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Delitos Fiscales


Enviado por   •  10 de Noviembre de 2011  •  1.505 Palabras (7 Páginas)  •  1.426 Visitas

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Introducción

En este trabajo se expone en que consisten los delitos fiscales, así mismo se

Señalan las leyes que los rigen, y las penas impuestas para el caso de faltar a

Las mismas o adecuarse a lo descrito en ellas, todo ello con la finalidad

de poder comprender estos delitos, la integración de los mismos, sus

elementos y de esta forma obtener un conocimiento adecuado que nos permita

en un futuro, realizarnos adecuadamente dentro de nuestro campo laboral y

también se nos permite tener un panorama mas amplio de saber, que nos

permita entender situaciones de la vida diaria y términos que se manejan

Cotidianamente.

Delitos fiscales

Es importante conocer en primer lugar que podemos entender por delitos fiscales, y se definen como los Delitos cometidos contra la Hacienda Pública, que consisten en defraudar a la Hacienda Pública, eludiendo el pago de cualquier cantidad, disfrutando de beneficios inmerecidos, y otras conductas recogidas en el Código Penal.[1]

De este concepto pues, podemos entender que en el caso de los delitos fiscales el bien jurídico protegido es la hacienda publica como tal.

Pero, ¿quiénes pueden cometer delitos fiscales?

Los sujetos que pueden cometer delitos fiscales son los responsables fiscales, entendiendo estos como toda entidad a la que la ley señala una obligación.

Esta obligación puede ser de variada índole; de ahí que los responsables fiscales también son de diversa índole; algunos serán sujetos pasivos, otros serán entidades que se coloquen en la circunstancia que la ley prevea, sin que su responsabilidad sea de un sujeto pasivo.

Aquí la imputación tiene el sentido de integración al patrimonio y no de adjudicación a una persona.

Para lo anterior, es necesario que se defina el patrimonio en el sentido que debe dársele en la materia fiscal. En nuestra materia es de interés que se defina el patrimonio como conjunto de bienes y obligaciones organizados recíprocamente para un fin determinado.

También, íntimamente ligado con el estudio de la responsabilidad en materia fiscal, se encuentra el de la capacidad necesaria para ser responsable fiscal y aún para ser sujeto pasivo de contribuciones.

Es conocido de todos los estudiosos del derecho fiscal que la capacidad necesaria para ser sujeto pasivo del impuesto es la "tributaria" que, como apunta Mario Pugliese, es una circunstancia derivada de la realización del hecho generador.

Mucho se discute acerca de este tema; pero tomando en cuenta nuestro derecho y, nos encontramos que no es necesario ser persona física o moral para ser sujeto pasivo del impuesto, pues se acepta como tal el patrimonio afectación.

Los delitos fiscales se contemplan en los artículos 92 al 115 del Código Fiscal de la Federación. Los delitos fiscales son de querellas necesarias pues su contenido es de carácter Económico, por lo tanto, si el presunto responsable no cumple con sus obligaciones ante el fisco, será este quien presente la querella en contra de esa persona.

Sin embargo hay delitos fiscales que se persiguen de oficio por el ministerio publico como son: el encubrimiento, la distribución de sellos, la alteración de maquinas registradoras en oficinas fiscales y la posesión de marbetes de manera ilegal (artículos 96 al 11 3 del Código Fiscal de la Federación)

Clasificación de los delitos

1.- Delito de Evasión. -Como ejemplo tenemos el contrabando, la evasión fiscal y la sustracción de mercancías en recintos oficiales (fiscales)

2. Delito por Incumplimiento de los Deberes Fiscales

Son los relacionados con el RFC y tenemos entre otros: la omisión de la presentación de declaraciones, el referente ala contabilidad de los rompimientos de sellos y alteraciones de maquinas registradoras, la posesión ilegal de marbetes y el lavado del dinero.

3. Delito por apoyo al sujeto principal.- Tenemos entre otros al encubrimiento.[2]

De forma general los delitos enunciados por el Código Fiscal de la Federación son los siguientes:

a) Encubrimiento (artículo 96); Es responsable de encubrimiento en los delitos fiscales quien, sin previo acuerdo y sin haber participado en él, después de la ejecución del delito:

I. Con ánimo de lucro adquiera, reciba, traslade u oculte el objeto del delito a sabiendas de que provenía de éste, o si de acuerdo con las circunstancias debía presumir su ilegítima procedencia, o ayude a otro a los mismos fines.

II. Ayude en cualquier forma al inculpado a eludir las investigaciones de la autoridad o a sustraerse de la acción de ésta, u oculte, altere, destruya o haga desaparecer las huellas, pruebas o instrumentos del delito o asegure para el inculpado el objeto o provecho del mismo.

El encubrimiento a que se refiere este Artículo se sancionará con prisión de tres meses a seis años.

b) De la autoría o participación de funcionarios o empleados públicos (artículo 97);

c) Contrabando (artículo 102); Comete delito de contrabando quien introduzca al país o extraiga de él mercancías:

I) Omitiendo el pago de los impuestos que debe cubrir.

II)

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