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DERECHO Y SU INTRODUCCION


Enviado por   •  26 de Mayo de 2017  •  Monografías  •  18.966 Palabras (76 Páginas)  •  161 Visitas

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INTRODUCCION

Desde hace varios años se han venido realizando una serie de cambios en el Sistema Penitenciario Dominicano, buscando erradicar, de una manera paulatina un Sistema Tradicional Vejatorio, Denigrante, Inseguro, donde se vulneran los derechos de los privados de libertad y transformarlo en un Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria que se caracterice por el respecto de los derecho fundamentales de los internos.

Para Dicha transformación se han tenido que tomar una serie de decisiones políticas en aras de poner en práctica un conjunto de decisiones jurídicas que existían desde hace décadas, pero como letra muerta.

Según las personas encargadas de dirigir el Sistema Carcelario, el Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria ha experimentado una serie de cambios para bien de las y los internos que purgan una condena.

Las Autoridades Penitenciarias han publicado en múltiples ocasiones lo grandioso que ha sido el Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria, queriendo dar a entender que se trata de otra ley, pero no es más que la misma ley 224-84 sobre el régimen penitenciario en la Republica Dominicana, pero que fue olvidada por más de dos décadas y que es ahora, producto de las reclamaciones de la sociedad y de las diferentes instituciones tanto nacionales como internacionales que se encargan de la defensa de los derechos humanos, que se ha podido empezar a transformar.

Las Autoridades Penitenciarias trazan una gran línea entre un sistema y otro, no obstante se rigen por la misma ley 224-84 sobre el régimen penitenciario en la Republica Dominicana, dando a entender con eso de que los que se encargan de dirigir el sistema tradicional incumplen la ley, y que en el Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria se actúa de acuerdo a la ley.

CAPITULO I:

ASPECTOS TEORICOS Y METODOLOGICOS DE LA INVESTIGFACION

1.1.- ANTECEDENTES

El proceso de transformación a un nuevo modelo de gestión penitenciario ha pasado por varias etapas con la finalidad de transformar las condiciones deplorables que imperaban en la población carcelaria.

Aunque la privación de libertad como pena en edificaciones diseñadas parar ese fin, pertenece a la época moderna; varios personajes se interesaron por el estudio de la problemática carcelera.

Con la creación de la organización de las naciones unidas y otros organismos internacionales, en la época moderna, se empieza a realizar recomendaciones para que los reclusos recibieran mejor tratamiento en las cárceles.

Nuestro derecho penitenciario tiene sus inicios desde la época Colonial. A partir del 1492, que es cuando nuestros colonizadores arriban a nuestra isla ya el navegante Cristóbal Colon tenía la encomienda de administrar o delegar la administración de justicia en las tierras que descubriese, a través de las Capitulaciones de Santa Fe.

El primer lugar para el alojamiento de los sentenciados o condenados lo constituyo El Fuerte de la Navidad, el cual se edificó con los restos de la Carabela Santa María. En esta fortaleza se dispuso un área para los detenidos.

La Monarquía española, para 1582, ya disponía sobre los presidios y cárceles. Clasifico las mismas para que hombres y mujeres tuvieran cuartos separados de contacto.

Durante la época colonial además de existir disposiciones para que los presos no se maltrataran sin embargo en los lugares destinados para la reclusión existía la multa, la confiscación, el cepo, la corna, los azotes, las marcas de hierro candente, la mutilación entre otros, estas sanciones o castigos dependían de la persona a quien se iba a aplicar y en realidad el recluso corría con muy poca suerte.

Para 1916, con la intervención norteamericana comienza un proceso para organizar nuestro sistema carcelario. Por ejemplo para 1919, mediante la ordenanza 258 del 17 de febrero de ese mismo año, se prohibía el uso de barras, cepos, y cualquier instrumento de tortura o castigo. Otras como la 384 de enero del 1920, disponía que el poder ejecutivo tendría autoridad para conceder indultos, suspensión provisional de condenas entre otros con la finalidad de conceder rehabilitaciones de derechos civiles y políticos de forma absolutas y condicionales, la también la orden ejecutiva no. 435, del mismo año, la cual a opinión del jurista Leoncio Ramos constituye el mayor paso de avance nuestro, en materia penitenciaria.

Es por medio a la aprobación de las reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos en el año del 1955 y con la promulgación de la ley 224-84 que permiten la puesta en ejecución de un nuevo modelo penitenciario.

En adelante pretendemos:

Desarrollar los márgenes de nuestro sistema penitenciario así como el proceso de transformación 2003-2009.

Identificaremos normativas que rige el nuevo modelo penitenciario.

Enumeraremos las diferentes entidades que surgen a raíz del proceso de transformación al nuevo modelo de gestión penitenciaria.

La situación en que se encontraban las cárceles dominicanas antes y después del proceso de transformación al nuevo modelo penitenciario.

1.2.- JUSTIFICACION

Es importante y necesario realizar este tipo de investigación ya que se trata de un tema nuevo y de mucha relevancia en nuestra sociedad actual. Consideramos que la sociedad necesita saber más y estar enterada de los pormenores que han venido ocurriendo en nuestro país con las personas que cumplen condenas y han pasado por el proceso de cambio entre un sistema tradicional y la implementación de un sistema que garantiza y preserva los derechos fundamentales de un ser humano a demás de preparar una sana reinserción en la actividad normal de todo ciudadano.

1.3.- PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Desde los inicios del siglo XVIII surgieron las preocupaciones por el trato que recibían los reclusos en las cárceles. Que hasta años recientes vivían en condiciones de insalubridades e infrahumanas.

En nuestro país a pesar de la promulgación de la ley 224-84 en el año del 1984 no entró en vigencia ese mismo año.

Las continuas torturas y maltratos que recibían los reclusos por los agentes policiales así como el deterioro físico de los recintos penitenciarios

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