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Derecho Administrativo


Enviado por   •  29 de Septiembre de 2013  •  2.197 Palabras (9 Páginas)  •  214 Visitas

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LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA

CAPÍTULO I

Objeto y Definiciones de la Ley, Reglas Generales y Ejecutores del Gasto

objeto

Artículo 1.- La presente Ley es de orden público, y tiene por objeto reglamentar los artículos 74

fracción IV, 75, 126, 127 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de programación, presupuestación, aprobación, ejercicio, control y evaluación de los ingresos y egresos públicos federales.

Los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta Ley deberán observar que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género.

Denominación

Artículo 2.- Para efectos de esta Ley, se entenderá por:

I. Actividad institucional: las acciones sustantivas o de apoyo que realizan los ejecutores de gasto con el fin de dar cumplimiento a los objetivos y metas contenidos en los programas, de conformidad con las atribuciones que les señala su respectiva ley orgánica o el ordenamiento jurídico que les es aplicable;

II. Adecuaciones presupuestarias: las modificaciones a las estructuras funcional programática,

administrativa, y económica, a los calendarios de presupuesto y las ampliaciones y reducciones al

Presupuesto de Egresos o a los flujos de efectivo correspondientes, siempre que permitan un mejor cumplimiento de los objetivos de los programas a cargo de los ejecutores de gasto;

III. Ahorro presupuestario: los remanentes de recursos del presupuesto modificado una vez que se

hayan cumplido las metas establecidas;

IV. Auditoría: la Auditoría Superior de la Federación;

V. Clasificador por objeto del gasto: el instrumento que permite registrar de manera ordenada,

sistemática y homogénea las compras, los pagos y las erogaciones autorizados en capítulos, conceptos y partidas con base en la clasificación económica del gasto. Este clasificador permite formular y aprobar el proyecto de Presupuesto de Egresos desde la perspectiva económica y dar seguimiento a su ejercicio;

VI. Cuenta Pública: la Cuenta de la Hacienda Pública Federal;

VII. Déficit presupuestario: el financiamiento que cubre la diferencia entre los montos previstos en la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos y aquélla entre los ingresos y los gastos en los

presupuestos de las entidades;

VIII. Dependencias: las Secretarías de Estado y los Departamentos Administrativos, incluyendo a sus respectivos órganos administrativos desconcentrados, así como la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Asimismo, aquellos ejecutores de gasto a quienes se les otorga un tratamiento equivalente en los términos del artículo 4 de esta Ley;

IX. Dependencias coordinadoras de sector: las dependencias que designe el Ejecutivo Federal en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para orientar y coordinar la planeación, programación, presupuestación, ejercicio y evaluación del gasto de las entidades que queden ubicadas en el sector bajo su coordinación;

X. Economías: los remanentes de recursos no devengados del presupuesto modificado;

XI. Eficacia en la aplicación del gasto público: lograr en el ejercicio fiscal los objetivos y las metas

programadas en los términos de esta Ley y demás disposiciones aplicables;

XII. Eficiencia en el ejercicio del gasto público: el ejercicio del Presupuesto de Egresos en tiempo y

forma, en los términos de esta Ley y demás disposiciones aplicables;

XIII. Ejecutores de gasto: los Poderes Legislativo y Judicial, los entes autónomos a los que se asignen recursos del Presupuesto de Egresos a través de los ramos autónomos, así como las dependencias y entidades, que realizan las erogaciones a que se refiere el artículo 4 de esta Ley con cargo al Presupuesto de Egresos;

XIV. Endeudamiento neto: la diferencia entre las disposiciones y amortizaciones efectuadas de las

obligaciones constitutivas de deuda pública, al cierre del ejercicio fiscal;

XV. Entes autónomos: las personas de derecho público de carácter federal con autonomía en el

ejercicio de sus funciones y en su administración, creadas por disposición expresa de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a las que se asignen recursos del Presupuesto de Egresos a través de los ramos autónomos;

XVI. Entidades: los organismos descentralizados, empresas de participación estatal y fideicomisos

públicos, que de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal sean

considerados entidades paraestatales;

XVII. Entidades coordinadas: las entidades que el Ejecutivo Federal agrupe en los sectores

coordinados por las dependencias, en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública

Federal;

XVIII. Entidades no coordinadas: las entidades que no se encuentren agrupadas en los sectores

coordinados por las dependencias;

XIX. Entidades de control directo: las entidades cuyos ingresos están comprendidos en su totalidad en la Ley de Ingresos y sus egresos forman parte del gasto neto total;

XX. Entidades de control indirecto: las entidades cuyos ingresos propios no están comprendidos en la Ley de Ingresos, y sus egresos no forman parte del gasto neto total, salvo aquellos subsidios y

transferencias que en su caso reciban;

...

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