ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Privado II


Enviado por   •  21 de Febrero de 2014  •  27.243 Palabras (109 Páginas)  •  214 Visitas

Página 1 de 109

HECHOS JURIDICOS

Son los acontecimientos de algo que ocurre, que se puede ubicar en un espacio.

Pueden provocar la adquisición, transferencia, modificación o extinsion de derechos y obligaciones.

• Extincion: Desaparece el derecho o la obligación y nadie lo podría volver a tener, distito será la perdida donde el derecho o la obligación sigue existiendo.

• Transferencia: Cambia el sujeto o alguno de ellos.

• Modificacion: Puede cambiar el objeto.

Clasificacion de los hechos

• Hecho externos o natural

• Hechos humanos o actos

Hechos externos o naturales: No interviene la mano del hombre. Por ejemplo granizo.

Hechos humanos o actos : En ellos interviene el hombre, se los llama actos.

ACTOS

Los actos pueden ser voluntarios y involuntarios

1)Voluntarios

1.A)Condiciones internas:

• Disernimiento: Inteligencia, facultad de diferenciar lo que esta bien de lo que esta mal.

• Intencion: Es el propósito

• Libertad: Facultad de poder optar.

Se tienen que dar estas 3 condiciones, si faltase 1 sera involuntario.

Vicios de las condiciones internas

Discernimiento:

• Insanidad: Puede ser originaria o adquirida, esta ultima refiere a que a raíz de un trauma la persona no pudieses distinguir lo que esta bien de lo que esta mal.

• Inmadurez: Podra ser licito (menor de 14 años. Menor impuber) o ilícito (Menos de 10 años)

Intención:

• Error (conocimiento equivocado) o ignorancia (ausencia de conocimiento). Haya error o ignorancia el efecto será el mismo.

• Dolo de un tercero: Engaño.

Libertad:

• Violencia física: Hay contacto.

• Violencia moral: Intimidación o amenaza. No hay contacto.

1.B) Condiciones externas

Como se exterioriza el acto volkuntario, hay distintas maneras:

• Signo.

• Escrito.

• Oral.

• Presuncion.

• Silencio (art 919). Existen 3 excepciones: Relaciones de familia, relaciones comerciales y obligación legal.

Excepciones

• Relaciones de familia: En el caso de denuncia por paternidad, el silencio indica aceptación (el juez lo tiene por padre)

Juicio de impugnación de paternidad: en caso de silencio, de no ser el padre, se deberá iniciar el juicio de impugnación del paternidad.

• Relaciones comerciales: Seguros.

• Obligación legal de expedirse: Firma, si no fuese la mia y hay silencio, el juez la toma como verdadera.

Actos licitos e ilícitos

Si el acto es voluntario podrá ser licito o ilícito:

Licitos: No están prohibidos por la ley

• Simplemente licitos: Aquellos actos voluntarios que no producen efectos en forma directa.

• Actos jurídicos (art 944): Actos voluntarios licitos que producent efectos en forma directa.

Ilicitos:

-Contrario a la ley (en sentido material)

-Debe haber un daño (menoscavo patrimonial), es el elemento mas importante porque si no hay daño no hay hecho ilicitio civil.

- Daño emergente: Daño efectivamente sufrido.

- Lucro cesante: La ganancia que se deja de percibir.

- Daño moral: Valor del sufrimiento.

-Imputabilidad: Imputar = atribuir. No solo basta que se cause un daño, sino que ademas se le debe atribuir a alguien.

- Subjetiva: Dolo: con intencion de dañar, cuando es causado con dolo se le llama delito o culpa: es un cuasidelito, puede ser a traves de la negligencia (hacer de menos) o impericia (hacer de mas)

- Objetiva: No se actua con dolo ni con culpa pero mi cosa ocaciona un daño (art 1113)

-Relacion de causalidad: Relacion que hay entre el hecho y el daño

2) Involuntarios: Cuando falta por lo menos 1 de las condiciones internas. En principio no genera obligación de indemnizar, salvo cuando asi el juez lo considere por razones de equidad.

Disernimiento: Adopta un sistema rigido, es decir, si una persona tiene 18 años años y actua como un niño (mientas no sea producto de un retaso mental) se lo juzgara como una persona de 18 años.

Condiciones externas: Deben tener las siguientes caracteristicas:

• Emitida.

• Dirigida.

• Perceptible (la otra persona debe poder entenderlo)

Sistema de condiciones externas:

• Sistema frances: Prevalece lo querido sobre lo declarado.

• Sistema aleman: Prevalece lo declarado por sobre la voluntad interna de las partes.

Nuestro codigo adopta ambos sistemas, para los contratos por ejemplo prevalece el sistema aleman y para los testamentos prevalece el sistema frances.

ACTO JURIDICO

-Tienen una causa

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (175.2 Kb)  
Leer 108 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com