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DERECHO PUBLICO Y PRIVADO


Enviado por   •  17 de Febrero de 2015  •  4.335 Palabras (18 Páginas)  •  144 Visitas

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INSTITUDO EDUCATIVO COLIMENSE

DERECHO, SUS RAMAS Y TIPOS

IMPARTIDA POR LIC JOSE GUADALUPE CRUZ HERNANDEZ

REALIZADO POR JEUSUS EMMANUEL GALVEZ LOPEZ

SEPTIEMBRE 2014

INDICE

QUE ES EL DERECHO………………………………………………………………..2

COMO ES EL DERECHO………………………………………………..2

DISIPPLINAS DEL DERECHO PUBLICO……………………………3

DISICIPLINAS DEL DERECHO RPIVADO…………………………….8

BIBLIOGRAFIA…………………………………………………………….

Que es el derecho

El Derecho es el conjunto de normas jurídicas generales positivas que surgen de la sociedad como un producto cultural generada dentro de leyes y que tienen la finalidad de regular la convivencia entre los miembros de esa sociedad—las personas—y de estos con el Estado

Como se hace el derecho?

El derecho se forma desde que existe el ser humano agrupado, esa pregunta es como saber quien fue primero el huevo o la gallina, sin existen hombres agrupados, tiene derechos y obligaciones si no no pueden agruparse es la selva la ley del más fuerte y aun así hablaríamos de leyes la del más fuerte, jajaja, pero creo que el derecho se forma con la necesidad de agrupación del hombre.

II LAS DISCIPLINAS DE DERECHO PÚBLICO

1.Derecho Constitucional.

El derecho Constitucional, en su sentido más amplio, comprende el conocimiento de las fuentes del Derecho, la teoría general del poder político y del Estado, el análisis general y particular de los Derechos Humanos, la historia del constitucionalismo, el derecho comparado constitucional y el estudio concreto de una Constitución en particular.

En su concreción más estricta, debe entenderse por Derecho Constitucional aquel conjunto de normas jurídicas que configuran la estructura y organización del poder político en una sociedad, al tiempo, expresan el conjunto de derechos y deberes fundamentales que se le reconocen al individuo en general, y en particular, a quienes ostentan la condición de nacionales.

En este sentido el principal objeto del Derecho Constitucional es el contenido de la propia Norma Fundamental del Estado, texto escrito de rango superior al resto del ordenamiento denominado Constitución.

La Constitución se configura en todo sistema político como norma rígida. En este sentido puede decirse que toda Constitución tiene por su propia naturaleza una vocación innata de permanencia y de estabilidad.

Se denomina Derecho Constitucional general o Derecho Político, aquel que tiene por objeto el estudio de ese conjunto de órganos e instituciones fundamentales en los que se organiza el poder político del Estado, así como el elenco de los derechos fundamentales de la persona que aquel debe reconocer.

La voz Constitución es una expresión compuesta que procede del latín “cum” y “statuere”, es decir, “ con o para establecer”. Se trata de establecer, normalmente a través de una norma escrita, la organización política del Estado.

La Constitución es, pues, normalmente, un texto escrito que resulta de un acto jurídico o revolucionario de quien representa, u ostenta, en un momento histórico determinado y en un país concreto el poder constituyente.

Las Constituciones pueden ser escritas y no escritas. Responden las primeras a un texto normativo en el que se recogen, por escrito, la organización del Estado y el conjunto de deberes y derechos que en el mismo se reconocen. Su característica básica, es la certeza jurídica, que proporciona. Por el contrario, se habla de Constitución no escrita para referirse a una organización del poder político que no se sustenta en ningún texto específico, sino en costumbres o usos políticos, arraigadamente mantenido. Está última se da actualmente en el Reino Unido.

El Derecho Constitucional estudia la Constitución como forma en que se estructura el Estado y se organiza el Gobierno. En las constituciones de los Estados Democráticos se sigue la llamada división de poderes, formulada por Montesquieu en el S.XVIII. Se distinguen los siguientes poderes:

Legislativo, que tiene como misión elaborar las leyes y que reside en los Parlamentos.

Ejecutivo, que se encarga de aplicar o ejecutar las leyes y dirige la política y la administración pública.

Judicial, cuya función consiste en la interpretación y aplicación de las leyes por los jueces y tribunales de justicia, que deben actuar como órganos imparciales e independientes.

Estos tres poderes se limitan y controlan recíprocamente, del judicial y legislativo ejercen el control del ejecutivo para limitar y reprimir las posibles arbitrariedades y abusos de la Administración.

De acuerdo con el criterio clasificatorio del origen, debe diferenciarse entre Constituciones: otorgadas, impuestas, pactadas , o aprobadas por soberanía popular.

- Constituciones Otorgadas: son aquellas en las que es el Rey, en el ejercicio de poder propio de una Monarquía absoluta, quien concede al pueblo un texto constitucional.

- Constituciones Impuestas: son aquellas en las que es el Parlamento quien procede a imponerlas al Rey. Se ha dado en estados que

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