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Derecho Administrativo


Enviado por   •  10 de Octubre de 2013  •  3.470 Palabras (14 Páginas)  •  306 Visitas

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I.- DERECHO ADMINISTRATIVO

ETIMOLOGIA.-

Administrare: servir gestionar o manejar

DEFINICIÓN

 Es la rama Derecho Público Interno que comprende la organización y la actividad de lo que se llama corrientemente la administración.

 Es el conjunto de normas del Derecho Público Interno que regulan la organización y actividad de las administraciones públicas.

 Es la ciencia jurídica que estudia los principios y normas que regulan la organización y la actividad de la administración publica para el correcto funcionamiento de los servicios públicos.

CARACTERES

 Tiene carácter público.- Porque es una relación permanente y recíproca del estado con la colectividad a la que debe servir; pero de la que, a su vez, exige respeto, acatamiento y comprensión.

 Es fundamentalmente dinámico.- Está en constante acción normativa y operativa. Debe tender siempre a evolucionar y perfeccionarse en armonía, con la coherencia y oportunidad que exigen los conceptos y necesidades del momento.

 Tiene un contenido esencialmente humanista.- Porque toda su acción y su desarrollo emana de los seres humanos y va hacia ellos, donde funcionarios y servidores, con sus necesidades y frustraciones, sus conocimientos y experiencias, virtudes y defectos, actúan a través de su potestad reglada y su potestad discrecional.

 Tiene un carácter de autotutela.- Puesto que el ente administrativo emite normas para su actuación y funcionamiento.

 Tiene un carácter Local.- El derecho administrativo emite normas que regulan relaciones de determinada jurisdicción.

FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO.-

En términos generales, se designan así al conjunto de conocimientos escritos y no escritos que el derecho administrativo ha empleado para surgir y desarrollarse.

FUENTES FORMALES.-

 LA LEY.- Es la norma emana del congreso cuya finalidad es regular las actividades atribuciones y responsabilidades establecidas en la constitución política del estado.

Comprendida dentro de esta a la Constitución puesto que esta es la ley de leyes, la Ley formal es un acto exclusivo de uno o varios poderes, desde la iniciativa hasta su promulgación, en cambio la ley material es aquella que contiene una norma de derecho objetivo.

 DECRETOS LEGISLATIVOS.- La norma emitida por el poder ejecutivo de acuerdo a una delegación de facultades concedida por el poder legislativo.

 DECRETOS LEYES.- Normas expedidas por el poder ejecutivo en circunstancias especiales de emergencia u otros casos

 ORDENANZAS MUNICIPALES.-Normas de carácter local emitidas por los gobiernos locales para regular determinadas situaciones.

 REGLAMENTO.- Formalmente es un conjunto de actos administrativos pues casi de modo absoluto proviene del poder administrador.

Son aquellas normas que como su nombre lo indica reglamentan una norma o una ley de carácter general.

 PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO.-Son las grandes constantes culturales que fluyen y orientan a una sociedad determinada, normas de carácter general, son líneas directrices que inspiran el sentido de la norma

 DERECHO COMPARADO.- Es producto del método comparativo de la ciencia jurídica que nos lleva a dar distintos conceptos y amplios el derecho interno o nacional propendiendo que se recoja instituciones de otros ordenamientos.

 LA JURISPRUDENCIA.- Se integra con las resoluciones reiteradas y uniformes que se expiden de las autoridades jurisdiccionales competentes para resolver casos específicos, que después pueden servir de modelo o antecedente, en otros casos análogos.

Esta fuente tiene tres acepciones: LA JUDICIAL Es el conjunto de la sentencias de los jueces de diferente nivel y sobre materias de su competencia traduciendo de este modo la interpretación de la ley sobre lo actuado en autos. LA ADMINISTRATIVA Es la suma de resoluciones emitidos por funcionarios o otro órgano de diversa jerarquía y también sobre asuntos que le son propios y LA CONSTITUCIONAL son los actos resolutorios o de inaplicabilidad que emite el tribunal Constitucional de modo exclusivo.

 LOS TRATADOS.- Es el concierto de voluntades entre dos o mas estados en torno a problemas de trascendencia notoria

Los tratados Internacionales firmados por el Perú con otros estados forman parte del derecho nacional , y cuando se produzca un conflicto entre el tratado y la ley p prevalece el tratado por la única razón que se trata de la voluntad concertada de dos países que en el ámbito internacional gozan de personalidad internacional.

Todo tratado debe ser aprobado por el congreso sin cuyo requisito no podrá ser ratificado por el presidente. Sin embargo el Presidente puede aprobar o adherirse a convenios sin el requisito de al aprobación cuando el tratado verse sobre materias de su competencia.

 La Doctrina.- Son los principios generales del derecho y las diferentes corrientes de pensamiento. Es la fuente más rica y mas calificada del derecho administrativo, puesto que de sus conceptos fundamentales surgen todas las ramas del derecho.

 La Costumbre.- Llamado también el derecho consuetudinario es una fuente que proviene de cada realidad y tiene una larga secuencia cronológica que le da respetabilidad y sedimentación social

Se refiere a aquellos actos o procedimientos, no escritos, que los funcionarios han venido repitiendo año tras año, con algún fundamento legal o sin él.

PRECEDENTES ADMINISTRATIVOS

 Son aquellos actos que al resolver casos particulares interpreten de modo expreso y con carácter general la legislación.

 Para ser de observancia obligatoria deben reunir:

 Debe estar considerado como un acto administrativo, es decir debe ser emitido por la autoridad competente, a través del cual se crea modifica y extingue o interpreta derechos de un particular

 Los criterios de interpretación no deben ser modificados

 Dichos actos deben ser publicados.

II.- LA ADMINISTRACION PÚBLICA

Por administración se entiende el conjunto de órganos encargados de cumplir las múltiples intervenciones del estado moderno y de prestar los servicios que el estado atiende. Al analizar la definición aparece un aspecto instrumental orgánico (Por ello habla de órganos , dependencias, oficinas etc.) y otro finalista (el aparato administrativo existe para ejercitar la intervención estatal y para atender a la prestación de los servicios a su cargo)

La Administración Pública "es una organización que el Estado utiliza para canalizar adecuadamente demandas sociales y satisfacerlas, a través de la transformación de recursos públicos en acciones modificadoras de la realidad, mediante la producción de bienes, servicios y regulaciones".

Entonces podemos decir que la administración pública es la maquinaria operativa del estado, su razón de existir es servir a la colectividad, con el propósito de brindarles bienestar

De manera general, podemos decir que la administración pública es la encargada de cumplir con la función administrativa del Estado. Para ello, la administración pública desarrolla las siguientes actividades:

a) Actividad de policía:

Consiste en la obligación de establecer y mantener la seguridad y el orden. Para tal efecto, la administración pública puede establecer limitaciones y otorgar licencias o autorizaciones para el desarrollo de determinadas actividades.

b) Actividad Prestacional:

Consiste en la administración de los servicios públicos, entendidos como servicios de carácter esencial para la población. Esta función no significa que la administración pública prestará de manera directa los servicios pues puede recurrir a entidades del sector privado para tal efecto. En estos casos deberá desarrollar una actividad de fiscalización y control encaminada a asegurar la satisfacción de las necesidades de la colectividad.

c) Actividad de fomento:

Esta función se refiere a la promoción de la realización de determinadas actividades que son de interés público, por parte de las entidades de la administración pública.

d) Actividad normativa:

La Administración emite continuamente normas jurídicas. Parte de ellas constituyen una expresión de su función de reglamentar las leyes emitidas por el Congreso. Asimismo, emite normas de distinto nivel o rango para establecer sus propios procedimientos y reglas de actuación, así como para establecer obligaciones y derechos de los administrados en el marco de la Constitución y de las leyes.

e) Actividad de sanción:

La administración se encuentra facultada para aplicar sanciones a los particulares en el caso de la comisión de infracciones.

PRINCIPIOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

 PRINCIPIO DE LEGALIDAD.- La actuación de la administración pública debe estar de acuerdo con la constitución y las leyes.

 PRINCIPIO DE IGUALDAD.- La administración pública no debe discriminar en razón de las personas, sino en razón de las situaciones.

 PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURIDICA.- La función administrativa debe permitir al estado realizar sus objetivos nacionales , previniendo los conflictos de los administrados dentro un marco jurídico preestablecido.

 PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD POR ACTOS ARBITRARIOS.- Los funcionarios y servidores públicos responden por los actos que realicen y que sean contrarios a la legalidad. En ese contexto la responsabilidad puede ser civil, penal o administrativa.

III.- FUNCION PÚBLICA

Todo estado requiere un gobierno, así como este necesita de funcionarios que asuman y personifiquen el poder del estado, por ello, se considera a la función pública como la actividad destinada a realizar y cautelar los intereses de la nación, actividad que deriva del poder del estado o de sus fines.

Conjunto de actividades que ejercen los funcionarios y servidores del estado, a efectos de que se verifiquen las responsabilidades asignadas por la organización estatal según la constitución y las leyes.

IV.- SERVICIO PUBLICO

Servicio.- Su finalidad es satisfacer necesidades

Público.- Por que estas necesidades satisfechas son para toda una colectividad, entonces podremos decir que el servicio público es toda acción realizada por la administración publica activa, directa o indirecta para la satisfacción concreta de necesidades colectivas.

Es una actividad que realiza el estado para la satisfacción de necesidades colectivas de interés general.

A partir de ello podemos señalar que el servicio público constituye una prestación de naturaleza esencial para la comunidad que debe presentarse de manera continua y regular, garantizando que su acceso se dé en condiciones de igualdad.

La naturaleza esencial del servicio público se encuentra en el fundamento de la disposición con tenida e n el artículo 58º de la Constitución que señala que una de las funciones del Estado es actuar en el área de los servicios públicos. Ello no significa que la prestación de los

servicios públicos deba estar a cargo del propio Estado, toda vez que éste puede optar por encargar su prestación a entidades particulares, sino que el Estado tiene la obligación de garantizar su prestación.

De este modo, aun cuando el Estado haya decidido que la prestación del servicio esté a cargo de un particular, tiene la obligación de intervenir a través de la supervisión y de la regulación.

ELEMENTOS DEL SERVICIO PUBLICO Son los siguientes;

a) Prestación.- Es la actividad orientada a satisfacer una necesidad colectiva. Esta acción o prestación se pode de manifiesto en dos formas:

- Acción general.- cuando se trata de impedir una epidemia en base a estudios teóricos y de laboratorio.

- Acción específica.- cuando se procede a vacunar a un sector de la población por ejemplo.

b) Necesidad colectiva.- Es la existencia de una necesidad de carácter colectivo que se refiere a los problemas que atañen a la colectividad y que el estado está obligado a resolver.

c) Existencia de un sistema jurídico norrmativo.- Es la base legal para que en cada caso la administración pueda tomar las acciones que fueren pertinentes.

d) Organismo estatal encargado de actuar como función permanente.- Este organismo es quien tiene la competencia y obligación de realizar los servicios públicos que le concierne.

CARACTERES JURIDICOS.-

 GENERALIDAD.- Comprende a todos o cuando menos una mayoría de los administrados.

 IGUALDAD.- Se atiende las necesidades de la población sin ningun tipo de discriminación.

 REGULARIDAD.- Se pretende un funcionamiento normal sin interrupciones mal sanas.

 CONTINUIDAD.- De acuerdo con la propia naturaleza del servicio este tiene una prolongación temporal, indefinida o muy larga.

 INEMBARGABILIDAD.- Prerrogativa del estado que lo pone a salvo de contingencias económicas jurídicas. No obstante las personas jurídicas de derecho publico interno no disfrutan de este privilegio que solo es para el estado mismo aunque a veces hay excepción expresa

CARACTERISTICAS DEL SERVICIO PUBLICO.-

 Es una actividad.- Se realiza a través de una acción o prestación.

 Representa una necesidad de carácter colectivo.- Se debe cumplir de manera general uniforme regular y continua.

 Esta regulado por un sistema jurídico normativo.- En el se establecen sus características básicas y procedimientos de control respecto de su funcionamiento, en razón del interés que existe para su realización.

 Existe un organismo estatal encargado de actuar permanentemente.- Es prestado por una entidad oficial de la administración publica o por una entidad privada a quien el estado le ha confiado la función de administrar a nombre suyo.

CLASIFICACION.-

• SERVICIOS PUBLICOS PUROS.- Son aquellos que el estado ejecuta por si mismo y los otorga gratuitamente por que esta financiado con ingresos propios. Ejem. Los caminos, la política de planificación familiar, educación estatal, carreteras etc.

• SERVICIO PUBLICO PROPIO.- Son los que el estado otorgas a través de sus dependencias y se obtiene mediante el pago de derechos o tarifas . Ejem. Los impuestos por alumbrado publico, la expedición de partidas de nacimiento etc.

• SERVICIOS PUBLICOS IMPROPIOS.- Son prestados por entidades particulares, los cuales interesan y atienden ciertas necesidades de la colectividad Ejem. Los servicios de transporte colectivo, los servicios de telefonía etc.

V.- SERVIDORES DEL ESTADO.-

CONCEPTO.- Son servidores del estado los ciudadanos que prestan su servicio en beneficio de la nación, pueden ser elegidos o designados para desempeñar funciones o cargos públicos asignados por ley, remunerados y dentro de una relación de subordinación jerárquica

CLASES

A.- FUNCIONARIOS PÚBLICO.-

Se considera funcionario público al ciudadano que es elegido o designado por la autoridad competente, conforme al ordenamiento legal para desempeñar cargos del mas alto nivel en los poderes públicos y organismos autónomos ya que legal o administrativamente esta facultado para resolver asuntos de su competencia, es decir tiene capacidad de decisión.

Los funcionarios que representan al estado pueden ser:

 Los Ministros de Estado

 Los jefes de los Organismos Autónomos

 Los Magistrados del poder Judicial

 Los Miembros del tribunal Constitucional

 Los Miembros del Ministerio Publico

 Los Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura

 Los Miembros del Jurado Nacional de Elecciones, ONPE, RENIEC

 Alcaldes y regidores

 Jefes de Organismos Públicos descentralizados

 El defensor del Pueblo. Etc.

La constitución establece en su articulo 42 cuatro clases de funcionarios del estado:

- Funcionario que desempeña cargos políticos.- Son aquellos que han sido elegidos directamente por el pueblo. A su vez, estos designan a otros para ocupar cargos de decisión política.

- Funcionarios que desempeñan cargos de confianza.- El cargo de confianza es una responsabilidad dada a una persona que no se somete a concurso ni adquiere estabilidad laboral. Dura lo que dura la confianza de quien lo nombro. Cuando ella se pierde la persona puede renunciar o puede ser destituida sin derecho a la permanencia. Debido a esta inestabilidad los cargos de confianza están expresamente señalados en las leyes.

- Funcionarios con poder de decisión.- Son aquellos que desempeñan cargos Directivos, que legal y administrativamente están facultados para decidir y resolver a través de actos administrativos los asuntos de su competencia.

- Funcionarios que desempeña cargos de dirección.- Son aquellos que están dentro de la escala jerárquica estructural dentro de la entidad y por lo tanto únicos responsables de ejecutar las decisiones dadas por la jerarquía. Es una modalidad de funcionarios con poder de decisión

SERVIDOR PÚBLICO

Se considera servidor publico al ciudadano en ejercicio que presta servicio en entidades de la administración publica con nombramiento o contrato de autoridad competente, con las formalidades de ley, y sujeto a retribución remunerativa permanente en periodos regulares.

Los servidores pueden ingresar hacer carrera como:

- NOMBRADOS.- Son los que han ingresado a la carrera publica mediante concurso publico.

- CONTRATADOS.- Son los que se encuentran sujetos a las condiciones de un contrato administrativo, así como a un periodo de duración.

Únicamente el servidor nombrado se sujeta a la carrera administrativa. El servidor designado para ejercer cargo de confianza no interrumpe su carrera, en consecuencia, la plaza correspondiente al nivel de carrera de este no puede ser suprimida ni ocupada mediante nombramiento.

DEBERES Y DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES PUBLICOS.-

• DEDICACION AL CARGO.- Entrega conciente en el desempeño de la función que se le ha asignado.

• SECRETO O RESERVA.- Aquel trabajador del estado que en razón de su cargo conozca de un asunto que por su naturaleza deberá mantener oculta.

• EL INCUMPLIMIENTO DE DEBERES SE SANCIONA ADMINISTRATIVAMENTE.- Cuando el servidor publico comete alguna falta a este se le podrá aperturar un proceso administrativo y después de ello, si se le encuentra responsable o no podrá ser sancionado de acuerdo a ley.

• RESIDENCIA.- El trabajador deberá habitar en el lugar donde se ejercen las funciones y no distante de el.

• GARANTIA.- Quienes manejan fondos del estado deben prestar garantía en dinero, títulos, hipoteca etc.

• DIGNIDAD EN LA CONDUCTA.- Los empleados se conducirán dignamente en el desempeño de su cargo y en su vida social.

• CONTINUIDAD EN EL SERVICIO.- Mientras no hay legalmente un reemplazo.

• OBEDIENCIA.- Cumplir las ordenes implantadas por su superior

• PAZ LABORAL.- Nada mejor que observar lealtad y buen trato hacia el publico, compañeros de trabajo y otros.

• ESTABILIDAD Y CARRERA PUBLICA.- Ningún trabajador puede ser cesado ni destituido sino por causa prevista en la ley

• DESCANSO:

 Vacaciones.- Son de 30 días remuneradas

 Permisos.- Liberalidades que no han de afectar la fluidez del despacho por su corto tiempo de duración.

 Licencias.- Son ausencias de los trabajadores temporalmente largos o prolongados.

 Licencia sindical.

 Licencia por enfermedad o incapacidad.

 Licencia por asuntos particulares.

 Licencia por perfeccionamiento profesional

 Licencia por fallecimiento del cónyuge padre e hijos.

• ASOCIACION.- El trabajador puede asociarse dentro de su centro laboral

• SINDICALIZACION Y HUELGA.-Derecho reconocido plenamente por el estado no pudiendo impedirse ni obstaculizarse puesto que la constitución lo ampara.

• PETICION RECLAMACION Y DEFENSA.- Toda persona tiene derecho a formular peticiones en forma individual ante la autoridad competente la que esta obligado a dar al interesado una respuesta en el plazo legal.

• REMUNERACIÓN.- El trabajador tiene derecho a recibir una remuneración por compensación del trabajo realizado.

N° Término Concepto técnico Concepto aplicando Lenguaje Claro

1 Cuadro para Asignación de Personal Documento de gestión institucional que contiene los cargos definidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones. Tiene por finalidad establecer la correcta definición de los cargos necesarios para el óptimo funcionamiento de la entidad, acorde a los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública. Documento de gestión institucional que contiene los cargos definidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF. Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM y artículo 5 del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM.

2 EL Plan Operativo Institucional (POI) Instrumento normativo de gestión institucional que tiene como fin armonizar y concertar los objetivos estratégicos, asimismo expresa la programación de actividades operativas que se esperan alcanzar durante el año fiscal, a fin de asegurar la racionalidad de la gestión gubernamental y la optimización en la utilización de los recursos presupuestales disponibles. Los Planes Operativos Institucionales reflejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica. Artículo 71.3 Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

3 Manual de Organización y Funciones Documento normativo que describe las funciones específicas a nivel de cargo o puesto de trabajo desarrolladas a partir d ela estructura orgánica y funcines generales establecidads enel Reglametno de Organización y Funciones, así como en base a los requerimientos de cargos considerados en el Cuado para Asignación de Personal. Documento que describe las funciones de cada cargo, los requisitos específicos del puesto y determina la ubicación de cada cargo dentro de la organización (responde a la estructura establecida en el Cuadro de Asignación de Personal).

4 Manual de Procedimientos Es un documento descriptivo y de sistematización normativa, teniendo también un carácter instructivo e informativo. Contiene en forma detallada, las acciones que se siguen en la ejecución de los procesos generados para el cumplimiento de las funciones y deberá guardar coherencia con los respectivos dispositivos legales y/o administrativos, que regulan el funcionamiento de la entidad. Además sirven como elementos de análisis para desarrollar estudios de racionalización. Documento que describe detalladamente las acciones necesarias para la ejecución de los distintos procesos que se llevan a cabo en una entidad para el cumplimiento de sus objetivos y funciones.

6 Procedimiento administrativo Es un conjunto de actos y diligencias tramitados ante la entidad, conducentes a la emisión de un acto administrativo que produzca efectos jurídicos individuales o individualizables sobre intereses, obligaciones o derechos del administrado sea éste persona natural o jurídica, pública o privada. Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM.

7 Reglamento de Organización y Funciones Es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas, de los órganos y unidad orgánicos y establece sus relaciones y responsabilidades. (Artículo 5 del Decreto Supremo N° 043-2004-PCM). Documento que establece la organización y las funciones de las entidades del Estado.

9 Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA Documento de gestión institucional creado para brindar a los administrados o ciudadanos en general la información sobre todos los procedimientos administrativos que se tramitan ante las entidades. Documento que informa a la ciudadanía sobre todos los procedimientos necesarios para realizar un trámite ante una entidad

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