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DEMANDA MERCANTIL EJECUTIVA


Enviado por   •  10 de Enero de 2019  •  Trabajos  •  1.343 Palabras (6 Páginas)  •  297 Visitas

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C. JUEZ DE LO MERCANTIL EN TURNO

P R E S E N T E:

ARMANDO MEDINA MARTINEZ, GERARDO VACA VILLALOBOS, mexicanos, mayores de edad, señalando como domicilio procesal para recibir cualquier tipo de notificaciones el despacho ubicado en la Avenida Lázaro Cárdenas número 3500 letra B, del fraccionamiento Jardines de los Arcos de esta ciudad, ante Usted con el debido respeto comparecemos a

E X P O N E R:

En nuestro carácter de endosatarios en procuración de NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARA EN EL FIDEICOMISO FONDO GUADALAJARA DE FOMENTO EMPRESARIAL nos presentamos a demandar formalmente al C. HUMBERTO AGUIRRE VILLALVAZO como “deudor principal” y al C. ELVIRA CATALINA AGUIRRE VILLALVAZO como el DEUDOR SOLIDARIO Y AVAL, en la Vía MERCANTIL EJECUTIVA, ejercitando la acción cambiaria directa, por los siguientes conceptos:

A) Por el pago de la cantidad de $ 30,000.00 (TREINTA MIL PESOS 00/100 M.N.) como suerte principal.

B) Por el pago de intereses ordinarios acordados a razón de tasa fija del 12% anual pagaderos en forma mensual sobre saldos insolutos.

C) Por el pago de intereses moratorios pactados, sobre el saldo vencido desde la constitución en mora y hasta la total liquidación del adeudo, a razón de la tasa que resulte de aplicar a la tasa ordinaria mensual, el factor 1.5 uno punto cinco.

D) Por el pago de los gastos, costas y honorarios que se originen con motivo de la tramitación del presente juicio.

Fundo mi instancia en los siguientes

H E C H O S:

I. En esta ciudad de Guadalajara, Jalisco, el día 08 de SEPTIEMBRE del año 2005 el demandado suscribió DOS pagarés mercantiles en favor de mi representado, VALIOSOS UNO POR LA CANTIDAD DE $23,000.00 (VEINTITRES MIL PESOS 00/100 M.N.) Y OTRO VALIOSO POR LA CANTIDAD DE $7,000.00 (SIETE MIL PESOS 00/100 M.N.) Estableciéndose con pagos de la siguiente manera:

-1 pago de $966.00 (NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.) Y 23 pagos de $958.00 (NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.) sucesivos iguales con sus calendarizaciones respectivas de 23 pagos mensuales pagaderos el LOS DIAS VEINTE de cada mes, a partir del mes de OCTUBRE del 2005.

-1 pago de $307.00 (TRESCIENTOS SIETE PESOS 00/100 M.N.) Y 23 pagos de $291.00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS 00/100 M.N.) sucesivos iguales con sus calendarizaciones respectivas de 23 pagos mensuales pagaderos el ULTIMO DÍA HABIL de cada mes, a partir del mes de AGOSTO del 2007.

Se acordó en ese pagaré, el pago de intereses ordinarios los cuales se devengarían a tasa fija del 12% doce por ciento anual, pagaderos en forma mensual sobre saldos insolutos, junto con las amortizaciones del capital.

De igual forma, se estableció para el caso de MORA, que el saldo vencido devengaría intereses a la tasa que resulte de aplicar a la tasa ordinaria mensual, el factor 1.5 uno punto cinco, hasta su liquidación total.

II. El pagaré que nos ocupa también fue aceptado por el C. ELVIRA CATALINA AGUIRRE VILLALVAZO, quien se obligó como el Deudor Solidario y Aval del C. HUMBERTO AGUIRRE VILLALVAZO.

V. En virtud que el C. HUMBERTO AGUIRRE VILLALVAZO incumplió con los abonos acordados en el documento mercantil señalado y se ha negado a pagar la totalidad del adeudo que a la fecha tienen pendiente de liquidar, no obstante las múltiples gestiones que en lo particular se han realizado para obtener el cumplimiento de su obligación, es la razón por la cual se ocurre ante su jurisdicción en demanda de las prestaciones reclamadas.

Con fecha 16 de febrero del 2009, NACIONAL

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