ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DERECHO FISCAL II


Enviado por   •  7 de Octubre de 2014  •  2.248 Palabras (9 Páginas)  •  317 Visitas

Página 1 de 9

INTRODUCCION AL TEMA

Las contribuciones constituyen la principal fuente de ingreso de todo Estado moderno, el termino contribución es un concepto genérico que engloba todo lo que auxilia hace sufragar los gastos del estado siguiendo en licencia las aportaciones económicas que hacen los particulares al estado, para que este pueda realizar sus atribuciones, que a su vez se traducen dentro de otras, en Servicios Públicos en beneficio de la comunidad de que los reciba. Los elementos esenciales de la contribución son el sujeto, objeto, tasa y época de pago, los cuales deben señalarse en la ley con el fin de proporcionar certeza a los contribuyentes.

En nuestro Derecho Fiscal los sujetos activos son de la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, estos tienen el Derecho de exigir el pago de los tributos, con sus limitantes Constitucionales.

OBJETIVO ESPECIFICO DEL TEMA

Que el alumno comprenda los diferentes tipos de impuestos así como los diferentes tipos de pago y ante que órganos son regulados para el ejercicio de sus Derechos.

3.1 contribuciones municipales.

Contribución: Las aportaciones en dinero o en especie que con carácter general y obligatorio, deben hacer al estado o municipios, los particulares, bajo un régimen jurídico de derecho público, para cubrir el gasto social o lo que se conoce como necesidades colectivas; o se trata de aportaciones pecuniarias que hacen las personas físicas y morales, por el solo hecho de ser miembros de una nación.

El artículo 115 constitucional regula la hacienda pública municipal es donde se señalan las bases para su organización y gobierno dotando de personalidad jurídica propia a los municipios, siendo la base de la división territorial y la organización de los estados que integran la federación

Las contribuciones constituyen la principal fuente de ingreso de todo Estado moderno, el termino contribución es un concepto genérico que engloba todo lo que auxilia hace sufragar los gastos del estado siguiendo en licencia las aportaciones económicas que hacen los particulares al estado, para que este pueda realizar sus atribuciones, que a su vez se traducen dentro de otras, en Servicios Públicos en beneficio de la comunidad de que los reciba. Los elementos esenciales de la contribución son el sujeto, objeto, tasa y época de pago, los cuales deben señalarse en la ley con el fin de proporcionar certeza a los contribuyentes.

En nuestro Derecho Fiscal los sujetos activos de la Federación, los

Estados, el Distrito Federal y los Municipios, estos tienen el Derecho de exigir el pago de los tributos, con sus limitantes Constitucionales.

Articulo 115 cada municipio será gobernado por un Ayuntamiento, manejaran su patrimonio conforme a la ley, administraran libremente su hacienda, la cual se formara de los rendimientos de los bienes que les pertenecen, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor.

Contribuciones Municipales son: Impuesto predial, impuesto sobre traslación de dominio inmuebles o equivalente al impuesto de adquisición de inmuebles y impuesto sobre espectáculos público, impuesto sobre juegos permitidos.

CONCLUSION

Las contribuciones municipales, son aquellas que el estado ejerce anualmente para cada municipio, para que realice los programas que se traza como pavimentación, redes de drenaje, alumbrado público, agricultura y ganadería etc. Pero también los municipios tienen autoridad soberanía propia por lo mismo por medio de sus ayuntamientos, que los preside un presidente municipal, sus regidores y un sindico, tienen sus contribuciones propias la mas importantes de estas son los impuestos prediales, los cuales son obligaciones que tienen que cumplir tanto las personas físicas como morales, para solucionar los problemas primordiales del municipio, así cumplir con las necesidades de sus ciudadanos.

3.1.1 IMPUESTO PREDIAL

Están obligados al pago de impuesto predial las personas físicas y jurídicas colectivas que sean propietarios o poseedoras, de inmueble alguno. El objeto es gravar la posesión del inmueble de acuerdo al valor del mismo, este impuesto es el de mayor relevancia en los municipios, es una renta del orden municipal de carácter directo que grava los bienes inmuebles ubicados dentro del territorio del municipio.

Como y cada cuando se paga: En México tradicionalmente se paga y se calcula de manera anual en los primeros dos meses de año. También existe la posibilidad pagarlo de manera bimestral, a excepción de los contribuyentes que aportan la cuota mínima, es decir, los jubilados, pensionados o mayores de 60 años, por lo general existe un descuento para quienes realicen su pago durante enero. Este gravamen se determina tomando como base el valor catastral del inmueble, el cual se establece calculando los valores unitarios del suelo y la construcción y multiplicando estos por la superficie de la edificación. Pueden pagarse en sucursal bancaria, tiendas de autoservicio etc.

CONCLUSION

Los prediales son cobros que llevan acabo los municipios, y es el impuesto de mayor importancia para sus ingresos locales, los cuales se llevan o se cobran de acuerdo a el bien que posee el contribuyente físico o moral, y se realizan anualmente en los primeros meses del año, y para aquellas personas que los pagan el primer mes del año (enero), tienen un descuento de 5 al 15% del total a pagar, y aquellos que no acuden a tiempo o no acudieron se manda una notificación, para que pasen a regularizarse de lo contrario podría darse el caso de un embargo.

3.1.2 IMPUESTO SOBRE TRASLACION DE DOMINIO DE INMUEBLES O EQUIVALENTES AL IMPUESTO DE ADQUISICION DE INMUEBLES

Están obligadas al pago las personas físicas y/o jurídicas colectivas que adquieran inmuebles en el Estado, así como los derechos relacionados con los mismos.

El objeto es gravar la adquisición del inmueble.

La base Gravable, será el valor que resulte mayor entre el valor catastral del inmueble y el de operación estipulado en el contrato colectivo

Forma y época de pago.- el pago de impuesto deberá hacerse dentro de los 17 días siguientes en los que se realice cualquiera de los supuestos de la adquisición, mediante declaración que se presenta en

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (14.3 Kb)  
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com