Corte Suprema De Justicia Guatemala
virginiasoto15 de Septiembre de 2014
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1. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
PRESIDENTE: Lic. Rubén Eliú Higueros Girón.
DIRECCION: Palacio de Justicia: 21 calles 7-70, zona 1, Guatemala, Guatemala.
1.1. QUÉ ES LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA:
Institucionalmente la Corte Suprema de Justicia es el más alto tribunal de justicia y el órgano colegiado de gobierno del Organismo Judicial. En consecuencia, sus funciones abarcan lo propiamente jurisdiccional y lo administrativo; sin embargo, la Ley del Organismo Judicial en su Artículo 52 establece que la función jurisdiccional corresponde a la Corte Suprema de Justicia y a los demás tribunales, y las funciones administrativas del Organismo Judicial corresponden a la Presidencia de dicho Organismo y a las direcciones y dependencias administrativas subordinadas a la misma. El Presidente de la Corte Suprema de Justicia preside también el Organismo Judicial.
La Constitución Política de la República y la Ley del Organismo Judicial establecen dentro de las funciones administrativas de la Corte Suprema de Justicia, como órgano superior de la administración del Organismo Judicial, entre otras, las siguientes:
1. Formular el presupuesto del ramo (Art. 213 de la Constitución);
2. Nombrar a los jueces, secretarios y personal auxiliar (Art. 209 de la Constitución);
3. Emitir las normas que le corresponda en materia de sus funciones jurisdiccionales, así como en relación al desarrollo de las actividades que le confiere la Constitución y la Ley del Organismo Judicial; (Art. 54 Literal F, de la Ley del Organismo Judicial);
4. Asignar la competencia de los tribunales;
5. Establecer tasas y tarifas de los servicios administrativos que se presten (Art. 54 Literal N de la Ley del Organismo Judicial); y
6. Ejercer la iniciativa de ley (Art. 54, Literal J, de la Ley del Organismo Judicial).
1.2. FUNCIONES:
Para cumplir sus objetivos, el Organismo Judicial no está sujeto a subordinación alguna, de ningún organismo o autoridad, sólo a la Constitución Política de la República y las leyes. Tiene funciones jurisdiccionales y administrativas, las que deberán desempeñarse con total independencia de cualquier otra autoridad. Las funciones jurisdiccionales del Organismo Judicial corresponden fundamentalmente a la Corte Suprema de Justicia y a los demás tribunales que a ella están subordinados en virtud de las reglas de competencia por razón del grado. Las funciones administrativas del Organismo Judicial corresponden a la Presidencia de dicho Organismo y a las direcciones y dependencias administrativas subordinadas a dicha Presidencia. Los órganos que integran el Organismo Judicial tendrán las funciones que le confieren la Constitución Política de la República, las leyes y los reglamentos, así como las que le asignen otras leyes.
1.3. INTEGRACIÓN:
La Corte Suprema de Justicia está integrada por 13 Magistrados (Art. 214 CPR), quienes son electos por el Congreso de la República para un período de cinco años. Los magistrados son electos entre los abogados candidatos que llenan los requisitos establecidos por la ley (Art. 207 CPR), y la elección la realiza la Comisión de Postulación, conformada por honorables abogados guatemaltecos (Art. 208, 215 CPR).
Los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia eligen entre ellos al Presidente, quien permanece en el cargo por un año. El Presidente del Organismo Judicial es también Presidente de la Corte Suprema de Justicia, cuya autoridad se extiende a todos los juzgados y tribunales del país.
En la Corte Suprema de Justicia se tramitan y resuelven los recursos de casación que se plantean contra las resoluciones de las Salas de Apelaciones, así como las acciones de amparo en Primera Instancia y exhibición personal. Son los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia quienes tienen a su cargo el estudio y resolución de dichos recursos.
La Corte Suprema de Justicia está integrada por los siguientes Magistrados:
Período 2007-2008
NOMBRE CARGO
Lic. Rubén Eliú Higueros Girón Magistrado Vocal I (presidente en funciones del Organismo Judicial y de la Corte Suprema de Justicia)
Lic. Luis Fernández Molina Magistrado Vocal II
Lic. Augusto Eleazar López Rodríguez Magistrado Vocal III
Licda. Beatriz Ofelia de León Reyes Magistrado Vocal IV
Lic. Carlos Gilberto Chacón Torrebiarte Magistrado Vocal V
Lic. Edgar Raúl Pacay Yalibat Magistrado Vocal VI
Lic. Jorge Gonzalo Cabrera Hurtarte Magistrado Vocal VII
Dr. Víctor Manuel Rivera Wöltke Magistrado Vocal VIII
Lic. Oscar Humberto Vásquez Oliva Magistrado Vocal IX
Licda. Leticia Stella Secaira Pinto Magistrado Vocal X
Lic. Carlos Enrique de León Córdova Magistrado Vocal XI
Dr. Vladimir Aguilar Guerra Magistrado Vocal XII
Dr. José Francisco De Mata Vela Magistrado Vocal XIII
1.4. INTEGRACIÓN DE CÁMARAS
La Cámara se define como un tribunal colegiado, integrado por cuatro Magistrados de la Suprema Corte, su función es conocer, analizar, discutir y resolver los recursos que de conformidad con la ley son de su competencia.
1.4.1. La Cámara Civil
Es un órgano que conoce de asuntos relacionados con Derecho Civil (casación, dudas de competencia, apelaciones, recursos de responsabilidad, de cuentas, contencioso administrativo).
1.4.2. La Cámara Penal
Conoce los asuntos relacionados al Derecho Penal (casaciones penales, prórrogas de prisión, dudas de competencia de juzgados penales, apelaciones de recursos penales).
1.4.3. La Cámara de Amparo y Antejuicio,
Es un recurso que se presenta para resarcir un derecho violado, todos los derechos constitucionales inherentes a la persona humana, antejuicio es el privilegio que la ley concede a algunos funcionarios para no ser enjuiciados criminalmente, sin que antes la autoridad distinta al juez declare si ha lugar a formación de causa.
1.5. ORGANIGRAMA
1.5.1. AREA JURISDICCIONAL:
1.5.2. AREA ADMINISTRATIVA:
1.6. TRIBUNALES:
Los tribunales de Justicia, en toda resolución o sentencia, observarán obligadamente el principio de que la Constitución de la República prevalece sobre cualquier ley o tratado (art. 204 CPR).
1.6.1. Salas de Apelaciones:
Es donde se tramitan y resuelven los recursos que se plantean contra las resoluciones de los jueces de Primera Instancia y de Sentencia
1.6.2. Juzgado de Ejecución Penal:
Son Juzgados unipersonales constituidos únicamente en la ciudad capital, encargados la ejecución de las penas, es decir, de controlar el cumplimiento de la condena emitida por un tribunal de sentencia, así como la distribución de los reos a las diferentes cárceles del país.
1.6.3. Tribunales de Sentencia:
Tienen a su cargo la realización del juicio oral u dictar la sentencia al finalizar el debate oral y público. Son tres personas, un presidente y dos vocales.
1.6.4. Juzgados de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente:
Controlan la investigación que realiza el Ministerio Público. Tramitan y solucionan la fase intermedia del proceso.
1.6.5. Juzgados de Primera Instancia Civil:
Resuelven Problemas que surgen entre personas individuales por asunto de uso, tenencia, posesión, propiedad de los bienes y las obligaciones que se deriven de los negocios o contratos que celebran entre ellos.
1.6.6. Juzgados de Primera Instancia Económico Coactivo
Son los encargados de conocer demandas que hace el Estado (sus Instituciones) contra los particulares por deudas que se derivan de obligaciones tributarias, sanciones administrativas o mulatas por infringir las leyes y reglamentos. Por ejemplo: multas por declaraciones inexactas por impuestos del valor agregado (IVA) o sobre la Renta (ISR), y el incumplimiento en el pago por parte del patrono al IGSS.
1.6.7. Juzgados de Primera Instancia de Trabajo:
Son los que resuelven los problemas que surgen entre los trabajadores y sus patronos, tanto en lo individual como en lo colectivo.
1.6.8. Juzgados de Primera Instancia de Familia:
Resuelven asuntos sobre problemas familiares. Por ejemplo: separaciones, divorcios, custodia de los hijos, adopciones y otros.
1.6.9. Juzgados de Primera Instancia de la Niñez y Adolescencia:
Conocen, tramitan y resuelven aquellos hechos o casos remitidos, denunciados o conocidos de oficio que constituyan una amenaza o violación a los derechos de la niñez y adolescencia. Mediante una resolución judicial se restituye el derecho violado o cesa la amenaza o violación al menor (Art. 104 inciso (a) del la Ley de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia.
1.6.10. Juzgados de Primera Instancia de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal:
Conocen, tramitan y resuelven con relación a aquellas conductas que violen la ley penal atribuibles a adolescentes y deciden las medidas aplicables (Art. 105, inciso (a) y (b) de la ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia.
1.6.11. Juzgados de Paz:
Juzgan en caso de faltas contra personas y contra la propiedad y otros delitos considerados de menor gravedad, como los delitos en que la pena a imponer sea una multa. Intervienen a prevención en donde no hay juzgado de Primera Instancia. Practican diligencias urgentes. Toman declaración de detenidos. Autorizan
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