Derecho De Obligaciones
hmarin25 de Septiembre de 2011
2.232 Palabras (9 Páginas)740 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Misión Sucre – Universidad Bolivariana de Venezuela
Programa de Formación Grado en Estudios Jurídicos
Estado Falcón
Regulaciones Jurídicas de las Relaciones Privadas
(Derecho de Obligaciones)
Autor:
Henry Marín Flores
Santa Ana de Coro, abril 2011
ÍNDICE
Página
Introducción………………………………………………………….. 3
Obligaciones………………………………………………………… 6
Definiciones…………………………………………………........... 6
Concepto Jurídico de Obligación…………………………. 6
Origen histórico del Concepto de Obligación……………. 7
Características………………………………………………………. 7
Elementos Constitutivos de la Relación Obligacional………….. 8
Estructura de la Relación Obligacional – Sujetos………… 9
Vínculo Jurídico………………………………………………. 10
Objeto de Prestación………………………………………… 10
Causa………………………………………………………… 10
Clasificación de las Obligaciones………………………………… 11
Obligaciones Divisibles……………………………………………. 12
Obligaciones Indivisibles………………………………………….. 13
Referencias Consultadas………………………………………….
Introducción
Derecho de Obligaciones. “Obligación” deriva del latín “obligatio” y, a su vez, del verbo “obligare”, que significa sujeción física o moral. La obligación se concentra en 2 ámbitos, diferenciándose en la exigibilidad del contrato:* Obligación de carácter jurídico: son las obligaciones voluntarias contractuales, que son las que derivan de un orden normal de relaciones de derecho preestablecidas (obligaciones patrimoniales). Obligación de carácter no jurídico: son aquellas que derivan derechos particulares y concretos que no son hechos jurídicos. Ej: la obligación de ser buen ciudadano. Es de resaltar que las obligaciones de carácter jurídico: representan un interés privado y exclusivo. Asimismo, constituyen un vínculo de naturaleza transitoria porque una vez que el vendedor vende y el comprador compra se acaba la obligación. También es de resaltar que para el caso de incumplimiento de la obligación se puede hacer efectiva por un equivalente económico que se obtiene del patrimonio del deudor. Cuando se incumple una obligación, el acreedor se dirige contra el patrimonio del deudor y se obtiene un equivalente.
Es de significar que antes de dar inicio al estudio de obligaciones (Derecho de Obligaciones), es importante resaltar qué es el Derecho. Derecho es un conjunto de normas que regulan las relaciones que surgen entre las personas con el fin de lograr la paz social y la justicia. Es el conjunto de normas que establecen reglas de conducta que deben ser cumplidas por los sujetos bajo sanción de ser cumplidas mediante la coacción o fuerza pública.
Igualmente es de destacar que el Derecho se divide en Derecho Público, Derecho Privado y Derecho Social o Mixto. Para ubicar al derecho de obligaciones sólo interesa diferenciar al derecho público del privado.
El Derecho Público es el conjunto de normas que regula las relaciones que surgen o que tiene el Estado con los ciudadanos. Se encarga de regular o establecer la organización del Estado así como el funcionamiento de cada uno de los órganos estatales. Es el conjunto de reglas o preceptos que tiene por finalidad regular los intereses generales de todos los individuos de la comunidad.
El Derecho Privado, por el contrario, es el conjunto de normas que tiene por finalidad regular los intereses particulares de los individuos, es decir, regula las relaciones que surgen o que mantienen los particulares entre si.
En el presente trabajo como se comentó en la parte inicial, se trata el tema la obligaciones que no es más que un vínculo derecho por el cual una o varias personas están obligadas a dar hacer o no hacer una cosa, además se abordará los requisitos esenciales de las obligaciones, las características de las obligaciones, las fuentes de la obligaciones.
Finalmente, se tratará de manera sucinta los contratos que no es más que un convenio entre una o varias personas por medio del cual se obligan con respecto a una o varias otras a dar, hacer o no hacer una cosa, hablaremos también de la clasificación de la clasificación de los contratos definiendo cada uno de ellos.
Obligaciones (definiciones):
Autores como Ambroise Colin y Henry Capitant definen la obligación como un vínculo de derecho por el cual una o varias personas determinadas está obligadas a dar, hacer o no hacer algo respecto de otra u otras personas, en virtud de un contrato, cuasicontrato, delito, cuasidelito o la ley, mientras que Josserand, en su obra de Derecho civil define la obligación como una relación jurídica que asigna a una o a varias personas, la posición de deudores, frente a otras u otras, que desempeñan el papel de acreedores y respectos de las cuales están obligadas a una prestación ya positiva (obligación de dar o hacer) ya negativa (obligación de no hacer); en este sentido se considera dos partes:
1. El acreedor y desde cuyo punto de vista se considera la obligación como un crédito.
2. El deudor para el cual la obligación resulta una deuda.
Existe una tercera acepción en el aspecto notarial, mediante la cual considera como obligación el escrito mismo que se formaliza para comprobar la existencia del contrato.
Concepto Jurídico de Obligación.
Se mezclan dos ideas: la idea de deber y la idea de responsabilidad. Las cuales están taxativamente inscritas en el Código Civil Venezolano en su Título III. De las Obligaciones, Capítulo I. De las Obligaciones, Capítulo II. De las Diversas Especies de Obligaciones.
Luego de conocer cuáles son los elementos que componen e intervienen en una relación obligacional se puede decir que la obligación es todo vínculo jurídico abstracto – todo nexo -, que existe entre dos sujetos, uno llamado deudor o sujeto pasivo que debe cumplir con dar, hacer o no hacer algo - en provecho – beneficio - o para satisfacer los intereses del otro sujeto llamado acreedor o sujeto activo, que tiene el derecho o la facultad de exigir el cumplimiento de dicha prestación.
Origen Histórico del Concepto de Obligación.
El concepto de obligación en Derecho Romano estaba ligado a la costumbre en cuanto a los delitos. En principio el delito generaba la llamada “vindicta” (la venganza). Sin embargo, las partes podían llegar a un acuerdo mediante el cual evitaban los efectos de la venganza privada mediante el pago de una compensación. En el primitivo Derecho Romano, la venganza significaba un poder directo sobre la persona del deudor que quedaba bajo el poder del acreedor. A partir de la “Lex Poetelia” se produjo el desplazamiento de la responsabilidad de la persona del deudor, hasta su patrimonio, de manera que era el patrimonio el que respondía ante el cumplimiento de la obligación.
Característica:
Es conveniente al exponer las características de las Obligaciones, analizarla desde el punto de vista de los derechos reales y personales; la obligación constituye un derecho personal que pone en relación con dos o varia personas, se realiza en círculo limitado, contrario al derecho real que es un derecho absoluto y produce efectos Erga Omnes, contra todos donde sus posibilidades de alcance son ilimitadas, oponible a todos.
Otra característica es que el titular de derecho real puede hacer uso de el de manera
...