y domicilio del representante o persona que promueve en su nombre, así como el documento en que conste dicha atribución;
III. Descripción del servicio
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