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DERECHO MERCANTIL


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2013  •  5.199 Palabras (21 Páginas)  •  199 Visitas

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CONCEPTO ECONOMICO Y JURIDIO DE CREDITO

Al respecto de este punto, Díaz Bravo hace la reflexión sobre el concepto de crédito, al cual la mayoría de los autores le atribuyen dos elementos fundamentales: la circulación de capital y la función del tiempo.

En este sentido, citando a Lucas Beltrán, se dice que el crédito es capital típicamente circulante, no convierte al capital fijo en circulante, sino que aporta nuevo capital circulante y reduce a fijo lo que nunca debió dejar de serlo en la práctica.

Así las cosas, el crédito se convierte en una multiplicidad de concepto y así, se habla de nacional o internacional, de acuerdo a su procedencia; oficial o privado en cuanto a la fuente de financiación; en bancario o no bancario de acuerdo al suministrante; en cuanto al tiempo de vencimiento en de corto, mediano o largo plazo; hay créditos industriales, comerciales, agrícolas, de consumo o de exportación.

Por su parte, Paolo Greco nos aporta la definición clásica de crédito al decir que es la transferencia actual de la propiedad de una cosa del acreedor, quedando diferida la contrapartida, es decir, la prestación correlativa por parte del deudor.

La ley mexicana considera crédito cuando el acreditado se obliga a poner una suma de dinero a disposición del acreedor o a contraer por cuenta de éste una obligación, para que él mismo haga uso del crédito concedido en la forma, términos y condiciones convenidos, quedando obligado el acreditado a restituir al acreditante las sumas de que disponga o a cubrirlo oportunamente por el importe de la obligación que contrajo.

ANTECEDETES DEL CREDITO.

Dando por sentado un repaso a lo visto en el curso anterior, se puede concluir que el comercio y su antecedente más antiguo que fue el trueque, no constituyó ningún antecedente del crédito sino hasta la aparición de la moneda.

A este respecto, el cambio de cosas por cosas se sustituyó con el tiempo en el intercambio por granos, después por trozos de metal, después por piezas de ganado productivo o comestible al cual se llamó pecus y posteriormente por monedas.

En la antigüedad, el manejo de aspectos comerciales no hizo necesario el surgimiento del derecho mercantil. Incluso Roma no utilizó el derecho comercial pues se consideraba que el propio derecho romano era duro y estricto, pero permitía la interpretación de ciertos aspectos, por lo que no requería la elaboración de un derecho mercantil.

Es en la edad media cuando el jus mercatorum nace y entonces empiezan a surgir las instituciones mercantiles que conocemos como el banco, las bancarrotas o quiebras, la utilización de documentos mercantiles como la letra de cambio y la utilización de las prácticas, usos y costumbres comerciales.

Diaz Bravo destaca que, entre otros acontecimientos históricos, los queocasionaron el despegue del derecho mercantil son:

1. La reapertura del comercio ya sea por las cruzadas o por eldescubrimiento de América.

2. La insuficiencia del derecho romano al cual se considera como formalista e insuficiente ante la regulación de actos en masa.

3. La incapacidad de entender el derecho romano que estaba escrito en latín y que se consideraba solamente para personas doctas como los religiosos y sus universidades.

4. La inexistencia de jueces lo suficientemente preparados para impartir una justicia pronta y acorde con las operaciones comerciales.

Sería importante anotar que se destacan en el tema el caso de Venecia, Génova y Florencia, como las ciudades italianas que se convirtieron en la base para el desarrollo de instituciones de derecho mercantil, incluso Venecia fue beneficiada por Carlomagno al otorgársele el monopolio comercial de textiles, aceites y esencias convirtiéndose en el enlace entre oriente y occidente.

También es notable la intervención de los conventos en la financiación del comercio, pues siendo los que conocían mejor el derecho romano, tenían fondos suficientes para financiar a los comerciantes y se convirtieron en propietarios de bienes inmuebles al utilizar estos conocimientos en el cobro de garantías.

Entre otras instituciones jurídicas en la materia mercantil, Díaz Bravo cita los roles de Olerón, las leyes de Wisby, el Consulado del mar, las leyes de la Liga Hanseática, entre otras.

También destaca las ferias comerciales, destacando las de Sevilla, ciudad española dominada por el islam y que se convirtió en el principal arbitrador comercial para los españoles y sus territorios a través de su Casa de contratación.

Por otra parte, destaca la importancia de las ordenanzas de Colbert en Francia, las cuales fueron de dos tipos: las de comercio terrestre y las de comercio marítimo.

Etapas evolutivas del comercio.

Al respecto se destaca la evolución de las primeras máquinas utilizadas para la revolución industrial como la máquinas de hilar de John Kay, hasta la de hilar a vapor de James Watt.

La creación de máquinas que incrementan la producción modificó las perspectivas del derecho mercantil hasta prácticamente la nueva etapa de la evolución como lo es hoy, la revolución tecnológica o sociedad de la información.

El trueque o permuta.

Aquí Díaz Bravo comenta la evolución del intercambio o trueque que se convierte poco a poco en la compraventa al integrarse la moneda en la relación.

Comenta que no es temeraria la aseveración de que en la compraventa realmente ocurre un trueque, con la única diferencia de que lo que sirve como factor de cambio es la intervención de la moneda.

Referencia histórica del billete en México.

Díaz Bravo comenta que el primero en utilizar papel moneda fue el emperador De Iturbide, con el fin da cubrir los gastos de su coronación. Era de papel cuadrado, impreso por una sola cara, de uno, dos o diez pesos. Sin embargo no fue de aceptación general, pues el pueblo usaba la moneda.

Entrado el gobierno federal, aunque se retiró el billete imperial, se emitió un nuevo papel moneda para aligerar las penas del erario. Justo es decir que tampoco funcionó.

El siguiente intento lo realizó el emperador Maximiliano, mandando hacer billetes a cargo del Banco de Londres, México y Sudamérica.

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