Derecho Registral. Concepto. Contenido. Caracteres
darianyerApuntes28 de Enero de 2016
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TEMA N°: 1: Derecho Registral. Concepto. Contenido. Caracteres. Divisiones. Posiciones doctrinales en cuanto a su ubicación. Sistemas Registrales. Origen del Sistema Registral Venezolano.
Recopilación y adaptación al programa de Derecho Registral III semestre UBA realizada por ANTONIO J. PINO
1.- ANTECEDENTES HISTORICOS:
→ Tiene su origen en la Real Pragmática del 31-01-1768
- Redactada por Campomanes y Floridablanca
- Instaura en España los Oficios o Contadurías de Hipotecasquedebían ser llevados por los escribanos del Ayuntamiento.
- Estos libros eran de características muy similares a loscreados en 1539, pero por primera vez la legislación registral tieneéxito, y se logra el buen funcionamiento de las Contadurías, que sonel antecedente inmediato del actual Registro Español.
- Se amplía el ámbito de los actos sujetos a registro, entrelos cuales podemos mencionar:
a) imposiciones, ventas y redenciones de censos y tributos;
b) venta de bienes raíces gravados con cargas;
c) fianzas en que se hipotecasen especialmente tales bienes;
d) fundaciones de mayorazgos y obras pías;
e) constituciones de hipotecas y su liberación o redención.
→La pragmática de Carlos IIIestablecía plazos para el registro de los actos, y que los documentosno inscritos no podían hacerse valer en juicio.
- Llega a las colonias americanas con los llamados “Oficios de Anotación”
→La primera Ley de Registro en Venezuela fue la de 1.826
→Ley de Registro del 05-08-1909 →dá a la Corte Federal y de Casación la facultad para resolver las dudas sobre su interpretación.
→Ley de Registro Público de 1.999
→NORMATIVA ACTUAL GENERAL:
- Arts. 1.913 al 1.928 del Código Civil
→Especial referencia Art. 1.923 y 1.924:
- instrumentos privados NO pueden registrarse, si la firma de los contratantes, o de aquel contra quien obran, no han sido autenticadas o comprobadas judicialmente.(1.923)
- Documentos, actos y sentencias que la ley sujeta a las formalidades del registro y que no hayan sido anteriormente registrados, no tienen ningún efecto contra terceros, que por cualquier título hayan adquirido y conservado legalmente derechos sobre el inmueble. (1.924)
Ambas normas están correlacionadas con el Art. 1920 ejusdem y 45 L.R.P.N
- Ley de Registro Público del 22-12-2006
- Ley Orgánica de Registro Civil del 15-09-2009
2.- CONCEPTO:
→Autores como Alberto Molinaro, Herrera Cavero, Cabanellas y Martínez Alegría coinciden en establecer que el mismo es una institución que cumple una importante función de servicio público y que tiene por finalidad garantizar y fortalecer los diferentes actos y contratos erga omnes, según sea el organismo registral que los ampare.
→Así, por ejemplo, sostiene Calvo Baca, la nueva Ley de registro Público y del Notariado, contempla la siguiente estructura del sistema registral y notarial en Venezuela:
- El Registro Público→tiene por objeto la inscripción y anotación de los actos y negocios jurídicos relativos al dominio y demás derechos reales que afecten los bienes inmuebles.
- El Registro Mercantil→que sirve para los comerciantes.
- El Registro Principal(Art. 64 L.R.P.N) →integrado por Registros territoriales y un Registro Principal Central.
→cuya organización estará definida en el Reglamento correspondiente.
- El Notariado→referido a actos, hechos y declaraciones.
3.- CONTENIDO:
→ Es abarcado las materias que estudia esta disciplina jurídica, las cuales son:
3.1- Los principios registrales
3.2- Los sistemas registrales
3.3- El conjunto de registros o instituciones registrales a que se contraen los Arts. 1.913 al 1928 CCv, Parágrafo Primero Art. 200 Código de Comercio, otras leyes y los Arts. 45, 51 y 56 L.R.P.N
3.4- La publicidad registral, la cual comprende los organismos que la efectúan, su procedimiento, los hechos jurídicos objeto de la misma y sus efectos.
4.- CARACTERISTICAS:
→ES UN DERECHO LEGITIMADOR TANTO DE PERSONAS COMO DE BIENES:
→Impone la credibilidad en el Registro.
→Contiene la única verdad jurídica, tanto interpartes como frente a terceros, con prescindencia de la buena o mala fé.
→ES UN DERECHO PROTECTOR:
→Lo que expresan los asientos registrales se reputa como exacto.
→El contenido del registro prevalece frente a la realidad jurídica discordante.
→ES UN DERECHO REGULADOR DE LA PUBLICIDAD:
→Tiende a dar conocimiento a los interesados de un hecho, acto o negocio jurídico.
→La publicidad registral se extiende tanto a las personas como a los bienes.
→ESTA INTEGRADO TANTO POR NORMAS DE NATURALEZA FORMAL COMO POR NORMAS DE NATURALEZA MATERIAL:
→No hay dudas acerca de que el Derecho Registral es en parte de naturaleza formal (establece la exigencia de requisitos para la ocurrencia de determinados actos); como tampoco la hay de que la forma registral (asientos registrales) deriva consecuencias materiales.
→La inscripción registral no puede ser considerada como un mero requisito externo o de forma.
→No puede desconocerse que en el Derecho Inmobiliario Registral existe un gran contenido de derecho sustantivo o material cuya amplitud dependerá del grado o alcance con que sean regulados los principios de fé pública, legitimación y sobre todo el de inscripción.
5.- DIVISIONES:
→Partiendo de la base de que:
a) el Registro es una institución de carácter público, ya que es el Estado el encargado de organizarlos;
b) que el Derecho Registral comprende el estudio de la publicidad registral de los hechos jurídicos, los cuales pueden referirse a personas o bienes, podemos dividirlo así:
Naturales o físicas (Art. 16 CCv)
(Registro Civil)
Relativo a las
Personas
Jurídicas o Morales (Art.19 CCv)
(Registro Mercantil)
Muebles(Arts. 525,531, 532 y 533 CCv)
(Registro Mobiliario) (Registro de Hipoteca MobiliariayPrenda sin desplazamiento deposesión)(Arts. 78 al 86 LHMPSD)
Relativo a los
Bienes
Inmuebles (Arts. 525,526, 527, 528, 529 y 530
CCv) (Registro Inmobiliario ahoraRegistro
Público)
5.1-DERECHO REGISTRAL RELATIVO A LAS PERSONAS:
5.1.1- RELATIVO A LAS PERSONAS NATURALES O FISICAS:
→En Venezuela se denomina Registro Civil
→FINALIDAD:
→Fuente de información sobre el estado civil de las personas.
→Suministrar los medios probatorios para demostrar el estado de las mismas.
→En atención a que el Registro Civil fue integrado al Poder Electoral, será éste quien se encargue de su organización, dirección y supervisión.(Art. 16 LORC)
→Resoluciones 070516-671 del CNE de fecha 16-05-2007 (G.O. Nº: 38.696del 01-06-2007) y 071219-2951/2008 del CNE de fecha 19-12-2007
5.1.2- RELATIVO A LAS PERSONAS JURIDICAS O MORALES:
→En Venezuela se denomina Registro Mercantil
→Es obligatorio para las sociedades mercantiles que se establezcan, las cuales se rigen por el Código de Comercio (Art. 19 CCv)
→FINALIDAD:
→dejar constancia de las operaciones y de los actos de comercio, para que surtan plenos efectos contra terceros.
→dar fe sobre la legalidad de los negocios, actos y contratos.
→ OBJETO: (Art. 51 LRPN)
→la inscripción de los comerciantes individuales y sociales y demás sujetos señalados por la ley, así como la inscripción de los actos y contratos relativos a los mismos, de conformidad con la ley.
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