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DISCURSO PERSUASIVO


Enviado por   •  27 de Febrero de 2013  •  1.934 Palabras (8 Páginas)  •  998 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior

Universidad Bolivariana de Venezuela

Estudio Jurídico

Lenguaje y Argumentación Jurídica

Profesor:

23 Mayo 2011

Discursos Persuasivos

Es el que utiliza el orador jurídico para persuadir o convencer a su audiencia sobre la razón de su causa. La utilización adecuada de este discurso le permitirá al orador jurídico acercarse al éxito.

Se divide en:

 Discursos de Estímulo

 Discursos para Convencer

 Discursos para Motivar

Discursos de Estímulo

Tiene como finalidad despertar las emociones en la audiencia. El mismo no pretende dar nuevos conocimientos, ni alterar las creencias de los oyentes, ni generar acción.

Debe señalarse, que este tipo de discurso se utiliza en bienvenidas a alguna persona especial o por motivos especiales, durante las conmemoraciones de fechas o de hechos importantes, en la despedida de alguien importante que puede representar al país, grupos artísticos, entre otros.

Discurso para Convencer

También se le conoce como discurso de controversia, este discurso pretende llegar al pensamiento del oyente con el fin de cambiar su posición ante un determinado asunto, o reafirmarlo en caso de que existan dudas en su pensamiento.

Estos discursos pueden presentarse en dos formas:

La primera reúne a aquellos que tratan de convencer sobre determinado punto de vista o posición ideal, sin importar que estos puntos de vista atiendan a la verdad o no.

La segunda está constituida por aquellos que persiguen convencer al o los oyentes sobre la conveniencia de adoptar o no, una política o norma que el orador propugna

En este discurso se deben seguir una serie de normas:

 Escoger un tema de interés y significación para la audiencia.

 Presentar puntos de vista opuestos.

 Demostrar la debilidad del punto de vista que el rechaza.

 Resumir las ventajas del punto de vista que propugna y presentarlas al auditorio.

 Entre dos posibilidades presentadas por el orador, este debe indicar el punto de vista que según el conviene adoptar, por otra parte debe explicar de forma lógica la razón por la cual su punto de vista es el más adecuado.

Discursos para Motivar

Es aquel discurso que utiliza el orador para que el oyente actué de una marea determinada. Los fines de este discurso pueden ser:

 Para que el oyente inicie una determinada acción.

 Para que continúe la acción que viene realizando.

 Para que cese de actuar.

Es de señalar que en este discurso el orador pretende persuadir al o los oyentes sobre su intención, es por ello que el orador debe lograr captar la atención del auditorio.

Existen una serie de principios básicos que el orador debe tomar en cuenta algunos de ellos son:

 El orador debe verificar que la audiencia tiene capacidad para la acción.

 No debe dirigirse simultáneamente a audiencias antagónicas.

Visión Trialista del Derecho

Es una teoría jurídica elaborada por el jurista argentino alemán Werner Goldschmidt que sostiene que el fenómeno jurídico es una totalidad compleja que denomina Mundo Jurídico. Se propone así el estudio del Mundo Jurídico mediante el análisis de los tres grandes elementos que lo integran (conductas, normas y valores). La teoría trialista del mundo jurídico sostiene que ese mundo resulta identificable, en definitiva, por las posibilidades de realizar la justicia en la realidad social y en las normas.

Las conductas son comportamientos humanos, las normas son descripciones y captaciones lógicas de las conductas, y el valor justicia se realiza en el mundo jurídico a través de los hombres permitiéndonos valorar las conductas y las normas.

Esta teoría ha dado lugar a una corriente jurídica trialista, con base en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario, en Argentina. Su principal exponente en la actualidad es el Doctor Miguel Ángel Ciuro Caldani.

El trialismo sostiene que el mundo jurídico consta de tres dimensiones integradas, y que cualquier rama de la ciencia jurídica debe reflejar esta Tridimensionalidad. Pero no basta que refleje una cierta estructura trial, también debe mostrar la integración, y esto es no menos importante que lo primero.

El trialismo es una filosofía porque propone una determinada visión orgánica de esas dimensiones. El trialismo sostenido por Goldschmidt puede describirse como realista, con primacía del valor objetivo de justicia y con fundamento teocéntrico.

Cuarto Enfoque del Derecho

El Derecho es, obviamente, un fenómeno muy complejo y que puede contemplarse desde muy diversas perspectivas. En el marco de nuestra cultura jurídica, tres de esos enfoques han tenido, y siguen teniendo, una especial relevancia teórica, estos son: el estructural (da lugar a las diversas formas de normativismo jurídico), el realista o sociológico (pone el énfasis en mostrar que el Derecho no es simplemente lenguaje, normatividad, sino también y sobre todo comportamiento humano y, en particular, comportamiento judicial) y desde la tercera perspectiva, lo que se destaca es lo que podría llamarse la idealidad del Derecho.

Sin embargo es necesario destacar es la posibilidad de un cuarto enfoque que presupone, utiliza y, en cierto modo, da sentido a las anteriores perspectivas teóricas y que conduce, en definitiva, a ver el Derecho como argumentación (aunque, naturalmente,

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