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Dda De Divorcio


Enviado por   •  10 de Septiembre de 2014  •  1.878 Palabras (8 Páginas)  •  252 Visitas

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EXP.:

ESP. LEGAL:

CUADERNO: PRINCIPAL

ESCRITO: 01

SUMILLA: DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE FAMILIA DE CUSCO.

OSCAR ORIHUELA MATOS, identificado con DNI. No. 20095552, con domicilio real en la Av. Mariscal Castilla No.2010, y asimismo señalando como domicilio procesal en el Jr. Lima No.290 Distrito de Huancayo, a Ud. digo:

Que recurro ante su despacho con la finalidad de interponer en ACUMULACION OBJETIVA ORIGINARIA DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL DE IMPOSIBILIDAD DE HACER VIDA EN COMÚN Y SEPARACION DE HECHO, dirigiendo la presente demanda contra mi cónyuge Doña MARIA CASTRO SOTO, a quien se le notificará en el Jr. José Olaya No.350 del Distrito de Chilca de la Provincia de Huancayo del Departamento de Junín, y también contra el MINISTERIO PÚBLICO conforme al Art.481 del Código Procesal Civil, el mismo que deberá ser notificado en su domicilio procesal sito en la Av. Próceres No.233 El Tambo-Huancayo.

I.-PETITORIO:

Que acudo ante vuestro Despacho a fin de interponer la presente demanda con las siguientes pretensiones:

PRETENSIÓN PRINCIPAL

Que interpongo DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL DE SEPARACION DE HECHO Y POR CAUSAL DE IMPOSIBILIDAD DE HACER VIDA EN COMÚN, acción que la dirijo contra mi cónyuge doña MARIA CASTRO SOTO y contra el MINISTERIO PÚBLICO conforme al Art.481 del Código Procesal Civil, a fin de que el Órgano Jurisdiccional DECLARE LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre ambos.

PRETENSIONES ACCESORIOS

EXONERACION DE ALIMENTOS.

Solicito se me exonere de la prestación alimenticia que le corresponde a la demandada equivalente al 40% del haber mensual, toda vez que es una mujer joven de 40 años, sin incapacidad ni absoluta ni relativa, sin cargas familiares por lo que bien puede trabajar.

LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES.

Solicito la División y Partición, declarándose el 50% de derechos y acciones del bien inmueble ubicado en el Jr. José Gálvez No.222 Distrito Provincia de Huancayo, del Departamento de Junin, Inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble con Código de Predio Nº P01048875.

III.- FUNDAMENTOS DE HECHO:

RESPECTO A LA PRETENSIÓN PRINCIPAL.

1.- Que, el demandante contrajo matrimonio con la demandada Doña ROSARIO CASAS SOTO el día 28 de Julio de 2000 por ante la Municipalidad de Huancayo.

2.- Que desde los primeros años de nuestra vida conyugal e incluso desde antes de casarnos la demandada no supo prodigarme cariño y afecto sincero, por el contrario fue el recurrente el que siempre brindó comprensión, cariño y estimación, persistiendo con la esperanza que un día cambiaría y me llegaría a querer, pues ya percibía sus desprecios, su desdén e indiferencia.

3.- Con los años la situación empeoró, las discusiones eran constantes, lo cual provoco que las ofensas sean mutuas, llegando la demandada en el año 2003 al extremo de mantener relaciones sexuales con un sujeto de nombre ROBERTO BELLIDO CASTRO el mismo en el que deposité mi confianza y apadriné, a su menor hijo por lo que confiado le permití el acercamiento con mi familia, mientras yo me dedicaba a trabajar en mi centro laboral, sin pensar que la demandada infiel aprovechaba mi ausencia para acostarse con el mencionado sujeto y cuando descubrí dicha relación por intermedio de otras personas allegadas y vecinos, la demandada no dudó en aceptarlo aduciendo que jamás me amó y que además yo era viejo y que sólo se casó por necesidad conmigo.

4.- Durante nuestra vida marital fueron varias las ocasiones en las que la demandada adoptó conductas reprochables, tal es así que me agredió en varias oportunidades delante de mi familia y amigos, en los compromisos sociales a los que asistíamos, y en los que siempre andaba disgustada por andar conmigo, su nivel cultural tal vez no le permitía comprender que sus conductas eran inapropiadas, pues tan solo tiene secundaria incompleta.

5.- Desde el 20 de Febrero del año 2003, el recurrente no hace vida en común con la demandada, por cuanto debido a su infidelidad la parte demandada opto por Abandonar el hogar conyugal., es así que a la fecha de interposición de la presente acción son mas de 08 años de separación de hecho que llevo con la parte demandada, la misma que queda corroborada por la Denuncia Policial que realice en su debida oportunidad ante la Comisaria de Huancayo por ABANDONO DE HOGAR.

6.- Señor Juez, por lo expuesto también es de concluirse que este matrimonio es completamente ficticio y por lo tanto ES IMPOSIBLE HACER VIDA EN COMÚN con la demandada, dado a que en este matrimonio jamás existió ni existirán los pilares fundamentales del matrimonio como son: el amor, la comprensión, el respeto mutuo y la cohabitación, muy por el contrario al no haber existido respeto, dicho matrimonio jamás tuvo un norte como institución, convirtiéndose sólo en una realidad sobre el papel, es decir es un matrimonio ficticio que sólo genera problemas de diversa índole como psicológicos en lo que respecta al desarrollo emocional de las personas, económicos por la vigencia de la sociedad de gananciales en la práctica disfuncional, y a todas luces absurda; y sociales, porque distorsiona el concepto de familia. Es injusto que tenga que vivir bajo un mismo “techo legal” con alguien que nunca me quiso y que sin embargo debo mantenerme atado a ello por razones nobles y en contra de mi voluntad.

7.- Que por último debo decir, que esta incompatibilidad de caracteres, es completamente manifiesta y permanente plasmado en todos los procesos judiciales y en cada uno de los actos que realiza la demandada lo cual nos lleva a concluir que definitivamente es IMPOSIBLE HACER VIDA COMÚN.

RESPECTOS

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