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Derecho Mercantil

velizondo9 de Septiembre de 2013

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Unidad 1 “Derecho Mercantil”

1.1- Conceptos del derecho mercantil.

Es el sistema de normas jurídicas que determinan su campo de aplicación mediante la calificación de mercantiles dada a ciertos actos, regulan éstos y la profesión de quienes se dedican a celebrarlos.

“El derecho mercantil como aquella rama del derecho privado, que resulta del conjunto de normas que regulan las relaciones entre particulares consideradas mercantiles por el legislador” Valeri.

“El derecho mercantil como aquel que regula las relaciones de los particulares nacidos de la industria mercantil o asimiladas a ella, en cuanto a su régimen y ejecución judicial” Rocco.

“Regula los actos de comercio pertenecientes a la explotación de industrias mercantiles organizadas y los realizados ocasionalmente por comerciantes y no comerciantes, que el legislador considera mercantiles, así como el estatuto del comerciante individual y social y los estados de anormalidad en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales” Garrigues.

“El derecho comercial es la parte del derecho privado relativa a las operaciones jurídicas realizadas por los comerciantes; sea entre sí; sea con sus clientes. El derecho comercial rige también los actos de comercio sin consideración a la persona de su autor” Ripert.

“El derecho privado especial de los comerciantes “Heinsheimer.

“Rama del derecho privado que regula los actos de comercio, la organización de las empresas, la actividad del comerciante, individual y colectivo, y los negocios que recaigan sobre las cosas mercantiles” Barrera Graf.

El derecho mercantil está constituido por un sistema de normas jurídicas que se aplican a determinados actos legalmente considerados de naturaleza comercial. Las relaciones entre particulares, que desde el punto de vista legal son actos de comercio, pues se encuentran sometidas a las normas de derecho mercantil.

El acto mercantil, en el derecho, comprende un conjunto de actividades que exceden, con mucho, al concepto de comercio, desde el punto de vista económico; porque en él se incluye un conjunto de actividades productoras de bienes y servicios, que son calificadas como actos comerciales, aunque las actividades de producción de bienes y servicios no sean actividades del tráfico mercantil, si no industrial.

Se encarga de estructurar la organización comercial actual y de fijar las condiciones propias de la normativa jurídica vinculada a los empresarios, tal es la denominación que reciben todos los sujetos que desarrollan actividades vinculadas al comercio.

Además de todo lo expuesto es importante también que reconozcamos lo indispensable del Derecho Mercantil en nuestra sociedad ya que ejerce un papel fundamental no sólo en el desarrollo económico sino también en el político y, por supuesto, en el social. Ello lo logra interviniendo directamente en la producción de bienes y servicios que son los encargados de satisfacer las necesidades del ser humano.

1.2- Surgimiento del derecho mercantil.

La aparición del comercio no coincide, históricamente, con el surgimiento del derecho mercantil.

Desde la época del hombre prehistórico, y a raíz del abandono del nomadismo y la aparición de la agricultura, surge el comercio en forma de exceso de producción, ya sea excedentes alimenticios, ropajes o utensilios y varias herramientas. Todo esto era a base del trueque, que tal vez en sí mismo no puede ser calificado de mercantil, pero que tiene como necesaria consecuencia el comercio, aunque este sistema carecía de suficientes medios para satisfacer a todo ámbito social. No todos aceptaban un producto a cambio de otro, era difícil cuantificar el intercambio, pues siempre existía el miedo a ser estafado o que el intercambio mercantil no fuese lo beneficioso que se esperaba por ambos lados.

Por esto se desarrolló un sistema mercantil de comercio más sencillo y fácil de entender para todos. Se empezó a utilizar la moneda, con los diferentes valores de las monedas era posible hacer una buena cuantificación de los bienes que satisficiera a todos los componentes de este sistema mercantil.

En la edad media al comercio resurgió a consecuencia de las cruzadas, que no solo abrieron vías de comunicación con el cercano Oriente, sino que provocaron un intercambio de los productos de los distintos países europeos. Principalmente en muchas ciudades italianas, debido a su privilegiada posición geográfica, las operaciones mercantiles alcanzaron un gran auge.

Mientras que el derecho mercantil medioeval se encuentra el origen en muchas instituciones comerciales contemporáneas: el registro de comercio, las sociedades mercantiles y la letra de cambio.

1.3- Historia del derecho mercantil.

Surge el Derecho Mercantil en la Edad Media como consecuencia de la

necesidad de reglas especiales más rigurosas y de tramitación más rápida que

las vigentes en el Derecho Civil, el cual regulaba las actividades mercantiles; se

crean por lo tanto reglas especiales distintas al del Derecho común, naciendo

un Derecho de excepción que inicialmente solo se aplica a los comerciantes

miembros de gremios y corporaciones, que se inscribían en ellos, y que en

función de tal matriculación resultaban amparados por las nuevas reglas;

después las reglas se ampliaron para comprender a los clientes que

comerciaban con ellos, dando lugar a los primeros textos del nuevo derecho:

Los estatutos las Ordenanzas de ciudades y villas, y como consecuencia los

tribunales de comercio y la jurisdicción comercial para dirimir los conflictos entre

los comerciantes y entre estos y sus clientes.

ELDERECHO/ROMANO.

En los primero siglos de Roma, el Derecho para ejercer el comercio aparece no

solo como una facultad que se concede no sólo a los ciudadanos romanos, sino

también a los extranjeros que llegaban a roma o que se domiciliaban ahí,

porque las relaciones de los ciudadanos con los extranjeros, los romanos no

aplicaron su propia Ley ni la extranjera sino que aplicaron normas comunes que

vendrían a constituir una forma de Derecho Internacional y formaría uno de los

elementos del Ius gentium, que era el conjunto de normas que los romanos

tenían en común con los demás pueblos, que era carente de los formalismos del

Ius civile. El Ius gentium regulaba las relaciones económicas y comerciales

entre los pueblos mediterráneos; es erróneo considerar que las reglas

concernientes al comercio, contenidas en el Ius gentium, hayan constituido un

derecho unificado y homogéneo. En realidad, se encuentran normas aplicables

al comercio, pero no una distinción entre el Derecho Civil y el Derecho

Mercantil, ya que no se reconoció un derecho particular aplicable a una casta

comerciante, ni un derecho que determinara esos actos jurídicos de carácter

comercial al encontrarse los jurisconsultos ante esta situación trataron de

señalar las reglas de estas instituciones, independientemente de las

personas y el fin que se llevara a cabo. Por lo cual fueron escasas las normas al

comercio.

Al desarrollarse el derecho Mercantil, se independiza del tradicional Derecho

Civil, y se afirma como una rama autónoma en virtud de notas propias que lo

caracterizan y que lo distinguen del Civil, su carácter uniforme y tendencia

cosmopolita, la ausencia de formalidades y la especulación propia de los

negocios-comerciales.

Los Banqueros eran personas de gran poder económico, con influencia política.

Las operaciones de cambio tuvieron un desarrollo, debido al hecho de la

concurrencia al mercado de Roma de los comerciantes de otras regiones,

quienes querían cambiar sus monedas en monedas romanas. Proliferaron las

casas de cambio, las cuales no se concretaron a su actividad, sino también

efectuaron todas las operaciones bancarias por lo cual surgió la contabilidad.

EL DERECHO MERCANTIL EN MÉXICO:

Fue notable el desarrollo del

comercio entre los aztecas y la organización que lo regulaba; el comercio local

se efectuaba en mercados o "tianguis" una vez por semana, por ejemplo el de

Texcoco y Tlatelolco, en esos mercados había personas encargadas de vigilar

el orden y la aplicación de los reglamentos. El comercio exterior lo realizaban

los "pochtecas" que recorrían grandes distancias, utilizando como cargadores a

personas llamadas "tamemes". Conocían la monea y utilizaban como medios

para realizar sus transacciones comerciales, el cacao, plumas, telas y polvo de

oro. Existían corporaciones de mercaderes indígenas que constituían una clase

poderosa y altamente estimada por los servicios que prestaban. La regulación

de comercio era diferente a la que regía en materia Civil, existiendo tribunales

especiales para mercaderes.

Durante la Colonia, las leyes que estuvieron en vigor tanto en materia Penal

como Civil y Mercantil eran en su totalidad españolas; en materia civil existían

las ordenanzas de Bilbao que siguieron vigentes una vez consumada la

Independencia, con las modificaciones pertinentes

...

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