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INTRODUCCION AL DERECHO.


Enviado por   •  12 de Mayo de 2016  •  Resúmenes  •  2.384 Palabras (10 Páginas)  •  203 Visitas

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Breve reseña histórica del surgimiento del Derecho
              Al hablar de la historia del derecho se habla del derecho romano, ordenamiento jurídico que rigió a los ciudadanos de Roma y de aquellos instalados en distintos sectores de su Imperio, en un espectro histórico cuyo que va de la fundación de Roma (753 a.C.) y se extiende hasta mediados del siglo VI d.C., época en que tiene lugar la labor compiladora del emperador Justiniano I el conocido desde el Renacimiento como Corpus Iuris Civilis.
El nacimiento del derecho romano se debe entre otras causas a la división existente en la sociedad romana entre patricios y plebeyos, antes del año 451 a. C.-450 a. C., no se conoce un sistema unificado para la península, por eso se toma el derecho griego ático, de donde fueron permeadas algunas disposiciones presentes en la Ley de las XII Tablas.
Las traducciones legales romanas estaban en manos de los patricios y todos los asuntos relacionados con el derecho recaían sobre el Pontifex Maximus, patricio. Los plebeyos desconocían como iban a ser juzgados y los patricios aplicaban la tradición pontifical según convenía a sus intereses. Por ello, una de las reclamaciones plebeyas era la codificación de la tradición en forma de leyes. El Senado acordó enviar una comisión a Grecia para informarse sobre las leyes de las ciudades, y después se decidió la abolición de las magistraturas patricias y del tribunado de la plebe, entregando el poder a una comisión de decenviros, que debían codificar las leyes romanas en un período de un año. Esta comisión elaboró X tablas de leyes justas y favorables a los plebeyos, pero, al no estar terminado el trabajo, se nombró una segunda comisión, más conservadora, elaboró las dos últimas tablas, con leyes antiplebeyas, que prohibían los matrimonios mixtos. Esta comisión intentó perpetuarse en el poder, pero fue depuesta y el sistema de magistraturas empezó a funcionar de nuevo. El resultado fue el primer cuerpo legal conocido y estructurado, Ley de las XII Tablas, del año 451 a.C.
La compilación legislativa se fue realizando de forma acumulativa a través de los Edictos del Pretor. A partir de la Ley de las XII Tablas, los Pretores asumieron la función jurisdiccional y para poder tipificar nuevos casos emitían al inicio de su mandato un Edicto en el que indicaban que era punible, en el que asumían como propios los edictos de pretores anteriores, y corregían o abolían las disposiciones recibidas.
Al principio los pretores eran sólo dos, uno el Urbano, se dedicaba a juzgar los asuntos en los que participasen ciudadanos romanos, el otro, Peregrino, atendía los casos en los que exclusivamente intervinieran no ciudadanos. Los casos tratados eran bastante variados, pero la mayoría derivaban de asuntos comerciales. Así, las relaciones comerciales obligaron a la creación del precedente del derecho contractual, un derecho que obliga a ambas partes, a partir del cual nace el llamado Ius Gentium o Derecho de Gentes.
El sistema legal romano fue complicándose cada vez más, ya que los Tribunos de la Plebe a través de los Comitia Tributa elaboraban Plebiscitos sobre variados asuntos, mientras que el Senado, a través de las resoluciones Senatus Consultum creaba jurisprudencia.


Con el Imperio los emperadores asumieron la función de los Tribunos de la Plebe, les permitió legislar a través de los Edictos y Constituciones imperiales. Los gobernadores provinciales poseían poderes jurisdiccionales y podían emitir leyes propias para sus provincias, pero que podían ser recurridas por los provinciales ante el Senado y/o el Emperador.
El resultado de fue un pesado aparato de leyes de diferentes rangos, muchas contradictorias, hizo necesaria la aparición de los jurisconsultos (o Juristas), trataban de simplificar el conjunto legal y formar doctrina jurídica, que pudiera aplicarse también a los nuevos casos. 
El primer intento de sistematizar totalmente el derecho se debe al emperador oriental Teodosio II, bajo su patrocinio se elaboró el Codex Theodosianus, que sirvió como base para la creación de derecho en los nuevos reinos germánicos que sucedieron al Imperio romano en occidente.
El número de disposiciones legales y de casos no contemplados por el Codex Theodosianus era elevado, por lo que el emperador Justiniano patrocinó la recopilación de todas las disposiciones en el Corpus Iuris Civilis, que consta de los principios generales de derecho, de la colección de opiniones jurídicas de jurisconsultos heredadas del pasado para la consulta de jueces y magistrados en laresolución de casos, del Codex Iustinianus o recopilación de leyes en vigor desde tiempos Republicanos hasta la redacción del Corpus legal de Justiniano, y las Nuevas Leyes , que recogen las leyes emitidas en Bizancio a partir de Justiniano.

Etapa
Fecha
Características
Derecho Antiguo
Fundación a 1 a.C
No hay distinción entre el poder divino y el poder de la ley.
Se daba primacía a la costumbre
Las leyes de las XII tablas
Carácter sacro del derecho
Derecho Clásico
130 a.C. a 230 d.C
Derecho pretoriano
Derecho Postclásico
230 al 527 d. C
Etapa Diocleciana, del 230 al 330
Etapa Constantiniana, del 330 al 430
Etapa Teodosiana, del 430 al 527
Derecho Justinianeo
Desde 527




Etimología de la palabra DERECHO.
La palabra derecho deriva de la voz latina directum, que significa "lo que está conforme a la regla, a la ley, a la norma.
La expresión directum aparece en la Edad Media para definir al derecho con connotaciones morales o religiosas, el derecho "conforme a la recta razón". No todo lo que es lícito es honesto, indica el distanciamiento de las exigencias del derecho respecto a la moral. 
Surge por la influencia estoico-cristiana tras la época del secularizado derecho romano, es la raíz gramatical de la palabra derecho en los sistemas actuales: diritto, italiano; direito, portugués; dreptu, rumano; droit, francés; right, inglés; recht, alemán y en neerlandés.
La separación posterior del binomio ius-directum no pretende estimar que la palabra ius se halle exenta de connotaciones religiosas, en la época romana temprana losaplicadores del derecho fueron, prácticamente de forma exclusiva, los pontífices.


CONCEPTO DEL DERECHO.
Es el conjunto de normas jurídicas que forman un sistema cerrado, las soluciones hay que buscarlas en las propias normas, criterio válido durante mucho tiempo y que hay cierta cuota de certeza que ofrece seguridad jurídica a las relaciones sociales que se desarrollan en ese lugar y tiempo.
En principio, es un conjunto de normas de carácter general, que se dictan para regir sobre toda la sociedad o sectores preestablecidos por las necesidades de la regulación social, que se imponen de forma obligatoria a los destinatarios, y cuyo incumplimiento debe acarrear una sanción o la respuesta del Estado a tales acciones. Estas normas no son resultado solamente de elementos racionales, sino que en su formación inciden otros elementos, como intereses políticos y socioeconómicos, valores y exigencias sociales predominantes, en tanto condicionan una determinada voluntad política y jurídica, que entanto se haga dominante se hace valer a través de las normas de derecho. Esas normas expresan esos valores, conceptos y exigencias, y contendrán los mecanismos para propiciar la realización de los mismos a través de las conductas permitidas, prohibidas o exigidas en las diferentes esferas de la vida social.
El Derecho es un instrumento de organización social, mediante las normas establecidas se encausa el rumbo de las relaciones sociales, se declaran las admitidas o se limitan otras; es regla de conducta, por cuanto define, establece, manda o impide actuaciones; es además medio de solución de conflictos en tanto al ordenar un cauce, ofrece las pautas para la solución, arbitra y prevé los medios para la solución de las reclamaciones y la defensa de los intereses ciudadanos; y es además un factor de conservación y de cambio social, en tanto impone un conjunto de reglas, actuaciones y relaciones o como resultado de su relativa independencia respecto a los fenómenos estructurales, le permiten adelantarse, establecer las nuevas conductas o relaciones que admitirá, sobre las que estimulará su desarrollo. 

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