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Demanda de obligación de dar suma de dinero,


Enviado por   •  2 de Noviembre de 2015  •  Apuntes  •  1.261 Palabras (6 Páginas)  •  272 Visitas

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EXP.

ESPECIALISTA

CUADERNO: Principal

ESCRITO: N° 1

SUMILLA: INTERPONE DEMANDA

SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE LIMA

PAULA CAROLINA SANTOS DÍAZ, identificada con DNI N° 09993476, con domicilio real en Calle Bellas Artes N° 139 Dpto. 304, Lima, señalando domicilio procesal la Casilla N° 19505 de la Central de Notificaciones del Poder Judicial de Lima, a Ud. Atentamente digo:

I.- PETITORIO

Que mediante el presente escrito interpongo DEMANDA DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, en contra de CONSTRUCTORA E INMOBILLIARIA IMAGEN DEL FUTURO S.A.C., identificada con Ruc N° 20516114119 y representado por el señor GERARDO ALIAGA LUNA identificado con DNI N° 09242579, a quien deberá notificársele en su domicilio en JR. LAS CRUCINELAS N° 1215, URB LAS FLORES DE LIMA DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA,  a fin de que cumpla con pagarme la suma de US$20,000.00 (VEINTE MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS) con los intereses legales que correspondan mas las costas y costos del proceso.

II.- FUNDAMENTOS DE HECHO

Resulta Señor Juez que el día 27 de Abril de 2011 suscribí una Minuta de Compra venta de Bien futuro con la CONSTRUCTORA E INMOBILLIARIA IMAGEN DEL FUTURO S.A.C. representada por el señor GERARDO ALIAGA LUNA, para la transferencia de propiedad del inmueble ubicado en el lote 20 de la Manzana G1 con frente a la calle ocho (Departamento 101 y su estacionamiento N° 04), Urbanización Loyola- ampliación de la primera etapa Distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima, cuyos antecedentes registrales se encuentran inscritos en la Partida N° 44575892, siendo el precio pactado de US$ 113,000.00 (CIENTO TRECE MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS); para tal efecto le entregué una cuota inicial de US$ 20,000.00 (VEINTE MIL CON 00/100 AMERICANOS) mediante una transferencia bancaria a la cuenta de la demandada sin mas constancia que la firma de ambas partes al final de la mencionada Minuta en señal de conformidad, y el saldo correspondiente a la suma de US$ 93,000.00 (NOVENTA Y TRES MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS) serían entregados mediante un cheque de gerencia no negociable a nombre de la demandada a la firma de la Escritura Pública, sin señalar una fecha exacta para el cumplimiento del pago, según consta en la cláusula Quinta punto 2 de la Minuta, obteniendo el dinero mediante un crédito hipotecario que yo gestionaría ante una entidad bancaria, sin señalar una fecha exacta para el cumplimiento del pago; no obstante el 20 de Mayo de 2011 (a 23 días de suscrito el contrato) comuniqué a la demandada que mi crédito había sido aprobado por el banco HSBC y que por ser un bien futuro el banco iba a abrir una cuenta a nombre de la demandada y el monto iba a ser retenido hasta que se cumpla con inscribir la declaratoria de fábrica y su correspondiente independización en los Registros Públicos.

Dicha situación no fue aceptada por la demandada a lo que me envía una carta notarial el 02 de Junio de 2011 exigiéndome que cumpla con el pago del monto restante otorgándome un plazo de 15 días calendarios, con mucha preocupación por mi parte ya que yo venía cumpliendo con mi parte del contrato como compradora me acerqué a conversar con la demandada y el 12 de Julio de 2011 llegué a un acuerdo con la demandada que yo le pagaba S/. 15,000.00 (QUINCE MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) y ella a su vez me iba a entregar las llaves del departamento, para lo cual íbamos a incluir una Addenda en el contrato, llegado el momento de firmar la Addenda la demandada desconoce el trato y me envía una nueva carta notarial el 19 de Julio de 2011 para que cumpla con el pago restante y me otorga por última vez un plazo de 15 días, señalando la resolución del contrato por incumplimiento y que se quedaría con el 20% de lo entregado, lo cual es completamente erróneo y falta de fundamento ya que yo en ningún momento he incumplido con el pago,  es la demandada la que no quiso aceptar la condición del banco HSBC, remitiéndoles yo una nueva carta notarial con fecha 23 de Julio de 2011 señalándole que es la inmobiliaria la que está incumpliendo con el contrato debido a lo siguiente:

1.- Que no me han entregado las llaves del departamento en el plazo señalado en la minuta o sea a los 19 días naturales de la firma de la misma conforme consta en su cláusula sexta,  

2.- No aceptar la condición del banco HSBC ya que el dinero para la cancelación del departamento iba a estar a su nombre en una cuenta retenido hasta que cumpla como se pactó en la minuta la inscripción de la declaratoria de fábrica y su independización en los Registros Públicos,

3.- Por los múltiples acuerdos llegados desconociéndolos a último momento.

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