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diecar30 de Mayo de 2013
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NOCION DE ESTADO DE DERECHO
Un Estado de derecho es aquel que se rige por un sistema de leyes e instituciones ordenado en torno de una constitución. Cualquier medida o acción debe estar sujeta o ser referida a una norma jurídica escrita. A diferencia de lo que sucede ocasionalmente en muchas dictaduras personales, donde el deseo del dictador es la base de una gran medida de acciones sin que medie una norma jurídica. En un estado derecho las leyes organizan y fijan límites al gobierno, aunque también algunos sistemas autoritarios son estados de derechos en que toda acción está sujeta una norma jurídica previamente aprobada y de conocimiento público (en ese sentido no debe confundirse un estado de derecho con un estado democrático, aunque ambas condiciones suelan darse simultáneamente). Esta acepción de estado de derecho es la llamada "acepción débil" o "formal" del estado de derecho.
Este se crea cuando toda acción social y estatal encuentra sustento en la norma; es así que el poder del Estado queda subordinado al orden jurídico vigente por cumplir con el procedimiento para su creación y es eficaz cuando se aplica en la realidad con base en el poder del Estado a través de sus órganos de gobierno, creando así un ambiente de respeto absoluto del ser humano y del orden público.
El término «Estado de Derecho» tiene su origen en la doctrina alemana Rechtsstaat. El primero que lo utilizó como tal fue Robert von Mohl en su libro La ciencia de política alemana en conformidad con los principios de los Estados de Derecho (del alemán Die deutsche Polizeiwissenschaft nach den Grundsätzen des Rechtsstaates), sin embargo, la mayoría de los autores alemanes ubican el origen del concepto en la obra de Immanuel Kant. En la tradición anglosajona, el término más equivalente en términos conceptuales es el Rule of law
Concepciones y requisitos
Existen dos acepciones tradicionales del concepto estado de derecho:
• La acepción débil o meramente formal (estado de derecho en sentido formal), el único requisito para que un estado sea de derecho según esta acepción es que en su organización político-social de «cualquier poder deba ser conferido por la ley y ejercido en las formas y procedimientos establecidos por ella». Esta acepción no excluye a los estados autoritarios, ya que la anterior condición puede ser satisfecha por sus sistemas jurídicos.
• La acepción fuerte o substantiva (estado de derecho en sentido real o material), se requiere además que «cualquier poder sea limitado por la ley, que condiciona no solo sus formas sino también sus contenidos»2 Esta segunda condición según qué contenidos sean señalados como deseables excluiría a los estados totalitarios.
Si se fijan una serie de requisitos como los siguientes:
1. Deben crearse diferentes órganos del cuerpo del Estado y cada uno de ellos debe asumir una de las funciones de estado.
2. Esos órganos de poder del Estado deben actuar autónomamente. Es decir, sus dictámenes o decisiones no pueden ser invalidadas, modificadas o anuladas por otro órgano.
3. Debe estar establecida la forma en que se nombran los titulares del respectivo órgano, y las solemnidades y procedimientos para poner término a sus cargos.
4. El poder debe estar institucionalizado y no personalizado, vale decir, debe recaer en instituciones jurídico-políticas y no en autoridades específicas, las cuales tienen temporalmente el poder en sus manos mientras revisten su cargo.
5. Tal vez el requisito más importante tiene que ver con que tanto las normas jurídicas del respectivo Estado como las actuaciones de sus autoridades cuando aplican dichas normas jurídicas, deben respetar, promover y consagrar los derechos esenciales que emanan de la naturaleza de las personas y de los cuerpos intermedios que constituyen la trama de la sociedad.
Para la acepción débil requeriría del estado de derecho se requeriría satisfacer las cuatro primeras condiciones, mientras que la quinta condición es típica de una acepción fuerte del estado de derecho. Ha existido un considerable debate sobre la utilidad de las dos acepciones: El Estado de Derecho en sentido formal y el Estado de Derecho en sentido material. Autores como Joseph Raz son partidarios de usar el término estado de derecho en sentido formal reduciendo el estado de derecho al principio de legalidad:
Un sistema jurídico no democrático, basado en la negación de los derechos humanos, en una gran pobreza, en segregación racial, en desigualdad sexual y en la persecuación religiosa puede, en principio, conformarse a los requerimientos del Estado de derecho mejor que cualesquiera de los sistemas jurídicos de las más ilustradas democracias occidentales. Esto no significa que este sistema sea mejor que aquellas democracias occidentales. Sería un sistema jurídico inconmensurablemente pero, pero sobresaldría en un aspecto: en su conformidad al Estado de derecho.
DIFERENCIA ENTRE ESTADO DE DERECHO RULE OF LAW Y PRICIPIO DE LEGALIDAD.
Del estado de derecho al estado constitucional
• 1. El Estado de Derecho. PRINCIPIO DE LEGALIDAD. EXCURSUS SOBRE EL RULES OF LAW.
• 2. El principio de Legalidad.
• 3. Libertad de los ciudadanos, vinculación de la administración. El significado liberal del principio de legalidad.
• 4. La homogeneidad del derecho legislativo en el Estado Liberal: El ordenamiento jurídico como dato.
• 5. Positivismo jurídico y estado de derecho legislativo
• 6. El estado Constitucional
• 7. La ley, la Administración y los ciudadanos.
• 8. La reducción de la generalidad y abstracción de las leyes.
• 9. La heterogeneidad del derecho en el Estado Constitucional: El ordenamiento jurídico problema.
• 10. La función unificadora de la Constitución. El principio de constitucionalidad.
• 11. Rasgos de la unificación del derecho en el Estado constitucional.
Esta etapa indica un valor y alude sólo a una de las direcciones de desarrollo de la organización del Estado, pero no encierra en sí consecuencias precisas. El propio Estado Constitucional, es presentado con frecuencia como una versión particular del Estado de derecho. Esta visión no resulta necesariamente forzada, si consideramos la elasticidad del concepto; no cabe duda que el Estado de Derecho ha representado históricamente uno de los elementos básicos de las concepciones constitucionales liberales. Que el Estado Liberal de Derecho, tenía una connotación sustantiva, relativa a las funciones y fines del Estado, teniendo sus características por: a) La supremacía de la Ley sobre la Administración; b) La subordinación a la ley y sólo a la ley de los derechos de los ciudadanos, y; c) La presencia de jueces independientes con competencia exclusiva para aplicar la ley, a las controversias surgidas entre los ciudadanos y entre éstos y la Administración del Estado, y asumiendo la protección de los ciudadanos frente a la arbitrariedad de la administración, los derechos de los ciudadanos y la separación de función de poderes.
El sentido general del Estado de Liberal de derecho consistente en el condicionamiento de las autoridades del Estado a la libertad de la sociedad, en el marco del equilibrio reciproco establecido por la ley. Este es el núcleo central de una importante concepción del derecho preñada de consecuencia.
Más expresa la importancia del principio de legalidad consagrado en nuestra normativa procesal penal en el artículo 26 de nuestra normativa procesal penal, por su parte Sagrebelsky nos muestra que el principio de legalidad, expresa la idea de la ley como actores normativos supremo e irresistible al que en línea de principio, no es oponible a ningún derecho más fuerte, cualquiera que sea su forma y fundamento: ni el poder del rey ni su administración ni la inaplicación por parte de los jueces o la resistencia de los particulares. Con esto se veía la derrota de las tradiciones jurídicas del Absolutismo y Ancien Régimen. El estado de derecho y el principio de legalidad suponía la reducción del derecho a la ley y la exclusión, o por lo menos la sumisión de la ley, de todas las demás fuentes del derecho. El principio de legalidad no era más que la culminación de la tradición absolutista del Estado y de las concepciones del derecho natural racional "objetivo", que habían sido su trasfondo y justificación.
Como se veía el principio de legalidad en algunos países:
El principio de legalidad en Francia, Alemania y en Europa Continental se distanciaba claramente del parlamento, pero muy distinto, principio ingles del rule of law es decir estado de derecho, distinto por desarrollarse en otra historia constitucional, pero orientado a la defensa de similares ideales políticos.
El Rule of Law Not of Men, no se evocaba en general el topos aristotélicos del gobierno de las leyes en lugar de gobierno de los hombres, sino también a la lucha históricas que el parlamento ingles había sostenido y ganado contra el parlamento regido. El absolutismo regido fue derrotado, como poder regido, en otro como poder absoluto.
En Inglaterra, la lucha contra el absolutismo consistió en oponer a las pretensiones del rey los privilegios y libertades, tradicionales de los ingleses, representados y defendidos por el parlamento, concibiendo la ley como un elemento constitutivo de un sistema jurídico complejo el "Common Law", nacido de elaboración judicial de derecho de naturaleza y de derecho positivo, de razón y de legislación, de historia y de tradiciones.
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