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Derecho Seguros


Enviado por   •  22 de Septiembre de 2013  •  1.531 Palabras (7 Páginas)  •  455 Visitas

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NOTAS ESPECIALIZACION DERECHO DE SEGUROS:

MODULO 1: ASPECTOS GENERALES DEL CONTRATO DE SEGUROS.

Profesor: Esteban Londoño Hincapié.

• CONTENIDO:

A) Historia del seguro

B) Definir el contrato de seguros

C) Características del contrato de seguros

1. Consensual

2. Bilateral

3. Oneroso

4. Aleatorio

5. De ejecución sucesiva

6. Carácter indemnizatorio

7. Intituo personae

8. De adhesión

9. Ubérrima buena fe

D) Elementos esenciales del contrato de seguro

1. Riesgo asegurable

2. Interés asegurable

3. Prima

4. Obligación condicional del asegurador

• EVALUACION:

- 33% examen escrito, martes: 26/07/2011

- 33% examen oral público, jueves: 28/07/2011

- 33% participación y asistencia

• BIBLIOGRAFIA:

- Teoría general del seguro editorial Temis año 1991 autor Ossa, J. Efren.

- Hernan Fabio Lopez Blanco su libro comentarios al contrato de seguros edición 2010 es de pasta azul, la edición 2008 es de pasta amarilla.

- Lecciones de Derecho de seguros de Andres Ordoñez son 3 libros.

- Seguros: temas esenciales editorial ECOE año 2005 es un libro de la universidad de la sabana y es una recopilación de varios autores.

- Tratado de derecho de seguros, de carlos Ignacio Jaramillo solo ha salido el primer tomo un libro de la universidad javeriana.

- Traer código de comercio.

A) HISTORIA DE LOS SEGUROS:

La primera aproximación fue en Egipto con la plata común que colocaban las personas para cuando alguien muriera. La primera manifestación del contrato de seguros se dio con el seguro marítimo, y el primer registro se tiene de Italia.

En 1666 hubo un gran incendio en Londres y por primera vez dijeron que se debía pensar en el seguro como institución financiera y la primera aseguradora del mundo fue la Lloyds y con ella nació el sector asegurador, hace 344 años nació la primera aseguradora en el mundo y en Colombia 136 años.

En el año 1971 nace el nuevo código de comercio y allí se le dio una regulación codificada al contrato de seguros. Luego llego la reforma al sistema financiero con la ley 45 del 90, luego la ley 387 del 97.

B) DEFINICION DE SEGURO:

Una aseguradora es una natillera tecnificada.

El nombre inicial con el que nacieron los seguros es mutualidad. Entonces el seguro es: un contrato, parte de un concepto de solidaridad, es una institución financiera el seguro es una institución técnica que descansa en la palabra riesgo y el riesgo es probabilidad. La probabilidad es la medida de la posibilidad y la diferencia es que la posibilidad es un criterio subjetivo y la probabilidad es un criterio objetivo, de aquí que el seguro hay que diferenciarlo del azar, porque el azar proviene de una amenaza no cuantificada. Mientras que la probabilidad mira el riesgo y este es cuantificado.

La probabilidad alimenta 3 conceptos: los cálculos actuariales, de los análisis estadísticos y de la ley de los grandes números; estas 3 dan origen al cálculo actuarial y este es el cálculo de la probabilidad.

El análisis estadístico me hace un análisis del pasado y la ley de los grandes números me hace un análisis al futuro y ambos generan los cálculos actuariales.

C) CARACTERISTICAS DEL CONTRATO DE SEGUROS:

Las características del contrato de seguros son nueve y el C.Co. Colombiano da 5 características:

1. Es consensual.

2. Es bilateral.

3. Es oneroso.

4. Es aleatorio.

5. Es de ejecución sucesiva.

6. Es de buena fe.

7. Es intitue personae.

8. Es de contenido indemnizatorio.

9. Es de adhesión.

Ojo hacer conclusión sobre si el contrato de seguros es de adhesión y si debe ser consensual o solemne.

Julio 19 de 2011.

1. El contrato de seguros desde el 1971 hasta 1997 fue solemne y desde el 97 hasta ahora es consensual:

DEBATE CONSENSUAL O SOLEMNE (redacción del artículo 1036 C.Co.)

a. CONSENSUAL: Principal Defensor: J. Efren Ossa.

- Emular legislaciones avanzadas: francesa, italiana, belga, mejicana, argentina.

- Si hay acuerdo respecto a los elementos esenciales, porque no darle vida jurídica a dicho acuerdo.

- Garantizar la movilidad que requieren las operaciones comerciales.

- La existencia del contrato no se puede identificar con su prueba.

- Asegurados a merced de la expedición – riesgos desprotegidos.

b. SOLEMNE: Principales Defensores: Acoldese y Juan Fernando Cobo.

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