Convención Internacional Para La Prevención De La Contaminación Por Los Buques 1973, Modificado Por El Protocolo De 1978 .
lunasilva18 de Octubre de 2012
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Convención Internacional para la Prevención de la Contaminación por los Buques 1973, modificado por el Protocolo de 1978 . (MARPOL 73/78)
INDICE
I. Introducción
I.a- Situación Actual De Los Vertidos De Hidrocarburos Desde Buques
II. Protección Jurídica Del Medio Marino
II.a- El MARPOL
1- Objetivo
2- Evolución Histórica
3- Anexo I: Prevención De La Contaminación Por Crudo
4- Anexos II A VI
5- Consecuencias En Caso Incumplimiento Del MARPOL
6.El_MARPOL_Hoy
II.b- Legislación Mexicana
III. Marco Medioambiental: Efectos De La Contaminación Por Hidrocarburos En El Medioambiente Marino
III.a- Propiedades Y Comportamiento De Un Vertido
III.b- Efectos De Un Vertido En El Medioambiente Marino
III.c- Sistemas De Limpieza De Los Vertidos De Petróleo
1- Nuevos Avances En La Limpieza De Vertidos
IV. Sistemas De Control
IV.a- Sistemas Actuales De Vigilancia De Vertidos
1- General
2- Sistemas Aéreos De Sensores Remotos
3- Sistemas Espaciales De Sensores Remotos
4- ADN Sintético Para La Identificación Del Hidrocarburo
5- El “Eurocrude”
6- El “Nordtest Oil Spill Identification System”
7- Láser Acústico
8- Láser Fluorosensorial
9- Satélites
V. Infraestructuras Actuales Para El Convenio MARPOL
1.- Residuos MARPOL
VI. Noticias relevantes.
VII. Conclusión.
VIII. Bibliografía
INTRODUCCIÓN
La contaminación del medio marino por hidrocarburos ha dado lugar a una normativa internacional y nacional preventiva y sancionadora
La trascendencia de esta contaminación del medio marino ha impulsado el desarrollo y la adopción de normas jurídicas y de medidas tendientes a prevenirla, a luchar contra ella con respuestas y tratamientos rápidos y eficaces ante las situaciones de emergencia, a determinar responsabilidades y establecer indemnizaciones equitativas, todo ello tanto a nivel internacional como nacional y con referencia a la contaminación por hidrocarburos, por residuos radiactivos, por productos químicos, y por otras fuentes de origen terrestre.
En materia internacional, varios convenios y tratados han sido elaborados y tratados sobre este tema, gracias a la actividad de las organizaciones especializadas, internacionales y no gubernamentales. Cabe destacar las acciones de la Organización Marítima internacional (OMI) por medio de sus comités de seguridad marítima, de protección del medio marino y jurídico, orientadas a la seguridad del transporte marítimo y la prevención de la contaminación por los buques.
La legislación internacional básica esta representada por MARPOL o Convenio Internacional Para Prevenir la Contaminación por los Buques.
El accidente del “Torrey Canyon” de 1967, sensibilizó de manera extraordinara a la opinión mundial y la OMI convocó a una conferencia internacional, que tuvo lugar en Londres en 1973 y en la que se logró el consenso para adopta un nuevo convenio el 2 de Noviembre de 1973. Nace así el Convenio conocido como MARPOL 73 primero y, luego de su modificación por el protocolo del 17 de febrero de 1978, como MARPOL 73/78. Este protocolo fue enmendado en 1984, 1985 y en 1990.
A partir de su entrada en vigencia este convenio sustituye al OILPOIL 54/59.
Este convenio consiste en un grupo de veinte artículos, un protocolo con disposiciones para formular los informes sobre sucesos relacionados con sustancias perjudiciales, y un protocolo sobre arbitraje y cinco anexos, en el que se incluyen Reglas para prevenir la contaminación por Hidrocarburos, Reglas para prevenir la contaminación por sustancias nocivas liquidas transportadas a granel, Reglas para prevenir la contaminación por sustancias perjudiciales transportadas por vía marítima en paquetes, contenedores, tanques portátiles, y camiones – cisterna o vagones – tanque, Reglas para prevenir la contaminación por las aguas sucias de los buques y Reglas para prevenir la contaminación por las basuras de los buques respectivamente.
El cuerpo de los 20 artículos y los dos protocolos adicionales encierran los ingredientes jurídicos del convenio, mientras que todos los anexos muestran un alto contenido técnico. Los anexos: tercero, cuarto y quinto son facultativos, ya que los estados, pueden, al firmar, ratificar, aceptar o aprobar el convenio, o al adherirse a este, declarar que no aceptan alguno o ninguno de dichos anexos.
Los estados se obligan a prevenir la contaminación del medio marino provocada por la descarga de sustancias perjudiciales o de efluentes que contengan tales sustancias. Esto se refiere a cualquier derrame procedente de un buque por cualquier causa y cualquiera sea el procedimiento (Escape, evacuación, rebase, fuga, achique, emisión o vaciamiento) de cualquier sustancia cuya introducción en el mar pueda ocasionar riesgos para la salud humana, dañar la flora, la fauna y los recursos vivos del medio marino, menoscabar sus alicientes recreativos o entorpecer los usos legítimos de las aguas del mar y en particular toda sustancia sometida a control, de conformidad con el convenio MARPOL 73/78. El MARPOL se aplica a los buques que tengan derecho a enarbolar la bandera de un estado contratante o que, sin tener ese derecho, operan bajo la autoridad de un estado contratante. Se excluye a los buques de guerra y a los auxiliares de la marina de guerra mientras solo presten servicios gubernamentales sin carácter comercial.
De las 5.400 millones de toneladas de mercancías que se mueven cada año en el mundo, 2.000 corresponden a crudo y productos del petróleo; Partiendo de esta base, es absolutamente imprescindible que se cumpla la normativa existente en transporte marítimo, y con especial incidencia en el caso de mercancías peligrosas.
El presente proyecto se refiere al Convenio MARPOL 73/78 para Prevenir la Contaminación por los Buques. El proyecto comienza haciendo una introducción sobre la gravedad de los vertidos ilegales de hidrocarburos en los mares de todo el mundo.
Este proyecto analizará las consecuencias sobre el medio ambiente marino de estos vertidos, que se estima son mucho más perjudiciales que los impactos producidos por accidentes de petroleros y también revisará brevemente como estas infracciones afectan a las economías de los países, bien afectando al turismo cuando los vertidos llegan a las playas, bien por su degradación de la fauna y flora marinas.
Más adelante, se realizará un detallado estudio del marco jurídico del Convenio MARPOL. Aquí se describirá la evolución que ha seguido el Convenio MARPOL hasta llegar a su forma actual, y los esfuerzos que está llevando a cabo la Organización Marítima Internacional para endurecer los castigos por incumplimiento del mismo. En este capítulo también se debatirán los principales anexos del Convenio, y cómo afectan a las partes implicadas, es decir, los buques y los Puertos.
Una parte importante para asegurar que los buques no realizan vertidos ilegales es implantar un efectivo sistema de vigilancia. Este proyecto analizará los principales sistemas de control que utilizan los países para detectar vertidos – especialmente por vigilancia aérea y por satélite- y también se referirá a los métodos, que aunque no estén todavía generalizados como formas de control, están empezando a
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